3. Otras disposiciones. . (2021/65-14)
Decreto 128/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Digital de Andalucía.
82 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 65 - Jueves, 8 de abril de 2021
página 297
centralizada, así como su declaración y concreción, en relación con las competencias en
materia de tecnología de la información y las comunicaciones».
Cinco. Se suprime la disposición transitoria cuarta: «Gestión de la demanda informática
y dotación de medios electrónicos de la Agencia Tributaria de Andalucía».
5. El Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, se modifica como sigue:
Uno. Se suprime la letra n) del apartado 1 del artículo 7.
Dos: La letra ñ) del apartado 2 del artículo 12 pasa a tener la siguiente redacción: «El
impulso de actuaciones de transformación digital en el ámbito educativo, así como, en
coordinación con la Agencia Digital de Andalucía, el diseño de la dotación tecnológica
para su desarrollo».
Tres: La letra o) del apartado 2 del artículo 12 pasa a tener la siguiente redacción: «El
impulso de las actuaciones relativas al uso de servicios y plataformas educativas digitales
en el sistema educativo no universitario».
Cuatro: La letra p) del apartado 2 del artículo 12 pasa a tener la siguiente redacción:
«En coordinación con los demás centros directivos, la formulación y priorización de las
necesidades en materia de tecnologías de la información y la comunicación en el ámbito
educativo y en los procesos de enseñanza y aprendizaje».
6. El Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, se modifica
como sigue.
Uno. Se suprime la letra h) del apartado 2 del artículo 5.
Dos. Se suprime la letra c) del apartado 6 del artículo 9.
Tres. La letra g) del apartado 6 del artículo 9 pasa a tener la siguiente redacción: «La
coordinación de la publicidad institucional y de la imagen corporativa de la Consejería,
así como la coordinación y actualización del contenido del sitio web de la Consejería
en colaboración con los centros directivos competentes por razón de la materia y sin
perjuicio de las competencias de la Secretaría General de Medio Ambiente, Agua y
Cambio Climático sobre diseño, estructuración y funcionamiento de la Red de Información
Medioambiental».
7. El Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica
de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades,
se modifica como sigue:
Uno. Se suprime la letra n) del apartado 2 del artículo 9.
Dos. La letra k) del artículo 10 pasa a tener la siguiente redacción: «La coordinación,
fomento y ejecución del despliegue de las infraestructuras de telecomunicaciones
en el territorio andaluz para favorecer el acceso generalizado a redes y servicios de
telecomunicaciones, sin perjuicio de las competencias en materia de comunicación
audiovisual que corresponden a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública
e Interior».
9. El Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, se modifica como sigue:
Uno. La letra e) del apartado 2 del artículo 4 pasa a tener la siguiente redacción:
«El impulso, desarrollo y coordinación de las políticas de modernización e innovación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189672
8. El Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, se modifica como sigue:
Uno. Se suprime la letra h) del apartado 2 del artículo 4.
Dos. Se suprime la letra i) del apartado 1 del artículo 7.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 65 - Jueves, 8 de abril de 2021
página 297
centralizada, así como su declaración y concreción, en relación con las competencias en
materia de tecnología de la información y las comunicaciones».
Cinco. Se suprime la disposición transitoria cuarta: «Gestión de la demanda informática
y dotación de medios electrónicos de la Agencia Tributaria de Andalucía».
5. El Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, se modifica como sigue:
Uno. Se suprime la letra n) del apartado 1 del artículo 7.
Dos: La letra ñ) del apartado 2 del artículo 12 pasa a tener la siguiente redacción: «El
impulso de actuaciones de transformación digital en el ámbito educativo, así como, en
coordinación con la Agencia Digital de Andalucía, el diseño de la dotación tecnológica
para su desarrollo».
Tres: La letra o) del apartado 2 del artículo 12 pasa a tener la siguiente redacción: «El
impulso de las actuaciones relativas al uso de servicios y plataformas educativas digitales
en el sistema educativo no universitario».
Cuatro: La letra p) del apartado 2 del artículo 12 pasa a tener la siguiente redacción:
«En coordinación con los demás centros directivos, la formulación y priorización de las
necesidades en materia de tecnologías de la información y la comunicación en el ámbito
educativo y en los procesos de enseñanza y aprendizaje».
6. El Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, se modifica
como sigue.
Uno. Se suprime la letra h) del apartado 2 del artículo 5.
Dos. Se suprime la letra c) del apartado 6 del artículo 9.
Tres. La letra g) del apartado 6 del artículo 9 pasa a tener la siguiente redacción: «La
coordinación de la publicidad institucional y de la imagen corporativa de la Consejería,
así como la coordinación y actualización del contenido del sitio web de la Consejería
en colaboración con los centros directivos competentes por razón de la materia y sin
perjuicio de las competencias de la Secretaría General de Medio Ambiente, Agua y
Cambio Climático sobre diseño, estructuración y funcionamiento de la Red de Información
Medioambiental».
7. El Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica
de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades,
se modifica como sigue:
Uno. Se suprime la letra n) del apartado 2 del artículo 9.
Dos. La letra k) del artículo 10 pasa a tener la siguiente redacción: «La coordinación,
fomento y ejecución del despliegue de las infraestructuras de telecomunicaciones
en el territorio andaluz para favorecer el acceso generalizado a redes y servicios de
telecomunicaciones, sin perjuicio de las competencias en materia de comunicación
audiovisual que corresponden a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública
e Interior».
9. El Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, se modifica como sigue:
Uno. La letra e) del apartado 2 del artículo 4 pasa a tener la siguiente redacción:
«El impulso, desarrollo y coordinación de las políticas de modernización e innovación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189672
8. El Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, se modifica como sigue:
Uno. Se suprime la letra h) del apartado 2 del artículo 4.
Dos. Se suprime la letra i) del apartado 1 del artículo 7.