3. Otras disposiciones. . (2021/59-17)
Orden de 15 de marzo de 2021, por la que se desarrolla el curriculo correspondiente al Título de Técnico Superior en Gestión del Agua.
133 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Lunes, 29 de marzo de 2021
página 183
En el proceso de desarrollo de este currículo se ha contado con la colaboración de
profesorado de las especialidades con atribución docente en los módulos profesionales
del ciclo formativo correspondiente al título de Técnico Superior en Gestión del Agua de los
centros docentes de Andalucía. Del mismo modo, durante el procedimiento de tramitación
de esta norma se ha permitido la participación activa de los potenciales destinatarios
y quedan justificados los objetivos que persigue la misma, habiéndose cumplimentado
los trámites de audiencia e información pública, de conformidad con lo establecido en
el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
En su virtud, a propuesta de la Directora General de Formación Profesional, y de
acuerdo con las facultades que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24
de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo 13 del
Decreto 436/2008, de 2 de septiembre,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
La presente orden tiene por objeto desarrollar el currículo de las enseñanzas
conducentes al título de Técnico Superior en gestión del agua, a partir del currículo básico
establecido en el Real Decreto 113/2017, de 17 de febrero, por el que se establece el título
de Técnico Superior en Gestión del Agua y se fijan los aspectos básicos del currículo.
Artículo 3. Objetivos generales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 113/2017, de 17
de febrero, por el que se establece el título de Técnico Superior en Gestión del Agua y
se fijan los aspectos básicos del currículo, los objetivos generales de las enseñanzas
correspondientes al mismo son:
a) Seleccionar los parámetros operacionales en los procesos desarrollados en redes
e instalaciones de agua, relacionándolos con los instrumentos de medida y equipos de
control disponibles para determinar las operaciones de control.
b) Interpretar la documentación del proyecto identificando las actuaciones que hay
que realizar para planificar la ejecución de obras y el montaje de instalaciones de agua.
c) Aplicar los procedimientos de trabajo establecidos en las diferentes fases del
proceso para montar redes e instalaciones de agua.
d) Seleccionar las acciones requeridas en cumplimiento de los protocolos reglamentarios,
elaborando planes de trabajo y criterios de supervisión para planificar la puesta en servicio
de redes e instalaciones de agua.
e) Aplicar las pruebas y acciones indicadas en los protocolos de actuación para poner
en servicio redes e instalaciones de agua.
f) Definir las acciones y recursos requeridos elaborando planes de trabajo y criterios
de supervisión para organizar la explotación de redes e instalaciones de agua.
g) Aplicar los procedimientos de trabajo establecidos actuando sobre equipos,
instalaciones e instrumentos para realizar tareas de explotación de redes e instalaciones
de agua.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189165
Artículo 2. Organización de las enseñanzas.
Las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico Superior en
Gestión del Agua conforman un ciclo formativo de grado superior, y de conformidad con
lo previsto en el artículo 12.1 del Decreto 436/2008, de 2 de septiembre, por el que se
establece la ordenación y las enseñanzas de la Formación Profesional Inicial que forman
parte del sistema educativo, están constituidas por los objetivos generales y los módulos
profesionales.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Lunes, 29 de marzo de 2021
página 183
En el proceso de desarrollo de este currículo se ha contado con la colaboración de
profesorado de las especialidades con atribución docente en los módulos profesionales
del ciclo formativo correspondiente al título de Técnico Superior en Gestión del Agua de los
centros docentes de Andalucía. Del mismo modo, durante el procedimiento de tramitación
de esta norma se ha permitido la participación activa de los potenciales destinatarios
y quedan justificados los objetivos que persigue la misma, habiéndose cumplimentado
los trámites de audiencia e información pública, de conformidad con lo establecido en
el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
En su virtud, a propuesta de la Directora General de Formación Profesional, y de
acuerdo con las facultades que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24
de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo 13 del
Decreto 436/2008, de 2 de septiembre,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
La presente orden tiene por objeto desarrollar el currículo de las enseñanzas
conducentes al título de Técnico Superior en gestión del agua, a partir del currículo básico
establecido en el Real Decreto 113/2017, de 17 de febrero, por el que se establece el título
de Técnico Superior en Gestión del Agua y se fijan los aspectos básicos del currículo.
Artículo 3. Objetivos generales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 113/2017, de 17
de febrero, por el que se establece el título de Técnico Superior en Gestión del Agua y
se fijan los aspectos básicos del currículo, los objetivos generales de las enseñanzas
correspondientes al mismo son:
a) Seleccionar los parámetros operacionales en los procesos desarrollados en redes
e instalaciones de agua, relacionándolos con los instrumentos de medida y equipos de
control disponibles para determinar las operaciones de control.
b) Interpretar la documentación del proyecto identificando las actuaciones que hay
que realizar para planificar la ejecución de obras y el montaje de instalaciones de agua.
c) Aplicar los procedimientos de trabajo establecidos en las diferentes fases del
proceso para montar redes e instalaciones de agua.
d) Seleccionar las acciones requeridas en cumplimiento de los protocolos reglamentarios,
elaborando planes de trabajo y criterios de supervisión para planificar la puesta en servicio
de redes e instalaciones de agua.
e) Aplicar las pruebas y acciones indicadas en los protocolos de actuación para poner
en servicio redes e instalaciones de agua.
f) Definir las acciones y recursos requeridos elaborando planes de trabajo y criterios
de supervisión para organizar la explotación de redes e instalaciones de agua.
g) Aplicar los procedimientos de trabajo establecidos actuando sobre equipos,
instalaciones e instrumentos para realizar tareas de explotación de redes e instalaciones
de agua.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189165
Artículo 2. Organización de las enseñanzas.
Las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico Superior en
Gestión del Agua conforman un ciclo formativo de grado superior, y de conformidad con
lo previsto en el artículo 12.1 del Decreto 436/2008, de 2 de septiembre, por el que se
establece la ordenación y las enseñanzas de la Formación Profesional Inicial que forman
parte del sistema educativo, están constituidas por los objetivos generales y los módulos
profesionales.