Disposiciones generales. . (2021/68-4)
Orden de 7 de abril de 2021, por la que se establece el procedimiento para la selección de las piezas que formarán parte de la Exposición Itinerante «Artesanía con A de Andalucía».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Martes, 13 de abril de 2021
página 67
Artículo 5. Lugar y plazo de presentación de candidaturas.
Las solicitudes, acompañadas de la documentación especificada en el artículo anterior,
se dirigirán a la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de
artesanía y se presentarán en el Registro Electrónico Único de la Administración de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189896
Artículo 4. Solicitudes y documentación.
1. Las solicitudes se presentarán ajustándose al formulario de solicitud incorporado
en la convocatoria, que deberá ser cumplimentado a través de la plataforma electrónica
prevista para ello, íntegramente en todos sus apartados, y contendrá al menos la siguiente
información:
a) Los datos identificativos de la persona solicitante y de quien la represente.
b) La información necesaria para practicar las notificaciones electrónicas que, en su
caso, proceda efectuar.
c) La información necesaria para aplicar los criterios de valoración establecidos en el
artículo 9.
d) Memoria de la trayectoria profesional.
e) Memoria técnica descriptiva de la pieza a exponer, en cumplimiento de los requisitos
establecidos en el apartado 3 de artículo 2.
f) Las declaraciones responsables del cumplimiento de los requitos establecidos en el
apartado 1 del artículo 2.
g) En su caso, la posibilidad de que la persona solicitante manifieste su oposición
a que el órgano instructor recabe de otras Consejerías, de otras Agencias, o de otras
Administraciones Públicas, toda la información o documentación acreditativa exigida en
la normativa de aplicación que estuviera en poder de aquéllas o haya sido elaborada por
éstas. En caso de oponerse estarán obligadas a aportar los documentos necesarios para
facilitar esa información, junto con la solicitud.
2. Junto con el formulario de solicitud habrá de presentarse la documentación que se
detalla a continuación, que acredita el cumplimiento de los requisitos para ser solicitante
y los criterios de valoración:
a) Número de Identificación Fiscal de la entidad solicitante.
b) Documentación acreditativa de la vida laboral de la persona solicitante, cuando se
trate de personas físicas.
c) Cinco imágenes de la pieza artesana a exponer, en formato .jpg con una resolución
de 300 dpi y un tamaño mínimo de 10 x 10 cm. El tamaño máximo permitido de los
archivos de fotografía es de 1 MB para cada uno de ellos.
d) La documentación acreditativa sobre el cumplimiento de los criterios de valoración
recogidos en el artículo 9, siempre que los datos no figuren en el Registro de Artesanos
de Andalucía.
3. En el caso de que la entidad ejerza su derecho a no presentar datos y documentos
que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido
elaborados por éstas, habrán de indicar en el formulario de solicitud la información
precisa que permita al órgano instructor consultarlos o recabarlos. El órgano instructor
podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello.
4. La documentación se presentará por vía electrónica. Si alguna de las personas
interesadas presentase la documentación complementaria presencialmente, se le
requerirá en el trámite de subsanación previsto en el artículo 6 para que la presente
electrónicamente.
5. En cuanto a la documentación a aportar se estará a lo dispuesto en el artículo 28
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Con carácter general, no se exigirá la presentación de
documentos originales al procedimiento, bastando con la aportación de copias, de cuya
veracidad se responsabilizarán las personas interesadas. Solo excepcionalmente, podrá
solicitarse a las personas interesadas la presentación de documentos originales, en cuyo
caso se hará en los términos previstos en los apartados 4 y 5 de dicho artículo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Martes, 13 de abril de 2021
página 67
Artículo 5. Lugar y plazo de presentación de candidaturas.
Las solicitudes, acompañadas de la documentación especificada en el artículo anterior,
se dirigirán a la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de
artesanía y se presentarán en el Registro Electrónico Único de la Administración de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189896
Artículo 4. Solicitudes y documentación.
1. Las solicitudes se presentarán ajustándose al formulario de solicitud incorporado
en la convocatoria, que deberá ser cumplimentado a través de la plataforma electrónica
prevista para ello, íntegramente en todos sus apartados, y contendrá al menos la siguiente
información:
a) Los datos identificativos de la persona solicitante y de quien la represente.
b) La información necesaria para practicar las notificaciones electrónicas que, en su
caso, proceda efectuar.
c) La información necesaria para aplicar los criterios de valoración establecidos en el
artículo 9.
d) Memoria de la trayectoria profesional.
e) Memoria técnica descriptiva de la pieza a exponer, en cumplimiento de los requisitos
establecidos en el apartado 3 de artículo 2.
f) Las declaraciones responsables del cumplimiento de los requitos establecidos en el
apartado 1 del artículo 2.
g) En su caso, la posibilidad de que la persona solicitante manifieste su oposición
a que el órgano instructor recabe de otras Consejerías, de otras Agencias, o de otras
Administraciones Públicas, toda la información o documentación acreditativa exigida en
la normativa de aplicación que estuviera en poder de aquéllas o haya sido elaborada por
éstas. En caso de oponerse estarán obligadas a aportar los documentos necesarios para
facilitar esa información, junto con la solicitud.
2. Junto con el formulario de solicitud habrá de presentarse la documentación que se
detalla a continuación, que acredita el cumplimiento de los requisitos para ser solicitante
y los criterios de valoración:
a) Número de Identificación Fiscal de la entidad solicitante.
b) Documentación acreditativa de la vida laboral de la persona solicitante, cuando se
trate de personas físicas.
c) Cinco imágenes de la pieza artesana a exponer, en formato .jpg con una resolución
de 300 dpi y un tamaño mínimo de 10 x 10 cm. El tamaño máximo permitido de los
archivos de fotografía es de 1 MB para cada uno de ellos.
d) La documentación acreditativa sobre el cumplimiento de los criterios de valoración
recogidos en el artículo 9, siempre que los datos no figuren en el Registro de Artesanos
de Andalucía.
3. En el caso de que la entidad ejerza su derecho a no presentar datos y documentos
que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido
elaborados por éstas, habrán de indicar en el formulario de solicitud la información
precisa que permita al órgano instructor consultarlos o recabarlos. El órgano instructor
podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello.
4. La documentación se presentará por vía electrónica. Si alguna de las personas
interesadas presentase la documentación complementaria presencialmente, se le
requerirá en el trámite de subsanación previsto en el artículo 6 para que la presente
electrónicamente.
5. En cuanto a la documentación a aportar se estará a lo dispuesto en el artículo 28
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Con carácter general, no se exigirá la presentación de
documentos originales al procedimiento, bastando con la aportación de copias, de cuya
veracidad se responsabilizarán las personas interesadas. Solo excepcionalmente, podrá
solicitarse a las personas interesadas la presentación de documentos originales, en cuyo
caso se hará en los términos previstos en los apartados 4 y 5 de dicho artículo.