Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/70-9)
Orden de 30 de marzo de 2021, por la que se realiza convocatoria pública de concurso de méritos para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en plazas del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Jueves, 15 de abril de 2021
página 225

Séptima. Adjudicación de destinos para la fase de prácticas y presentación de
documentos.
7.1. Adjudicación de destinos.
Una vez publicados los resultados del procedimiento, se elaborará una lista,
ordenando de mayor a menor puntuación las personas aspirantes seleccionadas. Hecha
pública dicha lista en la sede de actuación, el Tribunal la elevará a la Dirección General
del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, para su nombramiento como personal
funcionario en prácticas, que se llevará a cabo por resolución del citado centro directivo,
que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En la referida resolución figurará, asimismo, la relación de vacantes por provincias y
el procedimiento para solicitar destino para la realización de la fase de prácticas.
En todo caso, la resolución establecerá que la adjudicación de destinos se efectuará de
acuerdo con las peticiones realizadas en la solicitud de participación en el procedimiento
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00190082

Las alegaciones serán estudiadas y resueltas por la Comisión de baremación. El
trámite de notificación de la resolución de estas alegaciones se entenderá efectuado con
la publicación de la resolución por la que se eleven a definitivas las puntuaciones de las
dos partes de que consta la fase de concurso.
6.3.3. Resolución definitiva de la puntuación total de la fase de concurso.
La referida resolución se hará pública en el tablón de anuncios de la sede de actuación
del Tribunal y en la página web de la Consejería de Educación y Deporte.
Contra dicha resolución, que no pondrá fin al procedimiento, no cabrá recurso, pudiendo
el personal interesado interponer el correspondiente recurso contra la orden por la que se
publique la relación del personal seleccionado prevista en el apartado 6.4 de la base sexta.
6.3.4. Quienes superen el proceso selectivo podrán retirar la documentación
presentada en el lugar y plazo indicados en la orden que haga pública la lista del personal
que ha superado el procedimiento selectivo, salvo que hayan interpuesto recurso, en cuyo
caso podrá ser retenida en calidad de prueba. De no ser retirada en el plazo señalado, se
entenderá que se renuncia a su recuperación.
6.4. Superación de la fase de concurso.
Resultarán seleccionadas para pasar a la fase de prácticas las personas aspirantes
que, una vez ordenadas según la valoración de la Memoria de actuación en el ejercicio
de la función inspectora y su exposición y la valoración de los apartados del baremo
contenidos en el Anexo II de esta orden, tengan un número de orden igual o menor de las
4 plazas ofertadas. A estos efectos, la puntuación global será el resultado de ponderar en
un cincuenta por ciento la puntuación obtenida de la aplicación del baremo del Anexo II
de esta orden y en un cincuenta por ciento, la obtenida en la Memoria de actuación en el
ejercicio de la función inspectora y su exposición.
En ningún caso podrá declararse que ha superado el procedimiento selectivo
un número mayor de aspirantes que el de plazas convocadas en el mismo. Cualquier
propuesta que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
En el caso de que al proceder a la ordenación de las personas aspirantes se produjesen
empates, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1. Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos por el orden en que
éstos aparecen en este procedimiento.
2. Mayor puntuación en los subapartados del baremo, por el orden en que éstos
aparecen en este procedimiento.
3. Mayor puntuación en la valoración de la Memoria de actuación en el ejercicio de la
función inspectora y su exposición.
4. Mayor tiempo de servicios en el ejercicio de la dirección.
El Tribunal hará públicos los resultados de la puntuación global en la sede de actuación
y en la página web de la Consejería de Educación y Deporte.