5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/67-25)
Anuncio de 5 de abril de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión celebrada el 29 de enero de 2021, por el que se aprueba definitivamente la Innovación núm. 3 (Modificación Puntual núm. 11) del PGOU, Sector Costa 2 (actual AMUR-COSTA 2) de Pulpí (Almería), en los términos establecidos en el apartado 1 del punto primero de la parte dispositiva del referido acuerdo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 67 - Lunes, 12 de abril de 2021
página 243
Por todo lo anteriormente expuesto, dado que el T.M. de Pulpí y, en particular su
zona costera, es muy deficitario en instalaciones hoteleras, el Ayuntamiento de Pulpí
considera oportuno y plenamente justificada la necesidad de proposición y tramitación de
la presente Innovación Número 3 (Modificación Puntual Número 11) del Plan General de
Ordenación Urbanística de Pulpí, aumentado la edificabilidad y altura máxima asignada a
la parcela “P4” del ámbito del Sector Costa 2, aumentando las reservas para dotaciones
conforme a lo establecido en la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía,
modificado para ello el sistema viario aprobado y la superficie de las parcelas lucrativas
en el ámbito del Polígono 1-B del Sector Costa 2, y el refundir las determinaciones del
ámbito del Sector Costa 2, que, desde su aprobación definitiva, ha sido sometida a varias
modificaciones.
La totalidad de los terrenos afectados por el incremento de la edificabilidad, las
parcelas destinadas a incremento de las dotaciones públicas y modificación del trazado
viario son propiedad de la mercantil Trenaco, S.L., con C.I.F. B-03142650 y domicilio
social: Avda. Los Escolares, s/n, 04640, Pulpí (Almería).
Según Convenio suscrito entre el Ayuntamiento de Pulpí y la mercantil Trenaco, S.L.,
ésta asume la ejecución de la totalidad de las obras de urbanización derivadas de la
presente modificación puntual.
La modificación que se propone supone un incremento de la edificabilidad lucrativa
(aprovechamiento) en una parcela de Suelo Urbano Consolidado en el ámbito del Sector
Costa 2 (Parcela P-4 del Polígono 1-B del Sector Costa 2) destinada a uso hotelero, no
suponiendo incremento del número de viviendas, ni del número de habitantes ya que el
incremento de edificabilidad lucrativa es una parcela para implantar un uso hotelero.
Definición del Área Homogénea:
Según el apartado 8.1 de la Instrucción 1/2012 “Las Áreas Homogéneas se conciben
como aquel o aquellos ámbitos, continuos o discontinuos, de suelo urbano, no sometido
a reforma interior, en el que se produce un incremento del aprovechamiento objetivo
derivado de un aumento de edificabilidad, densidad, o cambio de uso que el instrumento
de planeamiento atribuya o reconozca en parcelas respecto al aprovechamiento
existente...”.
En la presente Innovación Número 3 se propone el incremento de la edificabilidad
en la parcela P-4 del Polígono 1-B pasando de una edificabilidad de 4.000,00 metros
cuadrados de techo sobre rasante a 7.500,00 metros cuadrados de techo sobre rasante.
El Área Homogénea de la presente Innovación Número 3, estará formada por la
totalidad de las parcelas afectadas por las mismas.
Referida a las parcelas iniciales el Área Homogénea estará formada por las siguientes
parcelas:
PARCELA
P1
P4
P2-4
EL-8-1
VIALES
TOTALES
SUPERFICIE
5.818,60 m2
4.390,30 m2
829,00 m2
2.135,25 m2
3.296,79 m2
16.469,94 m2
APROV. LUCRAT.
1.430,00 m2techo
4.000,00 m2techo
0,00 m2techo
0,00 m2techo
0,00 m2techo
5.430,00 m2techo
N.º VIVIENDAS
13
0 (Hotelero)
0
0
0
13
PARCELA
P1
P4
TOTALES
SUPERFICIE
5.818,60 m2
4.390,30 m2
10.208,90 m2
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
APROV. LUCRAT.
1.430,00 m2techo
4.000,00 m2techo
5.430,00 m2techo
N.º VIVIENDAS
13
0
13
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189701
La superficie total del Área Homogénea, que es discontinua, es de 16.469,94 m2.
De cuadro anterior extraemos el siguiente cuadro referido exclusivamente a las
parcelas iniciales con aprovechamiento lucrativo afectadas:
BOJA
Número 67 - Lunes, 12 de abril de 2021
página 243
Por todo lo anteriormente expuesto, dado que el T.M. de Pulpí y, en particular su
zona costera, es muy deficitario en instalaciones hoteleras, el Ayuntamiento de Pulpí
considera oportuno y plenamente justificada la necesidad de proposición y tramitación de
la presente Innovación Número 3 (Modificación Puntual Número 11) del Plan General de
Ordenación Urbanística de Pulpí, aumentado la edificabilidad y altura máxima asignada a
la parcela “P4” del ámbito del Sector Costa 2, aumentando las reservas para dotaciones
conforme a lo establecido en la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía,
modificado para ello el sistema viario aprobado y la superficie de las parcelas lucrativas
en el ámbito del Polígono 1-B del Sector Costa 2, y el refundir las determinaciones del
ámbito del Sector Costa 2, que, desde su aprobación definitiva, ha sido sometida a varias
modificaciones.
La totalidad de los terrenos afectados por el incremento de la edificabilidad, las
parcelas destinadas a incremento de las dotaciones públicas y modificación del trazado
viario son propiedad de la mercantil Trenaco, S.L., con C.I.F. B-03142650 y domicilio
social: Avda. Los Escolares, s/n, 04640, Pulpí (Almería).
Según Convenio suscrito entre el Ayuntamiento de Pulpí y la mercantil Trenaco, S.L.,
ésta asume la ejecución de la totalidad de las obras de urbanización derivadas de la
presente modificación puntual.
La modificación que se propone supone un incremento de la edificabilidad lucrativa
(aprovechamiento) en una parcela de Suelo Urbano Consolidado en el ámbito del Sector
Costa 2 (Parcela P-4 del Polígono 1-B del Sector Costa 2) destinada a uso hotelero, no
suponiendo incremento del número de viviendas, ni del número de habitantes ya que el
incremento de edificabilidad lucrativa es una parcela para implantar un uso hotelero.
Definición del Área Homogénea:
Según el apartado 8.1 de la Instrucción 1/2012 “Las Áreas Homogéneas se conciben
como aquel o aquellos ámbitos, continuos o discontinuos, de suelo urbano, no sometido
a reforma interior, en el que se produce un incremento del aprovechamiento objetivo
derivado de un aumento de edificabilidad, densidad, o cambio de uso que el instrumento
de planeamiento atribuya o reconozca en parcelas respecto al aprovechamiento
existente...”.
En la presente Innovación Número 3 se propone el incremento de la edificabilidad
en la parcela P-4 del Polígono 1-B pasando de una edificabilidad de 4.000,00 metros
cuadrados de techo sobre rasante a 7.500,00 metros cuadrados de techo sobre rasante.
El Área Homogénea de la presente Innovación Número 3, estará formada por la
totalidad de las parcelas afectadas por las mismas.
Referida a las parcelas iniciales el Área Homogénea estará formada por las siguientes
parcelas:
PARCELA
P1
P4
P2-4
EL-8-1
VIALES
TOTALES
SUPERFICIE
5.818,60 m2
4.390,30 m2
829,00 m2
2.135,25 m2
3.296,79 m2
16.469,94 m2
APROV. LUCRAT.
1.430,00 m2techo
4.000,00 m2techo
0,00 m2techo
0,00 m2techo
0,00 m2techo
5.430,00 m2techo
N.º VIVIENDAS
13
0 (Hotelero)
0
0
0
13
PARCELA
P1
P4
TOTALES
SUPERFICIE
5.818,60 m2
4.390,30 m2
10.208,90 m2
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
APROV. LUCRAT.
1.430,00 m2techo
4.000,00 m2techo
5.430,00 m2techo
N.º VIVIENDAS
13
0
13
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189701
La superficie total del Área Homogénea, que es discontinua, es de 16.469,94 m2.
De cuadro anterior extraemos el siguiente cuadro referido exclusivamente a las
parcelas iniciales con aprovechamiento lucrativo afectadas: