Disposiciones generales. . (2021/68-4)
Orden de 7 de abril de 2021, por la que se establece el procedimiento para la selección de las piezas que formarán parte de la Exposición Itinerante «Artesanía con A de Andalucía».
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Martes, 13 de abril de 2021
página 70
Artículo 10. Procedimiento de selección.
1. El órgano instructor, en el plazo de dos meses a partir de la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, analizará la documentación presentada por las
personas solicitantes, comprobará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el
artículo 2 y revisará la documentación presentada de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 3 y 4, pudiendo requerir durante este plazo cuanta documentación e información
complementaria considere necesaria, a fin de realizar la subsanación de las solicitudes.
2. Una vez subsanadas todas las solicitudes, el órgano instructor elevará al Jurado
aquéllas que cumplan con lo dispuesto en los artículos 2, 3 y 4. El Jurado contará con el
plazo de quince días hábiles para emitir su fallo.
3. La publicación de los sucesivos actos integrantes de este procedimiento se hará
en el apartado de Servicios y trámites de la página web de la Consejería competente
en materia de artesanía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
4. El máximo de piezas seleccionadas por cada provincia será de 5.
Artículo 11. Fallo y publicación.
1. El Jurado emitirá un fallo motivado, en el que figurará el nombre de las piezas y
talleres artesanos seleccionados para participar en la Exposición Itinerante.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189896
Artículo 9. Criterios de valoración.
1. El ámbito territorial de selección será la provincia, en función de aquélla en la que
figure inscrita la persona solicitante en el Registro de Artesanos de Andalucía.
2. La puntuación máxima a otorgar a cada una de las solicitudes será de 45 puntos.
3. Para la valoración de las solicitudes se analizará la documentación aportada en
las mismas, así como la obrante en el Registro de Artesanos de Andalucía, teniendo en
cuenta los siguientes criterios:
a) Valoración de la trayectoria consolidada y ampliamente reconocida, con un máximo
de 15 puntos:
Taller que cuente con Maestros o Maestras Artesanas: 3 puntos.
Taller que haya obtenido la declaración de Punto de Interés Artesanal: 1 punto.
Taller incluido en una Zona declarada de Interés Artesanal: 1 punto.
Taller que cuente con el Distintivo «Andalucía, Calidad Artesanal»: 1 punto.
Premios oficiales de artesanía de ámbito municipal o provincial: 1 punto.
Premios oficiales de artesanía de ámbito autonómico: 2 puntos.
Premios oficiales de artesanía de ámbito nacional o internacional: 3 puntos.
Antigüedad en el desempeño del oficio artesano: hasta 3 puntos, con la siguiente
ponderación: entre 1 y 5 años, 1 punto; entre 5 y 10 años, 2 puntos y más de 10 años, 3 puntos.
b) Valoración de la pieza, con un máximo de 30 puntos:
La maestría en las técnicas utilizadas para la obtención de una obra singular, así
como su originalidad: hasta 5 puntos.
El diseño, la alta calidad y la complejidad en el acabado de la obra: hasta 5 puntos.
Pieza elaborada por un taller que desempeña un oficio en peligro de extinción: hasta
5 puntos.
La conservación de las técnicas tradicionales en el diseño y acabado de la pieza:
hasta 5 puntos.
La innovación en el uso de los materiales empleados: hasta 5 puntos.
La obra inédita y singular resultante de la reinterpretación de la artesanía tradicional
andaluza: hasta 5 puntos.
4. En caso de empate prevalecerá, en primer lugar, el orden que ocupa el oficio en el
listado de los más representativos de la provincia, teniendo en cuenta las inscripciones en
el Registro de Artesanos de Andalucía a la fecha de publicación de la convocatoria. En
segundo lugar, el tiempo de desempeño del oficio artesano.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Martes, 13 de abril de 2021
página 70
Artículo 10. Procedimiento de selección.
1. El órgano instructor, en el plazo de dos meses a partir de la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, analizará la documentación presentada por las
personas solicitantes, comprobará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el
artículo 2 y revisará la documentación presentada de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 3 y 4, pudiendo requerir durante este plazo cuanta documentación e información
complementaria considere necesaria, a fin de realizar la subsanación de las solicitudes.
2. Una vez subsanadas todas las solicitudes, el órgano instructor elevará al Jurado
aquéllas que cumplan con lo dispuesto en los artículos 2, 3 y 4. El Jurado contará con el
plazo de quince días hábiles para emitir su fallo.
3. La publicación de los sucesivos actos integrantes de este procedimiento se hará
en el apartado de Servicios y trámites de la página web de la Consejería competente
en materia de artesanía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
4. El máximo de piezas seleccionadas por cada provincia será de 5.
Artículo 11. Fallo y publicación.
1. El Jurado emitirá un fallo motivado, en el que figurará el nombre de las piezas y
talleres artesanos seleccionados para participar en la Exposición Itinerante.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189896
Artículo 9. Criterios de valoración.
1. El ámbito territorial de selección será la provincia, en función de aquélla en la que
figure inscrita la persona solicitante en el Registro de Artesanos de Andalucía.
2. La puntuación máxima a otorgar a cada una de las solicitudes será de 45 puntos.
3. Para la valoración de las solicitudes se analizará la documentación aportada en
las mismas, así como la obrante en el Registro de Artesanos de Andalucía, teniendo en
cuenta los siguientes criterios:
a) Valoración de la trayectoria consolidada y ampliamente reconocida, con un máximo
de 15 puntos:
Taller que cuente con Maestros o Maestras Artesanas: 3 puntos.
Taller que haya obtenido la declaración de Punto de Interés Artesanal: 1 punto.
Taller incluido en una Zona declarada de Interés Artesanal: 1 punto.
Taller que cuente con el Distintivo «Andalucía, Calidad Artesanal»: 1 punto.
Premios oficiales de artesanía de ámbito municipal o provincial: 1 punto.
Premios oficiales de artesanía de ámbito autonómico: 2 puntos.
Premios oficiales de artesanía de ámbito nacional o internacional: 3 puntos.
Antigüedad en el desempeño del oficio artesano: hasta 3 puntos, con la siguiente
ponderación: entre 1 y 5 años, 1 punto; entre 5 y 10 años, 2 puntos y más de 10 años, 3 puntos.
b) Valoración de la pieza, con un máximo de 30 puntos:
La maestría en las técnicas utilizadas para la obtención de una obra singular, así
como su originalidad: hasta 5 puntos.
El diseño, la alta calidad y la complejidad en el acabado de la obra: hasta 5 puntos.
Pieza elaborada por un taller que desempeña un oficio en peligro de extinción: hasta
5 puntos.
La conservación de las técnicas tradicionales en el diseño y acabado de la pieza:
hasta 5 puntos.
La innovación en el uso de los materiales empleados: hasta 5 puntos.
La obra inédita y singular resultante de la reinterpretación de la artesanía tradicional
andaluza: hasta 5 puntos.
4. En caso de empate prevalecerá, en primer lugar, el orden que ocupa el oficio en el
listado de los más representativos de la provincia, teniendo en cuenta las inscripciones en
el Registro de Artesanos de Andalucía a la fecha de publicación de la convocatoria. En
segundo lugar, el tiempo de desempeño del oficio artesano.