3. Otras disposiciones. . (2021/537-2)
Acuerdo de 27 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se convoca concurso público para la adjudicación, en régimen de concurrencia, de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado de carácter comercial y ámbito local en Andalucía, así como se aprueba el pliego de bases que rige el mismo.
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BOJA
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 37 - Martes, 27 de abril de 2021
página 28
Una Secretaría, que será designada por la Presidencia de la Mesa, de entre personas funcionarias
del grupo A1 adscritas a la Dirección General de Comunicación Social.
En caso de que fuera necesario por vacante, ausencia o enfermedad, la persona que ocupe la presidencia
de la Mesa de Valoración nombrará a otra persona adscrita a la D. G. de Comunicación Social que
sustituya a la persona integrante de la Mesa y adscrita a dicho órgano directivo que causa la vacante.
En la composición de la Mesa de Valoración se respetará, en todo caso, la representación equilibrada de
mujeres y hombres en los términos previstos en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres, el apartado 2 del artículo 18 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre y en el
artículo 11 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
2.
La Mesa de Valoración podrá solicitar a la Dirección General de Comunicación Social la designación de las personas asesoras que considere oportunas, pudiendo recabar su apoyo en cualquier momento.
3.
El régimen jurídico de la Mesa de Valoración se ajustará a lo dispuesto para los órganos colegiados en los preceptos básicos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y al artículo 19 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre.
Base 10. Análisis de la documentación administrativa por la Mesa de Valoración
1.
Conforme al calendario del procedimiento previsto en la Base 5, la Mesa de Valoración se constituirá en la sede de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior para proceder al
análisis de la documentación administrativa presentada junto a la solicitud.
2.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación indicada, concederá un plazo no superior a diez días para que la persona licitadora subsane el error, bajo apercibimiento
expreso de exclusión del concurso en caso contrario. Tratándose de defectos que no sean subsanables,
la Mesa resolverá el rechazo de la solicitud. El requerimiento se efectuará a través del sistema de notificación electrónica de la Junta de Andalucía, y la remisión de la documentación subsanada, también se
hará por medios electrónicos, preferentemente a través de SiREC.
3.
Finalizada la revisión de la documentación antes indicada se publicará en la página web que la
Dirección General de Comunicación Social ha habilitado al efecto, el listado de personas licitadoras admitidas y excluidas, a efectos informativos. Además, se notificará a través del sistema de notificación
electrónica de la Junta de Andalucía el acuerdo de exclusión a las personas licitadoras excluidas, contra
cuyo acuerdo podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior en el plazo legalmente previsto.
Base 11. Proyecto audiovisual
2.
El proyecto audiovisual es el documento que define las principales características de la prestación del servicio de comunicación audiovisual durante la explotación del mismo, incluyendo, como mí-
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191099
1.
La persona licitante deberá presentar un proyecto audiovisual por cada una de las licencias a las
que opta.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 37 - Martes, 27 de abril de 2021
página 28
Una Secretaría, que será designada por la Presidencia de la Mesa, de entre personas funcionarias
del grupo A1 adscritas a la Dirección General de Comunicación Social.
En caso de que fuera necesario por vacante, ausencia o enfermedad, la persona que ocupe la presidencia
de la Mesa de Valoración nombrará a otra persona adscrita a la D. G. de Comunicación Social que
sustituya a la persona integrante de la Mesa y adscrita a dicho órgano directivo que causa la vacante.
En la composición de la Mesa de Valoración se respetará, en todo caso, la representación equilibrada de
mujeres y hombres en los términos previstos en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres, el apartado 2 del artículo 18 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre y en el
artículo 11 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
2.
La Mesa de Valoración podrá solicitar a la Dirección General de Comunicación Social la designación de las personas asesoras que considere oportunas, pudiendo recabar su apoyo en cualquier momento.
3.
El régimen jurídico de la Mesa de Valoración se ajustará a lo dispuesto para los órganos colegiados en los preceptos básicos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y al artículo 19 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre.
Base 10. Análisis de la documentación administrativa por la Mesa de Valoración
1.
Conforme al calendario del procedimiento previsto en la Base 5, la Mesa de Valoración se constituirá en la sede de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior para proceder al
análisis de la documentación administrativa presentada junto a la solicitud.
2.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación indicada, concederá un plazo no superior a diez días para que la persona licitadora subsane el error, bajo apercibimiento
expreso de exclusión del concurso en caso contrario. Tratándose de defectos que no sean subsanables,
la Mesa resolverá el rechazo de la solicitud. El requerimiento se efectuará a través del sistema de notificación electrónica de la Junta de Andalucía, y la remisión de la documentación subsanada, también se
hará por medios electrónicos, preferentemente a través de SiREC.
3.
Finalizada la revisión de la documentación antes indicada se publicará en la página web que la
Dirección General de Comunicación Social ha habilitado al efecto, el listado de personas licitadoras admitidas y excluidas, a efectos informativos. Además, se notificará a través del sistema de notificación
electrónica de la Junta de Andalucía el acuerdo de exclusión a las personas licitadoras excluidas, contra
cuyo acuerdo podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior en el plazo legalmente previsto.
Base 11. Proyecto audiovisual
2.
El proyecto audiovisual es el documento que define las principales características de la prestación del servicio de comunicación audiovisual durante la explotación del mismo, incluyendo, como mí-
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191099
1.
La persona licitante deberá presentar un proyecto audiovisual por cada una de las licencias a las
que opta.