Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/77-11)
Resolución de 9 de abril de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por acceso libre, de plazas de Técnico Auxiliar de Laboratorio, Grupo IV, por el sistema de concurso-oposición.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 26 de abril de 2021
página 75
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
de Córdoba dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas
las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, que será publicada
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en la que, además, se indicará el lugar
donde se encuentran expuestas las listas completas de personas admitidas y excluidas,
indicándose, en este último caso, las causas de exclusión. En las listas deberán constar
los apellidos, nombre y número de Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte,
codificados, en su caso.
4.2. Las personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figuren en
las relaciones de personas admitidas ni en las de excluidas, dispondrán, por una sola vez,
de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
anterior resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para subsanar el defecto
que haya motivado la exclusión u omisión.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar
su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes deberán comprobar
fehacientemente, bajo su exclusiva responsabilidad, no solo que no figuran incluidas en la
relación de personas aspirantes excluidas, sino, además, que sus nombres constan en la
pertinente relación de personas aspirantes admitidas.
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión
o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas
admitidas, quedarán definitivamente excluidas de la participación en las pruebas
selectivas.
4.3. Finalizado el plazo de subsanación de solicitudes, el Rector de la Universidad
de Córdoba dictará resolución declarando aprobadas las listas definitivas de personas
aspirantes admitidas y excluidas, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190703
3.7. A la solicitud se acompañará necesariamente:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes extranjeros deberán
presentar documento que acredite que es nacional de la Unión Europea o de algún Estado al
que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados
por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Los familiares de los
anteriores deberán presentar una fotocopia compulsada de un documento que acredite
esta condición. Todos los documentos deberán estar traducidos al español.
b) Justificante de haber abonado los derechos de participación o transferencia bancaria
de haber realizado dicho abono, en el que deberá constar, necesariamente, nombre y
apellidos de la persona solicitante.
c) Documento que acredite la titulación exigida para participar en las pruebas selectivas,
y, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar también
fotocopia de la credencial que acredite su homologación o reconocimiento, en un único
documento.
Las personas aspirantes que posean la experiencia profesional necesaria para
participar en las pruebas selectivas en ausencia de titulación académica oficial deberán
presentar, junto con su solicitud, la documentación que acredite dicha circunstancia.
d) En el caso de estar exento del pago de los derechos de examen, justificante
acreditativo de la correspondiente condición a que da derecho, de acuerdo con lo establecido
en la base 3.3.
e) Relación circunstanciada de los méritos alegados, en su caso, para la fase de
concurso. La documentación acreditativa de dichos méritos se presentará, por aquellas
personas aspirantes que superen la fase de oposición, en la forma y plazo que el Tribunal
determine.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 26 de abril de 2021
página 75
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
de Córdoba dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas
las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, que será publicada
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en la que, además, se indicará el lugar
donde se encuentran expuestas las listas completas de personas admitidas y excluidas,
indicándose, en este último caso, las causas de exclusión. En las listas deberán constar
los apellidos, nombre y número de Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte,
codificados, en su caso.
4.2. Las personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figuren en
las relaciones de personas admitidas ni en las de excluidas, dispondrán, por una sola vez,
de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
anterior resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para subsanar el defecto
que haya motivado la exclusión u omisión.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar
su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes deberán comprobar
fehacientemente, bajo su exclusiva responsabilidad, no solo que no figuran incluidas en la
relación de personas aspirantes excluidas, sino, además, que sus nombres constan en la
pertinente relación de personas aspirantes admitidas.
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión
o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas
admitidas, quedarán definitivamente excluidas de la participación en las pruebas
selectivas.
4.3. Finalizado el plazo de subsanación de solicitudes, el Rector de la Universidad
de Córdoba dictará resolución declarando aprobadas las listas definitivas de personas
aspirantes admitidas y excluidas, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190703
3.7. A la solicitud se acompañará necesariamente:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes extranjeros deberán
presentar documento que acredite que es nacional de la Unión Europea o de algún Estado al
que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados
por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Los familiares de los
anteriores deberán presentar una fotocopia compulsada de un documento que acredite
esta condición. Todos los documentos deberán estar traducidos al español.
b) Justificante de haber abonado los derechos de participación o transferencia bancaria
de haber realizado dicho abono, en el que deberá constar, necesariamente, nombre y
apellidos de la persona solicitante.
c) Documento que acredite la titulación exigida para participar en las pruebas selectivas,
y, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar también
fotocopia de la credencial que acredite su homologación o reconocimiento, en un único
documento.
Las personas aspirantes que posean la experiencia profesional necesaria para
participar en las pruebas selectivas en ausencia de titulación académica oficial deberán
presentar, junto con su solicitud, la documentación que acredite dicha circunstancia.
d) En el caso de estar exento del pago de los derechos de examen, justificante
acreditativo de la correspondiente condición a que da derecho, de acuerdo con lo establecido
en la base 3.3.
e) Relación circunstanciada de los méritos alegados, en su caso, para la fase de
concurso. La documentación acreditativa de dichos méritos se presentará, por aquellas
personas aspirantes que superen la fase de oposición, en la forma y plazo que el Tribunal
determine.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.