Disposiciones generales. . (2021/57-1)
Orden de 17 de marzo de 2021, por la que se regula en el año 2021 la financiación de proyectos que promuevan la integración de la perspectiva medioambiental en el presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía con cargo al Fondo Presupuesto Verde.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Jueves, 25 de marzo de 2021
página 17
desarrollo y ejecución de las actuaciones derivadas del citado Fondo Presupuesto Verde,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 53 del Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010,
de 2 de marzo.
Por su parte, el artículo 5.3.b) del Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación
Europea, atribuye a la Secretaría General de Hacienda la formulación y seguimiento de
los objetivos de la política presupuestaria, en el marco de los principios de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera, y el artículo 5.3.l) del citado Decreto 116/2020,
de 8 de septiembre, le atribuye la definición, seguimiento y evaluación de la inclusión de
la perspectiva medioambiental en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma.
Asimismo, y en paralelo a la financiación de los proyectos, se trabajará en el desarrollo
de una metodología general de incorporación de la perspectiva medioambiental al
Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La orden se adecua a los principios de buena regulación referidos en el artículo
129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 del
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de
procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
De acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, esta orden se justifica por
una razón de interés general, que es regular la financiación de proyectos que promuevan
la integración de la perspectiva medioambiental en el Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Asimismo, conforme al principio de seguridad jurídica, la presente orden regula el
proceso de selección de los proyectos que serán objeto de financiación.
Por otra parte, la regulación que contiene la norma es proporcionada a la
finalidad perseguida, por lo que se da satisfacción a los principios de eficiencia y
proporcionalidad.
Finalmente, esta orden posibilita la transparencia en el funcionamiento de los poderes
públicos, al establecerse en la misma que se publicarán en el Portal de la Junta de
Andalucía la resolución de la Secretaría General competente en materia de Hacienda
en la que se determinen los proyectos que resulten seleccionados para ser financiados
a través del Fondo Presupuesto Verde para 2021, los propios proyectos que resulten
financiados con dicho Fondo y las memorias justificativas de las actividades ejecutadas.
El antes citado Acuerdo de París reconoce que el cambio climático es un problema
de toda la humanidad y que, al adoptar medidas para hacerle frente, las partes deberían
respetar, promover y tener en cuenta sus respectivas obligaciones relativas, entre otras, a
la igualdad entre mujeres y hombres.
Esta orden tiene en consideración lo previsto en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26
de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
En consecuencia, a propuesta del Secretario General de Hacienda y en virtud de las
atribuciones que me han sido conferidas por los artículos 13.c) y 53 del Texto Refundido
de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y por el artículo 44.2 de
la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
Artículo 1. Objeto.
Esta orden tiene por objeto regular en el año 2021 la financiación de proyectos con
los que se promueva la integración de la perspectiva medioambiental en el Presupuesto
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con cargo al Fondo Presupuesto Verde.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00188952
DISPONGO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Jueves, 25 de marzo de 2021
página 17
desarrollo y ejecución de las actuaciones derivadas del citado Fondo Presupuesto Verde,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 53 del Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010,
de 2 de marzo.
Por su parte, el artículo 5.3.b) del Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación
Europea, atribuye a la Secretaría General de Hacienda la formulación y seguimiento de
los objetivos de la política presupuestaria, en el marco de los principios de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera, y el artículo 5.3.l) del citado Decreto 116/2020,
de 8 de septiembre, le atribuye la definición, seguimiento y evaluación de la inclusión de
la perspectiva medioambiental en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma.
Asimismo, y en paralelo a la financiación de los proyectos, se trabajará en el desarrollo
de una metodología general de incorporación de la perspectiva medioambiental al
Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La orden se adecua a los principios de buena regulación referidos en el artículo
129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 del
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de
procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
De acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, esta orden se justifica por
una razón de interés general, que es regular la financiación de proyectos que promuevan
la integración de la perspectiva medioambiental en el Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Asimismo, conforme al principio de seguridad jurídica, la presente orden regula el
proceso de selección de los proyectos que serán objeto de financiación.
Por otra parte, la regulación que contiene la norma es proporcionada a la
finalidad perseguida, por lo que se da satisfacción a los principios de eficiencia y
proporcionalidad.
Finalmente, esta orden posibilita la transparencia en el funcionamiento de los poderes
públicos, al establecerse en la misma que se publicarán en el Portal de la Junta de
Andalucía la resolución de la Secretaría General competente en materia de Hacienda
en la que se determinen los proyectos que resulten seleccionados para ser financiados
a través del Fondo Presupuesto Verde para 2021, los propios proyectos que resulten
financiados con dicho Fondo y las memorias justificativas de las actividades ejecutadas.
El antes citado Acuerdo de París reconoce que el cambio climático es un problema
de toda la humanidad y que, al adoptar medidas para hacerle frente, las partes deberían
respetar, promover y tener en cuenta sus respectivas obligaciones relativas, entre otras, a
la igualdad entre mujeres y hombres.
Esta orden tiene en consideración lo previsto en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26
de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
En consecuencia, a propuesta del Secretario General de Hacienda y en virtud de las
atribuciones que me han sido conferidas por los artículos 13.c) y 53 del Texto Refundido
de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y por el artículo 44.2 de
la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
Artículo 1. Objeto.
Esta orden tiene por objeto regular en el año 2021 la financiación de proyectos con
los que se promueva la integración de la perspectiva medioambiental en el Presupuesto
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con cargo al Fondo Presupuesto Verde.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00188952
DISPONGO