Disposiciones generales. . (2021/57-1)
Orden de 17 de marzo de 2021, por la que se regula en el año 2021 la financiación de proyectos que promuevan la integración de la perspectiva medioambiental en el presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía con cargo al Fondo Presupuesto Verde.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Jueves, 25 de marzo de 2021
página 19
planificación, gestión y evaluación de programas presupuestarios, así como análisis y
evaluación de impactos del clima y ambientales.
2.ª Actividades de sensibilización y difusión, especialmente aquellas encaminadas a
la identificación de buenas prácticas, en relación a la planificación y gestión de recursos
presupuestarios con enfoque medioambiental.
3.ª Actividades de intercambio, así como el establecimiento de redes de colaboración
con otras Administraciones e instituciones con experiencia en esta materia.
c) Actuaciones presupuestarias innovadoras en «Presupuestos Verdes». El Fondo
Presupuesto Verde para 2021 financiará de manera prioritaria los proyectos cooperativos
entre órganos directivos o entidades vinculadas o dependientes de distintas Consejerías,
así como aquellos que aporten valor añadido a sus respectivas organizaciones, los que
tengan aplicación directa y resultados visibles, que sean innovadores y no dupliquen
iniciativas similares ya existentes y, por último, los que aporten resultados que ayuden
al aprendizaje de la organización y que puedan incorporarse dentro de una dinámica de
trabajo a largo plazo.
d) Estudios, formación y colaboraciones sobre impuestos y otros ingresos ambientales
específicamente, así como respecto de la financiación vinculada a objetivos y gastos
medioambientales.
e) Análisis y desarrollo estratégico general de carácter presupuestario, así como
evaluaciones, sobre el acceso de personas físicas desagregado por sexo y de
personas jurídicas, a la información, los servicios y demás actuaciones presupuestarias
puestas en marcha por la Administración autonómica en desarrollo de los objetivos
medioambientales.
Artículo 5. Solicitudes de participación y documentación.
1. El procedimiento se iniciará por el órgano directivo o entidad interesada mediante
solicitud cumplimentada conforme al modelo que figura como anexo de la presente
orden.
Dicha solicitud deberá ir suscrita de manera electrónica por la persona responsable
del órgano o entidad participante y, previamente a su presentación, se pondrá en
conocimiento tanto de la solicitud cumplimentada, como del proyecto para el que se
solicita financiación, a la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería
correspondiente, o de la Presidencia o Dirección, en el caso de las demás entidades
instrumentales.
En el caso de que se presenten proyectos conjuntos por órganos directivos o entidades
vinculadas o dependientes de distintas Consejerías, la solicitud deberá ir suscrita por la
persona titular del órgano que asuma la tramitación del proyecto, si bien se adjuntará a
la solicitud un escrito en el que conste la conformidad para su presentación del resto de
órganos directivos o entidades que ejecutarían dicho proyecto de manera conjunta.
2. La solicitud deberá ir acompañada del proyecto, este con una extensión máxima
de 30 páginas numeradas, en tamaño A4, a una sola cara, con interlineado sencillo y con
un tamaño de letra de un mínimo de 10 puntos, que habrá de ser firmado por el órgano o
entidad solicitante.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00188952
Artículo 4. Órganos y entidades destinatarios.
Serán destinatarios del Fondo Presupuesto Verde para 2021 los órganos directivos
de las Consejerías de la Administración de la Junta de Andalucía, sus agencias
administrativas o sus agencias de régimen especial, que de manera individual o conjunta,
presenten los proyectos descritos en el artículo 2 cuyo objeto sea la realización de una
actividad o varias actividades que estén interrelacionadas, en su caso, según lo que se
determina en el artículo 3.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Jueves, 25 de marzo de 2021
página 19
planificación, gestión y evaluación de programas presupuestarios, así como análisis y
evaluación de impactos del clima y ambientales.
2.ª Actividades de sensibilización y difusión, especialmente aquellas encaminadas a
la identificación de buenas prácticas, en relación a la planificación y gestión de recursos
presupuestarios con enfoque medioambiental.
3.ª Actividades de intercambio, así como el establecimiento de redes de colaboración
con otras Administraciones e instituciones con experiencia en esta materia.
c) Actuaciones presupuestarias innovadoras en «Presupuestos Verdes». El Fondo
Presupuesto Verde para 2021 financiará de manera prioritaria los proyectos cooperativos
entre órganos directivos o entidades vinculadas o dependientes de distintas Consejerías,
así como aquellos que aporten valor añadido a sus respectivas organizaciones, los que
tengan aplicación directa y resultados visibles, que sean innovadores y no dupliquen
iniciativas similares ya existentes y, por último, los que aporten resultados que ayuden
al aprendizaje de la organización y que puedan incorporarse dentro de una dinámica de
trabajo a largo plazo.
d) Estudios, formación y colaboraciones sobre impuestos y otros ingresos ambientales
específicamente, así como respecto de la financiación vinculada a objetivos y gastos
medioambientales.
e) Análisis y desarrollo estratégico general de carácter presupuestario, así como
evaluaciones, sobre el acceso de personas físicas desagregado por sexo y de
personas jurídicas, a la información, los servicios y demás actuaciones presupuestarias
puestas en marcha por la Administración autonómica en desarrollo de los objetivos
medioambientales.
Artículo 5. Solicitudes de participación y documentación.
1. El procedimiento se iniciará por el órgano directivo o entidad interesada mediante
solicitud cumplimentada conforme al modelo que figura como anexo de la presente
orden.
Dicha solicitud deberá ir suscrita de manera electrónica por la persona responsable
del órgano o entidad participante y, previamente a su presentación, se pondrá en
conocimiento tanto de la solicitud cumplimentada, como del proyecto para el que se
solicita financiación, a la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería
correspondiente, o de la Presidencia o Dirección, en el caso de las demás entidades
instrumentales.
En el caso de que se presenten proyectos conjuntos por órganos directivos o entidades
vinculadas o dependientes de distintas Consejerías, la solicitud deberá ir suscrita por la
persona titular del órgano que asuma la tramitación del proyecto, si bien se adjuntará a
la solicitud un escrito en el que conste la conformidad para su presentación del resto de
órganos directivos o entidades que ejecutarían dicho proyecto de manera conjunta.
2. La solicitud deberá ir acompañada del proyecto, este con una extensión máxima
de 30 páginas numeradas, en tamaño A4, a una sola cara, con interlineado sencillo y con
un tamaño de letra de un mínimo de 10 puntos, que habrá de ser firmado por el órgano o
entidad solicitante.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00188952
Artículo 4. Órganos y entidades destinatarios.
Serán destinatarios del Fondo Presupuesto Verde para 2021 los órganos directivos
de las Consejerías de la Administración de la Junta de Andalucía, sus agencias
administrativas o sus agencias de régimen especial, que de manera individual o conjunta,
presenten los proyectos descritos en el artículo 2 cuyo objeto sea la realización de una
actividad o varias actividades que estén interrelacionadas, en su caso, según lo que se
determina en el artículo 3.