Disposiciones generales. . (2021/525-1)
Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas.
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Extraordinario núm. 25 - Jueves, 25 de marzo de 2021
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empezar a bajar en 2022 a un valor comprendido en el intervalo del 14% y del 18,1%, y en
2023 se situaría entre el 12,4% y el 17,6%. Estas previsiones se encuentran en línea con
las proyectadas por otros organismos e instituciones.
En lo que respecta a Andalucía, las previsiones de analistas como Funcas sitúan el
crecimiento de su PIB en 2021 en torno al 6,3% con una tasa de paro en torno al 24%. Esta
estimación de crecimiento se aproxima a la prevista por la Consejería de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidades que para 2021 cifra que el PIB
regional pueda alcanzar una tasa del 7% en 2021. El resultado final, no obstante, está
muy afectado por la incertidumbre marcada por la evolución de la pandemia.
El impacto de la pandemia ha sido muy negativo en España y en Andalucía. El
desempleo en el conjunto de España aumentó en 710.500 personas (+21,8%), un
porcentaje ligeramente superior al de Andalucía (+20,2%). Este mejor desempeño en
comparación con la media nacional no oculta que el número de parados registrados
en Andalucía aumentó en 158.249 en media durante 2020 finalizando el ejercicio con
987.686 personas; y aunque el descenso en el número de afiliados a la Seguridad Social
fue inferior (-76.107 personas en promedio anual), el resultado está muy lejos de poder
ser considerado como satisfactorio.
A ello se añade que los datos de empleo no acaban de mostrar los efectos que la
pandemia está produciendo en la economía y el mercado laboral andaluz, por cuanto
no es posible clasificar como desempleados a las personas trabajadoras afectadas por
ERTE o las dificultades para recoger el volumen real de personas activas. En el mes de
febrero de 2021 hubo 123.032 personas trabajadoras incluidas en un ERTE en media
mensual lo que suponía el 4% del total de trabajadores afiliados a la Seguridad Social
en Andalucía y el 13,5% de los trabajadores en ERTE en toda España. Esta cifra es
elevada, aunque queda lejos del máximo alcanzado en el mes de mayo de 2020 (435.909
personas). La importante cifra de personas hace pensar que el mecanismo ideado
inicialmente para una situación de emergencia se haya convertido en algo más estable en
el tiempo, colaborando a mantener una renta de sustitución a las personas trabajadoras y
una reducción de los costes laborales de las empresas que le ayuda a sobrevivir en este
tiempo tan complicado.
La pandemia ha requerido la adopción de diferentes medidas por parte de los
gobiernos, tanto a nivel europeo como nacional y autonómico. La Unión Europea
ha creado los fondos para la recuperación y diferentes redes de protección, entre las
que destacan las medidas tendentes a aportar una mayor flexibilidad en el uso de los
fondos estructurales. Gracias a la denominada «Iniciativa de Inversión en Respuesta al
Coronavirus Plus» (IIRC+), los Estados miembros podrán transferir importes entre los
diferentes fondos a fin de cubrir sus necesidades y esos recursos podrán destinarse a
las regiones más afectadas, al suspenderse las condiciones que rigen el acceso de las
regiones a la financiación. Los Estados miembros podrán solicitar entre el 1 de julio de
2020 y el 30 de junio de 2021 hasta el 100% de financiación con cargo al presupuesto
de la Unión Europea para programas destinados a abordar las consecuencias de la
pandemia.
La Unión Europea ha permitido la máxima flexibilidad en la aplicación de sus normas
sobre finanzas públicas y políticas presupuestarias. En concreto, el 2 de abril de 2020,
aprobó un régimen de ayuda español para prestar apoyo a la economía del país en el
contexto de la pandemia del COVID-19. Este nuevo régimen marco consiste en un Marco
nacional temporal relativo a las ayudas de estado que permite a las autoridades españolas
(a nivel nacional, regional y local) conceder ayudas para apoyar a los autónomos, las
pymes y las empresas mediante subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas
fiscales y facilidades de pago, garantías para préstamos y tipos de interés bonificados
para préstamos. Este marco de flexibilidad inspira la medida contenida en el Capítulo II
de este decreto-ley.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189290
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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empezar a bajar en 2022 a un valor comprendido en el intervalo del 14% y del 18,1%, y en
2023 se situaría entre el 12,4% y el 17,6%. Estas previsiones se encuentran en línea con
las proyectadas por otros organismos e instituciones.
En lo que respecta a Andalucía, las previsiones de analistas como Funcas sitúan el
crecimiento de su PIB en 2021 en torno al 6,3% con una tasa de paro en torno al 24%. Esta
estimación de crecimiento se aproxima a la prevista por la Consejería de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidades que para 2021 cifra que el PIB
regional pueda alcanzar una tasa del 7% en 2021. El resultado final, no obstante, está
muy afectado por la incertidumbre marcada por la evolución de la pandemia.
El impacto de la pandemia ha sido muy negativo en España y en Andalucía. El
desempleo en el conjunto de España aumentó en 710.500 personas (+21,8%), un
porcentaje ligeramente superior al de Andalucía (+20,2%). Este mejor desempeño en
comparación con la media nacional no oculta que el número de parados registrados
en Andalucía aumentó en 158.249 en media durante 2020 finalizando el ejercicio con
987.686 personas; y aunque el descenso en el número de afiliados a la Seguridad Social
fue inferior (-76.107 personas en promedio anual), el resultado está muy lejos de poder
ser considerado como satisfactorio.
A ello se añade que los datos de empleo no acaban de mostrar los efectos que la
pandemia está produciendo en la economía y el mercado laboral andaluz, por cuanto
no es posible clasificar como desempleados a las personas trabajadoras afectadas por
ERTE o las dificultades para recoger el volumen real de personas activas. En el mes de
febrero de 2021 hubo 123.032 personas trabajadoras incluidas en un ERTE en media
mensual lo que suponía el 4% del total de trabajadores afiliados a la Seguridad Social
en Andalucía y el 13,5% de los trabajadores en ERTE en toda España. Esta cifra es
elevada, aunque queda lejos del máximo alcanzado en el mes de mayo de 2020 (435.909
personas). La importante cifra de personas hace pensar que el mecanismo ideado
inicialmente para una situación de emergencia se haya convertido en algo más estable en
el tiempo, colaborando a mantener una renta de sustitución a las personas trabajadoras y
una reducción de los costes laborales de las empresas que le ayuda a sobrevivir en este
tiempo tan complicado.
La pandemia ha requerido la adopción de diferentes medidas por parte de los
gobiernos, tanto a nivel europeo como nacional y autonómico. La Unión Europea
ha creado los fondos para la recuperación y diferentes redes de protección, entre las
que destacan las medidas tendentes a aportar una mayor flexibilidad en el uso de los
fondos estructurales. Gracias a la denominada «Iniciativa de Inversión en Respuesta al
Coronavirus Plus» (IIRC+), los Estados miembros podrán transferir importes entre los
diferentes fondos a fin de cubrir sus necesidades y esos recursos podrán destinarse a
las regiones más afectadas, al suspenderse las condiciones que rigen el acceso de las
regiones a la financiación. Los Estados miembros podrán solicitar entre el 1 de julio de
2020 y el 30 de junio de 2021 hasta el 100% de financiación con cargo al presupuesto
de la Unión Europea para programas destinados a abordar las consecuencias de la
pandemia.
La Unión Europea ha permitido la máxima flexibilidad en la aplicación de sus normas
sobre finanzas públicas y políticas presupuestarias. En concreto, el 2 de abril de 2020,
aprobó un régimen de ayuda español para prestar apoyo a la economía del país en el
contexto de la pandemia del COVID-19. Este nuevo régimen marco consiste en un Marco
nacional temporal relativo a las ayudas de estado que permite a las autoridades españolas
(a nivel nacional, regional y local) conceder ayudas para apoyar a los autónomos, las
pymes y las empresas mediante subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas
fiscales y facilidades de pago, garantías para préstamos y tipos de interés bonificados
para préstamos. Este marco de flexibilidad inspira la medida contenida en el Capítulo II
de este decreto-ley.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189290
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía