Disposiciones generales. . (2021/66-1)
Resolución de 23 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convocan para 2021 las subvenciones correspondientes a la línea 7, Asociacionismo, regulada en la Orden de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Viernes, 9 de abril de 2021
página 11
Para ello, las personas interesadas deberán identificarse ante el personal habilitado y
prestar su consentimiento expreso, debiendo quedar constancia de ello.
5. Alternativamente a la presentación telemática, las solicitudes, previamente
cumplimentadas mediante formato electrónico, una vez impresas y con firmas manuscritas,
podrán ser presentadas en el registro general de la Consejería de Empleo, Formación y
Trabajo Autónomo y los registros generales de las Delegaciones Territoriales de Empleo,
Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades, o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles y se iniciará el
día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto
de la convocatoria previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
2. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo. La resolución
de inadmisión será notificada personalmente a la entidad interesada.
Octavo. Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento de
concesión de las subvenciones.
El órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento de concesión
de subvenciones regulado en esta Convocatoria es, por delegación de la persona titular
de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, la persona titular de la
Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social.
Décimo. Calendario de pagos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.4 del Texto Refundido de la
Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, en la redacción dada por la disposición final primera,
apartado cuarenta, de la Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el año 2019, y en relación con lo dispuesto en el artículo
35.1.b) de la Orden de 6 de junio de 2014, el pago de la subvención concedida se
materializará mediante la emisión de dos órdenes de pago a cada una de las entidades
subvencionadas, que se instrumentarán de la siguiente forma:
a) Una orden de pago por importe igual al 50% de la subvención concedida en
concepto de anticipo, tras la publicación de la resolución de concesión.
b) Una segunda orden de pago por importe igual al 50% restante, una vez se reciba
en este centro directivo, con anterioridad al 31 de agosto de 2021, original o fotocopia
compulsada de facturas o documentos que acrediten el gasto realizado y pagado
en la ejecución de las acciones subvencionadas, por importe igual o superior al 50%
de la cantidad concedida. Dichos documentos deberán ordenarse por conceptos
subvencionados y relacionarse en hoja aparte, anotando número de documento, fecha,
proveedor, base imponible e importe total. Asimismo, se aportará memoria descriptiva del
estado de desarrollo de las acciones realizadas hasta la fecha.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189755
Noveno. Notificación y publicación.
Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las entidades interesadas
y, en particular, los de requerimiento de subsanación, propuesta provisional de resolución,
trámite de audiencia y el de resolución del procedimiento se publicarán, en los términos
del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en la siguiente dirección de internet:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/11027/datos-basicos.html
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Viernes, 9 de abril de 2021
página 11
Para ello, las personas interesadas deberán identificarse ante el personal habilitado y
prestar su consentimiento expreso, debiendo quedar constancia de ello.
5. Alternativamente a la presentación telemática, las solicitudes, previamente
cumplimentadas mediante formato electrónico, una vez impresas y con firmas manuscritas,
podrán ser presentadas en el registro general de la Consejería de Empleo, Formación y
Trabajo Autónomo y los registros generales de las Delegaciones Territoriales de Empleo,
Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades, o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles y se iniciará el
día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto
de la convocatoria previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
2. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo. La resolución
de inadmisión será notificada personalmente a la entidad interesada.
Octavo. Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento de
concesión de las subvenciones.
El órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento de concesión
de subvenciones regulado en esta Convocatoria es, por delegación de la persona titular
de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, la persona titular de la
Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social.
Décimo. Calendario de pagos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.4 del Texto Refundido de la
Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, en la redacción dada por la disposición final primera,
apartado cuarenta, de la Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el año 2019, y en relación con lo dispuesto en el artículo
35.1.b) de la Orden de 6 de junio de 2014, el pago de la subvención concedida se
materializará mediante la emisión de dos órdenes de pago a cada una de las entidades
subvencionadas, que se instrumentarán de la siguiente forma:
a) Una orden de pago por importe igual al 50% de la subvención concedida en
concepto de anticipo, tras la publicación de la resolución de concesión.
b) Una segunda orden de pago por importe igual al 50% restante, una vez se reciba
en este centro directivo, con anterioridad al 31 de agosto de 2021, original o fotocopia
compulsada de facturas o documentos que acrediten el gasto realizado y pagado
en la ejecución de las acciones subvencionadas, por importe igual o superior al 50%
de la cantidad concedida. Dichos documentos deberán ordenarse por conceptos
subvencionados y relacionarse en hoja aparte, anotando número de documento, fecha,
proveedor, base imponible e importe total. Asimismo, se aportará memoria descriptiva del
estado de desarrollo de las acciones realizadas hasta la fecha.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189755
Noveno. Notificación y publicación.
Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las entidades interesadas
y, en particular, los de requerimiento de subsanación, propuesta provisional de resolución,
trámite de audiencia y el de resolución del procedimiento se publicarán, en los términos
del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en la siguiente dirección de internet:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/11027/datos-basicos.html