Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/67-9)
Resolución de 5 de abril de 2021, conjunta del Servicio Andaluz de Salud y de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios vinculadas con plazas asistenciales de Facultativo Especialista de Área de la Institución Sanitaria concertada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Lunes, 12 de abril de 2021
página 122

Séptima. Desarrollo del concurso.
Antes del inicio del acto de presentación de candidatos, la Comisión Evaluadora, una
vez constituida, procederá a fijar y a hacer públicos los criterios de valoración que se
utilizarán para la adjudicación de las plazas, todo ello de conformidad con el Acuerdo del
Consejo de Gobierno de la Universidad de Córdoba de fecha 30 de octubre de 2015, por el
que se aprueba el Reglamento de concurso de acceso a cuerpos docentes universitarios,
promociones internas y provisión de plazas docentes vacantes en la Universidad de
Córdoba.
• Acto de presentación.
En la primera sesión de comparecencia que se celebre, que será la de presentación
de los aspirantes y que será pública, éstos entregarán al Presidente de la Comisión, la
documentación acreditativa de los méritos e historial académico, docente, investigador
y asistencial, así como un ejemplar de las publicaciones y trabajos que se aleguen.
Igualmente, se presentará en este acto el proyecto docente, investigador y asistencial.
La Comisión Evaluadora será competente para acordar la citación de los candidatos
para sucesivos actos, con el fin de que puedan realizar las distintas pruebas. Dicho
acuerdo se notificará a los aspirantes, junto a otras instrucciones que puedan resultar
necesarias, en la sesión correspondiente al acto de presentación. La Comisión, si fuera
preciso, podrá suspender la celebración pública del acto, con el fin de adoptar la decisión
que proceda si no la hubieran adoptado con anterioridad, emplazando a los candidatos
para un momento posterior a efectos de su notificación.
La Comisión determinará el lugar y hora de comienzo de las pruebas, que deberán
iniciarse dentro de las veinticuatro horas siguientes al acto de presentación. El orden de
actuación se determinará por sorteo público.
Serán excluidos del concurso de acceso los aspirantes que no comparezcan a
cualquiera de los actos de comparecencia.
• Pruebas.
La primera prueba consistirá en la exposición oral, durante un tiempo máximo de
noventa minutos, del historial académico, docente, investigador y asistencial-sanitario
alegados. Dicha prueba incluirá asimismo la defensa del proyecto docente, investigador
y asistencial presentado. Seguidamente, la Comisión debatirá con el candidato sobre los
anteriores extremos durante un tiempo máximo de dos horas.
Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un
informe razonado, ajustado en todo caso a los criterios previamente establecidos por la
Comisión Evaluadora. A la vista de estos informes, la Comisión Evaluadora procederá
a una votación, en la que no será posible la abstención, para determinar el paso de los
candidatos a la siguiente prueba. No pasarán a la misma los candidatos que no obtengan,
al menos, tres votos favorables.
La segunda prueba consistirá en la exposición oral, durante un tiempo máximo de
una hora, de un tema elegido por el candidato de entre tres determinados por sorteo
y correspondientes al programa o programas presentados por éste. Seguidamente, la
Comisión Evaluadora debatirá con el candidato, durante un tiempo máximo de dos horas,
acerca de los contenidos expuestos, cuestiones metodológicas y cuantos aspectos estime
relevantes en relación con el tema expuesto.
Los candidatos dispondrán de un tiempo máximo de dos horas para la preparación de
la exposición del tema.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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La Comisión Evaluadora podrá solicitar, a través de su Presidente, los asesoramientos
que estime convenientes, los cuales deberán ser evacuados de forma confidencial y por
escrito, y se adjuntarán al acta correspondiente.
Los miembros de la Comisión Evaluadora tendrán derecho al percibo de asistencias,
gastos de viaje y dietas, en su caso, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto
462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por razón del servicio.