3. Otras disposiciones. . (2021/65-14)
Decreto 128/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Digital de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 65 - Jueves, 8 de abril de 2021
página 298
en el ámbito de la Consejería, incluyendo la interlocución con otras Administraciones
Públicas para la efectiva implantación de la interoperabilidad de datos e intercambio de
información entre las mismas, en coordinación con la Agencia Digital de Andalucía, así
como la unificación de los Sistemas de Información sobre Servicios Sociales».
Dos. Se suprimen las letras k) y o) del artículo 7.
10. El Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, se
modifica como sigue:
Uno. Se suprime la letra d) del apartado 1 del artículo 8.
Dos. La letra f) del apartado 1 del artículo 8 pasa a tener la siguiente redacción: «La
coordinación y actualización del contenido del sitio web de la Consejería».
11. El Decreto 108/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, se modifica como sigue:
Uno. El apartado 7 del artículo 4 pasa a tener la siguiente redacción: «Se le atribuye
la planificación, dirección, impulso y coordinación de la información, comunicación y
difusión de la Consejería y de sus servicios y entes adscritos, así como la elaboración y
publicación de la producción estadística y cartográfica de la Consejería».
Dos. Se suprime la letra m) del artículo 7.
Disposición final segunda. Modificación de estatutos y normas reguladoras de
agencias administrativas y agencias de régimen especial.
1. El Decreto 372/2009, de 17 de noviembre, por el que se regula la organización y
funcionamiento del Sistema Estadístico de Andalucía, se modifica como sigue:
Único. Se suprimen las letras d), e) y f) del apartado 4 del artículo 15.
2. Los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por el Decreto 96/2011,
de 19 de abril, se modifican como sigue:
Único. En el apartado 2 del artículo 6 se suprime «a la intercomunicación técnica».
3. Los Estatutos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, aprobados
por el Decreto 99/2011, de 19 de abril, se modifican como sigue:
Único. El apartado 3.º de la letra f) del artículo 7 pasa a tener la siguiente redacción:
«Las tareas de gestión, producción, procesado, explotación y análisis estadístico o
teledetección de la información espacial».
Disposición final cuarta. Modificación del Decreto 1/2011, de 11 de enero, por el que se
establece la política de seguridad de las tecnologías de la información y comunicaciones
en la Administración de la Junta de Andalucía.
En el apartado 1 del artículo 8, la letra k) del apartado 2 del artículo 8, el apartado 1 del
artículo 9 y la letra b) del apartado 1 de la disposición adicional primera, del Decreto 1/2011,
de 11 de enero, por el que se establece la política de seguridad de las tecnologías de
la información y las comunicaciones de la Administración de la Junta de Andalucía, la
referencia a «La Dirección General competente en materia de coordinación y ejecución
de las políticas de seguridad de los sistemas de información y telecomunicaciones de la
Administración de la Junta de Andalucía» se cambia por «La Dirección Gerencia de la
Agencia Digital de Andalucía».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189672
Disposición final tercera. Modificación del Decreto 166/2001, de 10 de julio, sobre
coordinación de actuaciones para el desarrollo de la sociedad de la Información.
En las letras c) y e) del apartado 1 del artículo 6 del Decreto 166/2001, de 10 de julio,
sobre coordinación de actuaciones para el desarrollo de la sociedad de la Información, se
cambia «Dirección General competente en materia de Sociedad de la Información» por
«Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía».
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 65 - Jueves, 8 de abril de 2021
página 298
en el ámbito de la Consejería, incluyendo la interlocución con otras Administraciones
Públicas para la efectiva implantación de la interoperabilidad de datos e intercambio de
información entre las mismas, en coordinación con la Agencia Digital de Andalucía, así
como la unificación de los Sistemas de Información sobre Servicios Sociales».
Dos. Se suprimen las letras k) y o) del artículo 7.
10. El Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, se
modifica como sigue:
Uno. Se suprime la letra d) del apartado 1 del artículo 8.
Dos. La letra f) del apartado 1 del artículo 8 pasa a tener la siguiente redacción: «La
coordinación y actualización del contenido del sitio web de la Consejería».
11. El Decreto 108/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, se modifica como sigue:
Uno. El apartado 7 del artículo 4 pasa a tener la siguiente redacción: «Se le atribuye
la planificación, dirección, impulso y coordinación de la información, comunicación y
difusión de la Consejería y de sus servicios y entes adscritos, así como la elaboración y
publicación de la producción estadística y cartográfica de la Consejería».
Dos. Se suprime la letra m) del artículo 7.
Disposición final segunda. Modificación de estatutos y normas reguladoras de
agencias administrativas y agencias de régimen especial.
1. El Decreto 372/2009, de 17 de noviembre, por el que se regula la organización y
funcionamiento del Sistema Estadístico de Andalucía, se modifica como sigue:
Único. Se suprimen las letras d), e) y f) del apartado 4 del artículo 15.
2. Los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por el Decreto 96/2011,
de 19 de abril, se modifican como sigue:
Único. En el apartado 2 del artículo 6 se suprime «a la intercomunicación técnica».
3. Los Estatutos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, aprobados
por el Decreto 99/2011, de 19 de abril, se modifican como sigue:
Único. El apartado 3.º de la letra f) del artículo 7 pasa a tener la siguiente redacción:
«Las tareas de gestión, producción, procesado, explotación y análisis estadístico o
teledetección de la información espacial».
Disposición final cuarta. Modificación del Decreto 1/2011, de 11 de enero, por el que se
establece la política de seguridad de las tecnologías de la información y comunicaciones
en la Administración de la Junta de Andalucía.
En el apartado 1 del artículo 8, la letra k) del apartado 2 del artículo 8, el apartado 1 del
artículo 9 y la letra b) del apartado 1 de la disposición adicional primera, del Decreto 1/2011,
de 11 de enero, por el que se establece la política de seguridad de las tecnologías de
la información y las comunicaciones de la Administración de la Junta de Andalucía, la
referencia a «La Dirección General competente en materia de coordinación y ejecución
de las políticas de seguridad de los sistemas de información y telecomunicaciones de la
Administración de la Junta de Andalucía» se cambia por «La Dirección Gerencia de la
Agencia Digital de Andalucía».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189672
Disposición final tercera. Modificación del Decreto 166/2001, de 10 de julio, sobre
coordinación de actuaciones para el desarrollo de la sociedad de la Información.
En las letras c) y e) del apartado 1 del artículo 6 del Decreto 166/2001, de 10 de julio,
sobre coordinación de actuaciones para el desarrollo de la sociedad de la Información, se
cambia «Dirección General competente en materia de Sociedad de la Información» por
«Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía».