Disposiciones generales. . (2021/68-4)
Orden de 7 de abril de 2021, por la que se establece el procedimiento para la selección de las piezas que formarán parte de la Exposición Itinerante «Artesanía con A de Andalucía».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Martes, 13 de abril de 2021
página 66

DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene como objeto establecer las bases y regular el procedimiento
de selección de las piezas que formarán parte de la Exposición Itinerante «Artesanía con
A de Andalucía», así como de las sucesivas exposiciones que se organicen, con el fin de
promocionar y dar visibilidad a los oficios artesanos reconocidos más representativos de
cada provincia andaluza.

Artículo 3. Convocatoria y plazo de presentación de solicitudes.
1. La convocatoria para la selección de las piezas a exponer en las sucesivas
exposiciones itinerantes se realizará mediante resolución de la persona titular de la
Dirección General con competencias en materia de artesanía que se publicará en Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
2. El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria. Serán
inadmitidas las solicitudes fuera de dicho plazo. La resolución de inadmisión será
notificada personalmente en los términos del artículo 41 y siguientes de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. Para dar más publicidad a la convocatoria, su anuncio se insertará en la página
web de la Consejería con competencias en materia de artesanía, en redes sociales y
medios de comunicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00189896

Artículo 2. Requisitos de las personas solicitantes y de las piezas artesanas.
1. Podrán presentar solicitudes los sujetos artesanos, personas físicas o jurídicas,
reconocidos como tales de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5.1 y 5.2 a), b) y f) y
7 de la Ley 15/2005, de 22 diciembre, de Artesanía de Andalucía, y cumplan, a la fecha
de inicio del plazo de presentación de solicitudes, con los siguientes requisitos:
a) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social
impuestas por las disposiciones vigentes.
b) No haber sido objeto de sanción, por la Administración, por la comisión de
infracciones graves o muy graves contempladas en los artículos 24 y 25 de la Ley 15/2005,
de 22 de diciembre, en los últimos tres años.
c) No haber sido objeto de sanción o condena, en los últimos tres años, por resolución
administrativa firme o sentencia judicial firme, por alentar o tolerar prácticas laborales
consideradas discriminatorias o contrarias a la consecución de la igualdad de género,
a la igualdad de oportunidades, o a la accesibilidad universal de las personas con
discapacidades, por la legislación vigente.
d) No haber sido objeto de sanción o condena, en los últimos tres años a contar
desde la fecha de presentación de las candidaturas, por resolución administrativa firme
o sentencia judicial firme, por prácticas contrarias a la protección de los derechos e
intereses legítimos de las personas consumidoras y usuarias.
2. Cada persona solicitante podrá presentar una pieza por cada uno de los oficios en
los que se encuentre inscrita en el Registro de Artesanos de Andalucía.
3. Las piezas artesanas propuestas para participar en la Exposición Itinerante deberán
cumplir los siguientes requisitos:
a) Que se trate de piezas pertenecientes a un oficio artesano reconocido en el
Repertorio de Oficios Artesanos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por
el Decreto 4/2008, de 8 de enero.
b) Que se trate de piezas elaboradas conforme a los materiales y técnicas recogidas
en el citado Repertorio para el correspondiente oficio artesano.
c) Que el tamaño de las piezas no exceda de un metro cúbico ni su peso sea superior
a 50 kg.