Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/77-11)
Resolución de 9 de abril de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por acceso libre, de plazas de Técnico Auxiliar de Laboratorio, Grupo IV, por el sistema de concurso-oposición.
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Número 77 - Lunes, 26 de abril de 2021
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En ningún caso, el pago de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia
de algunas de las causas de exención total o parcial de los mismos supondrá la sustitución
del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en estas
pruebas selectivas.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen:
- Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo
acompañar a la solicitud el certificado acreditativo de tal condición, de acuerdo con
lo dispuesto en la base 3.4.
- Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos,
un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el BOE.
Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no
hubiesen rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo
causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y
que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo
interprofesional.
Los informes relativos a la condición de demandante de empleo se solicitarán en
la Oficina de Empleo que corresponda, debiendo figurar en ellos todos y cada uno de
los requisitos señalados anteriormente. Ambos documentos, el informe de períodos de
inscripción y el de inscripción y rechazo, deberán acompañarse a la solicitud.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante una declaración jurada
o promesa escrita del solicitante, según el modelo que se acompaña como Anexo IV,
debiendo acompañarse a la solicitud.
- Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
-Las familias numerosas, en los términos establecidos en el artículo 12.1.c) de
la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los
miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los
que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará
mediante el correspondiente documento actualizado que acredite tal condición.
3.4. Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar las posibles adaptaciones
de tiempo y medios para la realización del ejercicio en que esta adaptación sea necesaria,
para lo cual deberán cumplimentar el apartado correspondiente de la solicitud de participación.
De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por
el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de discapacidad, acreditando de
forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad
reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la
concesión de la adaptación solicitada.
3.5. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que hayan
hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo únicamente solicitar su modificación,
mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la
participación en el proceso selectivo, con independencia de la responsabilidad a que
hubiere lugar.
En cualquier caso, el Tribunal Calificador podrá requerir de las personas aspirantes
la presentación de los originales de la documentación aportada, siendo excluidas del
concurso-oposición si no cumplimentaran el requerimiento.
3.6. El domicilio que figure en las solicitudes se considerará el único válido a efectos
de notificaciones de contestaciones a recursos y reclamaciones, excepto en lo establecido
en el resto de las bases de la presente convocatoria, donde la publicación en los medios
citados sustituirá a la notificación en el domicilio referido, siendo responsabilidad exclusiva
del aspirante todos los errores en la consignación del mismo, así como la comunicación
de cualquier cambio de dicho domicilio posterior a la solicitud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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