3. Otras disposiciones. . (2021/537-2)
Acuerdo de 27 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se convoca concurso público para la adjudicación, en régimen de concurrencia, de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado de carácter comercial y ámbito local en Andalucía, así como se aprueba el pliego de bases que rige el mismo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 37 - Martes, 27 de abril de 2021
página 27

a) Mediante ingreso en metálico o en valores de Deuda Pública en la Caja General de Depósitos o
en alguna de sus sucursales, encuadradas en las Secretarías Generales Provinciales de Hacienda
y Administración Pública dependientes de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, con sujeción en este último caso a las condiciones establecidas en el artículo 55 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
b) Mediante aval prestado por bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos
financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España.
c) Mediante seguro de caución ante entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo.
En estas dos últimas formas los documentos electrónicos deberán ser autorizados por personas
apoderadas de la entidad avalista o aseguradora que tengan poder suficiente para obligarla. Estos
poderes deberán ser bastanteados previamente por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía,
haciéndose constar en el texto del aval o en el certificado del seguro de caución el cumplimiento de este
requisito.
2.
La garantía provisional será devuelta a las personas licitadoras que no resulten adjudicatarias y
a las personas adjudicatarias tras la formalización en documento administrativo de las licencias otorgadas, suscrito por la adjudicataria y la persona titular de la Consejería competente en materia de medios
de comunicación social.
3.
En el caso de uniones temporales, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas que concurran agrupadas, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida
y garantice solidariamente a todas las personas integrantes de la unión temporal.

Base 9. Mesa de Valoración
1.

La Mesa de Valoración del concurso estará compuesta por:
-

Presidencia: La persona titular de la Dirección General de Comunicación Social.

-

Presidencia Suplente: La persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de la
Presidencia, Administración Pública e Interior.

-

Vocalías: Las personas siguientes, siempre que ocupen un puesto de trabajo con complemento
de destino igual o superior a 28:

o Un letrado o una letrada en representación del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalu-

cía, designada por la persona titular de este órgano directivo, que deberá facilitar la designación de titular y suplente.

o Una persona en representación de la Intervención General de la Junta de Andalucía, designada por la persona titular de este órgano directivo, que deberá facilitar la designación de titular y suplente.

o Una persona en representación de la Secretaría General Técnica de la Consejería de la

Presidencia, Administración Pública e Interior, designada por la persona titular de este
órgano directivo, que deberá facilitar la designación de titular y suplente.
la persona titular de este órgano directivo, que deberá designar titular y suplente. En el
caso de las personas suplentes, dada la relación de puestos de trabajo de dicho órgano
directivo, éstas podrán contar con complemento de destino igual a o superior a 27.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00191099

o Tres personas adscritas a la Dirección General de Comunicación Social, designadas por