Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/77-11)
Resolución de 9 de abril de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por acceso libre, de plazas de Técnico Auxiliar de Laboratorio, Grupo IV, por el sistema de concurso-oposición.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 26 de abril de 2021
página 76

5. Tribunal Calificador.
5.1. El Tribunal Calificador de estas pruebas tendrá la composición prevista en el
artículo 21 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas
de Andalucía, en lo que no contradiga al art. 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, procurando la presencia equilibrada de hombres y mujeres. Se
anunciará en la resolución por la que se apruebe la lista provisional de personas aspirantes
admitidas y excluidas.
5.2. El Tribunal adoptará las medidas que considere oportunas para la realización
de los ejercicios que hayan de celebrarse, aprobando las instrucciones y criterios de
valoración que estime pertinentes.
5.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas
en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, o cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas de acceso a tal categoría en los cinco años anteriores a la publicación de esta
convocatoria.
La Presidencia podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no
hallarse incursos en ninguna de las causas de abstención previstas en el citado artículo.
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando
concurran algunas de dichas circunstancias, a tenor del artículo 24 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.4. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, si se hubiese producido
y prosperado un incidente de abstención o recusación, o se hubiese producido alguna
renuncia, el Rector de la Universidad publicará en el Boletín Oficial de la Universidad de
Córdoba resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan
de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en
la base 5.3 o por otras causas debidamente justificadas.
5.5. Previa convocatoria de la Presidencia, el Tribunal se constituirá con la asistencia
de las personas que ostenten la Presidencia y Secretaría, o en su caso de quienes los
sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.
En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al
correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.6. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la
presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Andalucía, y en la que, además, se indicará el lugar donde se encuentran expuestas las
listas completas de personas admitidas y excluidas, indicándose, en este último caso, las
causas de exclusión.
Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer,
potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a la publicación de la misma, ante este Rectorado (artículos 112, 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada resolución, ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba (artículos 8.3 y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
4.4. Procederá la devolución de los derechos de participación, previa solicitud de
las personas interesadas, en los supuestos de exclusión por causas no imputables a las
mismas. La devolución se efectuará una vez culminado el proceso selectivo.
4.5. El plazo mínimo entre la publicación de la convocatoria y el inicio de la fase de
oposición será de tres meses.