Disposiciones generales. . (2021/57-1)
Orden de 17 de marzo de 2021, por la que se regula en el año 2021 la financiación de proyectos que promuevan la integración de la perspectiva medioambiental en el presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía con cargo al Fondo Presupuesto Verde.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Jueves, 25 de marzo de 2021
página 22
Artículo 8. Financiación de los proyectos seleccionados.
La cuantía máxima que se podrá otorgar a cada proyecto para su financiación, siempre
que el mismo haya sido seleccionado tras haber recibido un mínimo de 60 puntos en la
evaluación general, será de cincuenta mil euros (50.000 euros) IVA incluido.
Serán susceptibles de financiación los gastos directamente relacionados con los
objetivos y actividades propuestos en el proyecto, quedando expresamente excluidos de
financiación aquellos costes que pudieran derivarse de la contratación de personal para
la ejecución de los proyectos beneficiarios y cualquier otro coste que tenga el carácter de
permanente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00188952
b) Potencial innovador del proyecto.
Se evaluará el grado de innovación del proyecto en su enfoque y el potencial del
proyecto para generar valor añadido a la organización, para ser el germen de procesos
de cambio en la toma de decisiones o para detectar y aportar ejemplos de buenas
prácticas.
La puntuación máxima será de 20 puntos.
c) Metodología del proyecto.
Se entenderá que un proyecto incorpora el criterio de la metodología cuando las
actividades propuestas sean apropiadas y coherentes con los objetivos establecidos,
cuando se propongan acciones realizables y bien definidas, que tengan potencial para
aportar resultados visibles en el centro de trabajo, o permitan el establecimiento de lazos
e intercambios con otras instituciones de carácter nacional o internacional de referencia,
y se formulen indicadores claros que permitan verificar el cumplimiento de objetivos y el
logro de resultados para realizar un seguimiento del proyecto a lo largo de su ciclo de
vida.
La puntuación máxima será de 20 puntos.
d) Efecto catalizador.
Se valorará el potencial del proyecto para integrar la perspectiva medioambiental en
el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sus efectos multiplicadores, su
compatibilidad con otros proyectos o acciones encaminados a impulsar dicha integración,
la aplicabilidad de sus resultados a otros programas presupuestarios, y su potencial para
incorporarse a la dinámica de trabajo a largo plazo de las organizaciones.
La puntuación máxima será de 10 puntos.
e) Valoración.
Evaluación de la adecuación de los costes previstos del proyecto en función de los
resultados esperados.
La puntuación máxima será de 10 puntos.
f) Proyectos presentados de manera conjunta.
Se valorará el hecho de que los proyectos se presenten de manera conjunta por
órganos directivos de las Consejerías de la Administración de la Junta de Andalucía, por
sus agencias administrativas o por sus agencias de régimen especial.
La puntuación máxima será de 10 puntos.
g) Integración de la perspectiva de género.
Sin perjuicio de que los proyectos presentados hayan de integrar la perspectiva de
género como requisito para que los mismos sean evaluados, se valorará el análisis de
pertinencia y, en su caso, el grado de excelencia en la integración de dicha perspectiva
de género en el proyecto de que se trate. En el caso de que el proyecto argumente
adecuadamente la no pertinencia al género del mismo, obtendrá la máxima puntuación
en este apartado.
La puntuación máxima será de 10 puntos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Jueves, 25 de marzo de 2021
página 22
Artículo 8. Financiación de los proyectos seleccionados.
La cuantía máxima que se podrá otorgar a cada proyecto para su financiación, siempre
que el mismo haya sido seleccionado tras haber recibido un mínimo de 60 puntos en la
evaluación general, será de cincuenta mil euros (50.000 euros) IVA incluido.
Serán susceptibles de financiación los gastos directamente relacionados con los
objetivos y actividades propuestos en el proyecto, quedando expresamente excluidos de
financiación aquellos costes que pudieran derivarse de la contratación de personal para
la ejecución de los proyectos beneficiarios y cualquier otro coste que tenga el carácter de
permanente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00188952
b) Potencial innovador del proyecto.
Se evaluará el grado de innovación del proyecto en su enfoque y el potencial del
proyecto para generar valor añadido a la organización, para ser el germen de procesos
de cambio en la toma de decisiones o para detectar y aportar ejemplos de buenas
prácticas.
La puntuación máxima será de 20 puntos.
c) Metodología del proyecto.
Se entenderá que un proyecto incorpora el criterio de la metodología cuando las
actividades propuestas sean apropiadas y coherentes con los objetivos establecidos,
cuando se propongan acciones realizables y bien definidas, que tengan potencial para
aportar resultados visibles en el centro de trabajo, o permitan el establecimiento de lazos
e intercambios con otras instituciones de carácter nacional o internacional de referencia,
y se formulen indicadores claros que permitan verificar el cumplimiento de objetivos y el
logro de resultados para realizar un seguimiento del proyecto a lo largo de su ciclo de
vida.
La puntuación máxima será de 20 puntos.
d) Efecto catalizador.
Se valorará el potencial del proyecto para integrar la perspectiva medioambiental en
el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sus efectos multiplicadores, su
compatibilidad con otros proyectos o acciones encaminados a impulsar dicha integración,
la aplicabilidad de sus resultados a otros programas presupuestarios, y su potencial para
incorporarse a la dinámica de trabajo a largo plazo de las organizaciones.
La puntuación máxima será de 10 puntos.
e) Valoración.
Evaluación de la adecuación de los costes previstos del proyecto en función de los
resultados esperados.
La puntuación máxima será de 10 puntos.
f) Proyectos presentados de manera conjunta.
Se valorará el hecho de que los proyectos se presenten de manera conjunta por
órganos directivos de las Consejerías de la Administración de la Junta de Andalucía, por
sus agencias administrativas o por sus agencias de régimen especial.
La puntuación máxima será de 10 puntos.
g) Integración de la perspectiva de género.
Sin perjuicio de que los proyectos presentados hayan de integrar la perspectiva de
género como requisito para que los mismos sean evaluados, se valorará el análisis de
pertinencia y, en su caso, el grado de excelencia en la integración de dicha perspectiva
de género en el proyecto de que se trate. En el caso de que el proyecto argumente
adecuadamente la no pertinencia al género del mismo, obtendrá la máxima puntuación
en este apartado.
La puntuación máxima será de 10 puntos.