Disposiciones generales. . (2021/64-4)
Orden de 30 de marzo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas al fomento de empleo de personas con problemas de drogodependencias o afectadas por otras adicciones en proceso de incorporación social «Programa Arquímedes», en el ámbito de las competencias de la Consejería de Salud y Familias.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 64 - Miércoles, 7 de abril de 2021
página 77

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20.a) Las circunstancias específicas, que como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la
subvención, podrán dar lugar a la modificación de la Resolución, son las siguientes:
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo
caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes
públicos o privados nacionales de la Unión Europea u organismos internacionales, podrán dar lugar a la
modificación de la Resolución de concesión.
.

20.b) La persona o entidad beneficiaria de la subvención puede instar del órgano concedente la iniciación de oficio del procedimiento para
modificar la resolución de concesión:
No.
S í.
20.c) Posibilidad de modificar la resolución de concesión por decisiones digiridas al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera
No.
Sí. Siempre que la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía lo prevea, el órgano competente para conceder la subvención
podrá modificar la resolución de concesión en orden al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera,
ajustándose a las siguientes determinaciones:
La modificación de la resolución de concesión podrá consistir en:
La modificación de la resolución de concesión tendrá lugar entre las personas beneficiarias aplicando los siguientes criterios de distribución:

La modificación de la resolución de concesión podrá acordarse hasta:
La modificación de la resolución de concesión supondrá la reducción de las obligaciones de las personas beneficiarias con el siguiente alcance:

Otras determinaciones:
Reducción de la subvención concedida de forma proporcional a la reducción de las partidas del
presupuesto de gastos de la Junta de Andalucía con cargo al cual se financian las mismas, con la
consiguiente reducción de las obligaciones de las personas beneficiarias.
.

21.- Exigencia de estados contables y registros específicos (Artículo 24):
No.
Sí. Estados contables y/o registros específicos exigidos:

22. Medidas de información y publicidad, y otras condiciones y obligaciones específicas que deben cumplir y/o adoptar las
personas o entidades beneficiarias (Artículo 24).
22.a) Medidas de información y publicidad.
22.a).1º Medidas de información y publicidad que deben adoptar las personas o entidades beneficiarias:
No se establecen.
Se establecen las siguientes medidas:

En las actuaciones incluidas dentro de la Programación 2014-2020 del nuevo Marco Estratégico
Nacional de Referencia (MENR): "Eje 2. Inclusión social, OT9 Promover la inclusión social y luchar
contra la pobreza y cualquier forma de discriminación", se hará constar en toda información o
publicidad que se efectúe de la actividad objeto de la subvención, que la misma está subvencionada
por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, así como por la Unión Europea y,
concretamente por el Fondo Social Europeo.
.

22.a). 2º Términos y condiciones de publicidad específica en materia de transparencia:
No se establecen.

.

22.b) Obligaciones:
22.b).1º Obligaciones de transparencia y suministro de información y términos y condiciones en los que se ha de cumplir:
No se establecen.

.

22.b).2º Plazo durante el que se deben conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos y se está
obligado a comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio, de dispositivo electrónico o de dirección de correo electrónico:

22.b).3º Otras obligaciones y condiciones específicas:
No se establecen.
Se establecen las siguientes:
a)Realizar, en su caso, la contratación que fundamente la concesión de la subvención, en el plazo

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00189575

Al tratarse de actuaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo la documentación
justificativa se deberá conservar a disposición de los órganos de auditoría y control durante un
plazo de tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las
que estén incluidos los gastos de la operación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 140.1
del Reglamento (UE) núm.1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.