3. Otras disposiciones. . (2021/80-22)
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se determina la organización y funcionamiento del SAS en materia de seguridad interior.
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Número 80 - Jueves, 29 de abril de 2021
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14. Asegurar, en su nivel, el correcto funcionamiento en la cadena de comunicación y
escalado de incidentes de seguridad interior e informar de los mismos al CSISTIC-SAS.
15. Promover y coordinar la cooperación con las autoridades del sector en materia de
inteligencia para la seguridad.
16. Cuantas otras le sean asignadas por la normativa específica de la Junta de
Andalucía o por el CSISTIC-SAS.
5.4. El responsable de seguridad interior del SAS.
El responsable de seguridad interior del SAS será la persona que ejercerá la Dirección
ejecutiva y técnica de la Unidad de Seguridad interior del Servicio Andaluz de Salud.
Será designado por el CSISTIC-SAS de entre las personas profesionales que ostenten
responsabilidades administrativas y/o de gestión en la estructura orgánica del SAS, con
rango, al menos, de Jefe de Servicio.
En la selección de este responsable será importante valorar su experiencia en
la dirección de equipos humanos y su experiencia previa en la materia, así como su
formación acreditada en las funciones de Dirección de Seguridad (según la normativa en
vigor en materia de Seguridad Privada) y su habilitación profesional por el Ministerio del
Interior.
Sus funciones serán la de dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las funciones a
desarrollar por la Unidad de Seguridad Interior del SAS, representando a la misma en el
CSISTIC-SAS y ejerciendo en nombre de la misma las funciones que a esta se le asignan
en relación con los activos del SAS que deben ser objeto de protección.
Así mismo tendrá competencias para determinar y proponer alternativas más efectivas
y eficientes para la organización de la seguridad de las Instituciones del SAS.
Su dependencia funcional, en lo que se refiere a sus responsabilidades en seguridad
interior, será del CSISTIC-SAS, del que forma parte como vocal permanente.
5.5 El responsable de seguridad interior de las Instituciones.
En las Instituciones del SAS, existirá un responsable de seguridad interior de la Institución.
Esta función recaerá en la persona directiva que ostenta la responsabilidad en materia
de Servicios Generales (procesos industriales y de hostelería) de la institución, conforme
a lo establecido en la normativa organizativa que rige a la Institución.
Para esta función, la persona directiva responsable de seguridad interior de la
Institución podrá designar a una persona profesional de la Institución, con categoría de
cargo intermedio responsable de Unidad, que será responsable operativo de los aspectos
que conciernen, entre otras cuestiones, a la Seguridad de la Institución, aunque también,
dependiendo del volumen de los activos y de la carga de trabajo que venga asociada a
esta responsabilidad, se podrá designar de forma exclusiva para esta función.
A estos efectos, en la selección previa a la propuesta, habrá que valorar su experiencia
profesional, así como su formación en materia de seguridad.
Las funciones del responsable de seguridad interior de la Institución serán:
1. La elaboración de los proyectos de planes de Seguridad interior de la Institución o
ámbito donde desarrollan sus funciones, recabando el informe preceptivo de la Unidad
Provincial de Seguridad Interior y sometiéndolo a audiencia del Subcomité provincial
correspondiente.
2. Supervisar el desarrollo y la implementación de los sistemas de seguridad interior en
los activos de su ámbito, así como auditar y supervisar el funcionamiento de los servicios
de vigilancia y las instalaciones de seguridad en su ámbito, asegurando su funcionalidad,
su mantenimiento, su eficacia y su concordancia y adecuación a la normativa vigente.
3. Supervisar el funcionamiento correcto de los sistemas de control de accesos
implantados en los activos de su ámbito.
4. Participar en la determinación de las necesidades de bienes y servicios para la
seguridad interior de los activos en su ámbito.
5. Velar por la aplicación de las medidas y objetivos que se deriven de su Plan de
Seguridad interior una vez aprobado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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