3. Otras disposiciones. . (2021/53-10)
Resolución de 16 de marzo de 2021, de la Secretaría General para la Justicia, por la que se publica el convenio entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia, la Comunidad Autónoma de Galicia, la Comunitat Valenciana, la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Comunidad de Madrid y la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales de Galicia, Comunitat Valenciana, Andalucía, Madrid, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Illes Balears, Región de Murcia, Ceuta y Melilla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Viernes, 19 de marzo de 2021
página 279

externas curriculares y la correspondiente mención favorable en las prácticas externas
extracurriculares.
2. Los/las estudiantes que realicen las prácticas no llevarán a cabo ninguna de las
funciones atribuidas en los artículos 476, 477 y 478 de la Ley Orgánica del Poder Judicial
a los Cuerpos Generales al servicio de la Administración de Justicia.
3. El alumnado tiene derecho a:
a) Desarrollar la actividad en que consistan las prácticas y en el horario estipulado.
b) Obtener una certificación final del desarrollo de su actividad y del nivel de
aprovechamiento alcanzado.
c) Obtener permiso para acudir a las convocatorias de evaluación que le afecten.
4. El juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas externas, nombrará a la persona
o personas que ejercerá/n la tutoría de las mismas, que podrá recaer en Magistrado/a,
Juez/a o Letrado/a de la Administración de Justicia. La persona designada para realizar la
tutoría debe obtener la declaración de compatibilidad con carácter previo al ejercicio de la
actividad. La misión de estas personas será:
a) Fijar el plan de trabajo del alumnado.
b) Orientar al mismo en sus dudas y dificultades.
c) Evaluar la actividad del/la alumna/o mediante un informe.
Se podrá establecer una tutoría mixta desempeñada por Juez/a o Magistrado/a y
Letrado/a de la Administración de Justicia.
5. El alumnado que finalice el periodo establecido de prácticas externas, recibirá un
certificado expedido por el juzgado o tribunal, donde consten las horas realizadas, la
naturaleza de las actividades llevadas a cabo y el nivel alcanzado según la persona o
personas que ejerzan la tutoría de las mismas.
La Universidad de Educación a Distancia (UNED) emitirá un documento acreditativo a
la persona o personas que ejerza/n la tutoría que lo soliciten, por la colaboración prestada
en el programa de prácticas externas.

Sexta. Financiación.
El presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación
económica para ninguna de las partes.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del
Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que todavía
no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación, las partes se
comprometen a firmar una adenda en la que se contemplen las obligaciones que asumirían
para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado real decreto-ley.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00188539

Quinta. Protección de Datos y Transparencia.
Todos los afectados por el presente convenio vendrán obligados por las disposiciones
y exigencias establecidas por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
Con el fin de garantizar el derecho de acceso a la información pública que asiste a
todas las personas, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1.b. de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno,
el presente convenio será publicado en el Portal de la Transparencia del Gobierno
de España, así como en el Portal de Transparencia de cada una de las comunidades
autónomas que firman el presente convenio.