Disposiciones generales. . (2021/535-2)
Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), para los sectores de los establecimientos hoteleros, de los establecimientos de apartamentos turísticos, de los campamentos de turismo y de los complejos turísticos rurales, y se modifican otras disposiciones normativas.
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Extraordinario núm. 35 - Martes, 20 de abril de 2021
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b) Línea 2. Ayudas a establecimientos de apartamentos turísticos:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24616/datos-basicos.html
c) Línea 3. Ayudas a campamentos de turismo y complejos turísticos rurales:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24463/datos-basicos.html
2. En la solicitud se recogerán y deberán cumplimentarse los siguientes extremos:
a) Los datos identificativos de la persona interesada y, en su caso, de quien la
represente.
b) A efectos de remitir el aviso de información sobre la puesta a disposición de una
notificación en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Junta de Andalucía, a que
se refiere el artículo 19, dispositivo electrónico y/o la dirección de correo electrónico de la
persona interesada.
c) Una declaración responsable de la persona que la suscribe mediante la que
manifieste, bajo su responsabilidad, lo siguiente:
1.º Que cumple con los requisitos exigidos para obtener la condición de persona
beneficiaria de las subvenciones reguladas en el presente decreto-ley.
2.º Que no se halla incursa en ninguna de las circunstancias que prohíben obtener la
condición de persona beneficiaria, de conformidad con lo establecido en este decreto-ley.
3.º Declaración responsable sobre el cumplimiento del régimen de minimis, en el
que se informe sobre las ayudas percibidas de las administraciones públicas españolas
sujetas a dicho régimen durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio
fiscal en curso, cuyo importe total no puede superar el límite máximo de 200.000 euros.
4.º El cumplimiento de las circunstancias previstas en el artículo 2.18 del Reglamento
651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, para acreditar que no es una empresa
en crisis.
5.º Que son veraces todos los datos reflejados en la solicitud.
6.º Que, en caso de resultar persona beneficiaria, se compromete a mantener los
requisitos exigidos durante el periodo previsto en el artículo 8.
7.º Que se compromete, en caso de resultar beneficiaria de la subvención, a someterse
a las actuaciones de verificación y control a realizar por la Dirección General de Fondos
Europeos, por las distintas autoridades del Programa Operativo FEDER de Andalucía
2014-2020, por la Comisión y por el Tribunal de Cuentas Europeo, y por la Intervención
General de la Junta de Andalucía.
8.º Que se compromete, como solicitante de la subvención, a facilitar la información
que le sea requerida para el seguimiento, la evaluación, la gestión financiera, la verificación
y la auditoría de las actuaciones cofinanciadas por el FEDER durante toda la duración del
Marco Operativo 2014-2020.
9.º Declaración responsable relativa a la percepción de cualquiera de las prestaciones
ordinarias o extraordinarias por cese de actividad concedidas al amparo del artículo 17
del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para
hacer frente al impacto económico y social del COVID-19; de los artículos 9 y 10 del Real
Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y
protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial; de la disposición
adicional cuarta del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales
en defensa del empleo, o las prestaciones extraordinarias reguladas en los artículos 13 y
14 del mencionado Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre.
10.º Declaración responsable relativa a la autorización de un expediente de regulación
de empleo que tenga su causa directa en pérdidas de actividad como consecuencia del
COVID-19, al amparo del Real Decreto ley 8/2020, de 17 de marzo, del Real Decreto-ley
24/2020, de 26 de junio, o del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre.
11.º Declaración responsable relativa a la suspensión total de su actividad como
consecuencia de la publicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
d) La aceptación de la persona interesada, para el supuesto de ser beneficiaria, a ser
incluida en la lista de operaciones publicada de conformidad con lo previsto en el artículo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190692
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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b) Línea 2. Ayudas a establecimientos de apartamentos turísticos:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24616/datos-basicos.html
c) Línea 3. Ayudas a campamentos de turismo y complejos turísticos rurales:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24463/datos-basicos.html
2. En la solicitud se recogerán y deberán cumplimentarse los siguientes extremos:
a) Los datos identificativos de la persona interesada y, en su caso, de quien la
represente.
b) A efectos de remitir el aviso de información sobre la puesta a disposición de una
notificación en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Junta de Andalucía, a que
se refiere el artículo 19, dispositivo electrónico y/o la dirección de correo electrónico de la
persona interesada.
c) Una declaración responsable de la persona que la suscribe mediante la que
manifieste, bajo su responsabilidad, lo siguiente:
1.º Que cumple con los requisitos exigidos para obtener la condición de persona
beneficiaria de las subvenciones reguladas en el presente decreto-ley.
2.º Que no se halla incursa en ninguna de las circunstancias que prohíben obtener la
condición de persona beneficiaria, de conformidad con lo establecido en este decreto-ley.
3.º Declaración responsable sobre el cumplimiento del régimen de minimis, en el
que se informe sobre las ayudas percibidas de las administraciones públicas españolas
sujetas a dicho régimen durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio
fiscal en curso, cuyo importe total no puede superar el límite máximo de 200.000 euros.
4.º El cumplimiento de las circunstancias previstas en el artículo 2.18 del Reglamento
651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, para acreditar que no es una empresa
en crisis.
5.º Que son veraces todos los datos reflejados en la solicitud.
6.º Que, en caso de resultar persona beneficiaria, se compromete a mantener los
requisitos exigidos durante el periodo previsto en el artículo 8.
7.º Que se compromete, en caso de resultar beneficiaria de la subvención, a someterse
a las actuaciones de verificación y control a realizar por la Dirección General de Fondos
Europeos, por las distintas autoridades del Programa Operativo FEDER de Andalucía
2014-2020, por la Comisión y por el Tribunal de Cuentas Europeo, y por la Intervención
General de la Junta de Andalucía.
8.º Que se compromete, como solicitante de la subvención, a facilitar la información
que le sea requerida para el seguimiento, la evaluación, la gestión financiera, la verificación
y la auditoría de las actuaciones cofinanciadas por el FEDER durante toda la duración del
Marco Operativo 2014-2020.
9.º Declaración responsable relativa a la percepción de cualquiera de las prestaciones
ordinarias o extraordinarias por cese de actividad concedidas al amparo del artículo 17
del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para
hacer frente al impacto económico y social del COVID-19; de los artículos 9 y 10 del Real
Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y
protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial; de la disposición
adicional cuarta del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales
en defensa del empleo, o las prestaciones extraordinarias reguladas en los artículos 13 y
14 del mencionado Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre.
10.º Declaración responsable relativa a la autorización de un expediente de regulación
de empleo que tenga su causa directa en pérdidas de actividad como consecuencia del
COVID-19, al amparo del Real Decreto ley 8/2020, de 17 de marzo, del Real Decreto-ley
24/2020, de 26 de junio, o del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre.
11.º Declaración responsable relativa a la suspensión total de su actividad como
consecuencia de la publicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
d) La aceptación de la persona interesada, para el supuesto de ser beneficiaria, a ser
incluida en la lista de operaciones publicada de conformidad con lo previsto en el artículo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190692
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