Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/70-9)
Orden de 30 de marzo de 2021, por la que se realiza convocatoria pública de concurso de méritos para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en plazas del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Número 70 - Jueves, 15 de abril de 2021
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exclusión. En este caso, hasta tanto se emita la resolución correspondiente, la persona
en cuestión podrá seguir participando condicionalmente en el proceso selectivo.
Contra la exclusión dictada, en su caso, por la Dirección General del Profesorado y
Gestión de Recursos Humanos, la persona excluida podrá interponer los recursos citados
en el apartado 4.5 de la base cuarta.
El Tribunal leerá con anterioridad a su exposición por las personas participantes la
Memoria de actuación en el ejercicio de la función inspectora elaborada por los aspirantes,
que habrá sido entregada previamente en el plazo establecido en el apartado 3.5 de la
base tercera.
La exposición de la Memoria de actuación en el ejercicio de la función inspectora por
las personas participantes tendrá una duración de veinte minutos, pudiendo formular el
Tribunal preguntas sobre lo expuesto y sobre el contenido de la Memoria durante otros
veinte minutos.
El Tribunal valorará de cero a diez puntos la Memoria de actuación en el ejercicio de
la función inspectora y su exposición, siendo dicha valoración la media aritmética de las
puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal, alcanzando hasta las milésimas, y
hará públicas las puntuaciones en su sede de actuación.
Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal exista una
diferencia de tres o más enteros, serán automáticamente excluidas las calificaciones
máxima y mínima, hallándose la media de las calificaciones restantes.
Contra la resolución del Tribunal por la que se publique la valoración de la Memoria
de actuación en el ejercicio de la función inspectora y su exposición, que no pone fin
al procedimiento, no cabrá recurso, pudiendo las personas interesadas interponer
el correspondiente recurso contra la orden por la que se publique la lista del personal
seleccionado.
6.3.2. Valoración de los méritos aportados relativos al Anexo II de la orden de
convocatoria.
Con los referidos méritos se valorará la trayectoria profesional del personal aspirante
y sus méritos específicos como docentes, el desempeño de cargos directivos con
evaluación positiva y la pertenencia a alguno de los cuerpos de catedráticos a que se
refiere la Ley Orgánica de Educación y el ejercicio, en su caso, de la función inspectora,
de conformidad con lo dispuesto en el Anexo II de la presente orden, que incorpora las
especificaciones básicas establecidas en el Anexo III del Real Decreto 276/2007, de 23
de febrero.
La valoración de los méritos del Anexo II de esta orden aportados por las personas
participantes será realizada por la Comisión de baremación a que se refiere el apartado
5.11 de la base quinta.
Sólo se tendrán en consideración los méritos que se aleguen en el plazo de
presentación de solicitudes fijado en el apartado 3.5 de la base tercera de esta orden y
que consten acreditados conforme a la forma establecida en el Anexo II de la misma.
En su caso, deberán acompañarse de su traducción al castellano los documentos que
se presenten redactados en la lengua cooficial de otra Comunidad Autónoma conforme
a lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser oficiales, suscritos por
autoridades competentes, legalizados por vía diplomática y acompañados, en su caso, de
su correspondiente traducción al castellano.
La puntuación provisional de la valoración de los méritos relativos al Anexo II de esta
orden será publicada por la Comisión de baremación en la sede de actuación del Tribunal
y en la página web de la Consejería de Educación y Deporte.
En el plazo de cinco días naturales, contados a partir del siguiente al de la citada
publicación, el personal interesado podrá presentar las alegaciones que estime oportunas
mediante escrito dirigido a la presidencia de la Comisión de baremación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía