D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20250802-12)
Convenio – Convenio de 7 de julio de 2025, entre la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y el Ayuntamiento de Collado Mediano para establecer un protocolo de actuación de la agrupación municipal de voluntarios de protección civil en el ámbito de la prevención y extinción de incendios y salvamentos
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 183
SÁBADO 2 DE AGOSTO DE 2025
Pág. 189
Bomberos o SUMMA 112, respectivamente—, deberán firmar previamente un acuerdo de
colaboración”. En este sentido, el Decreto 111/2024, de 11 de diciembre, determina en el
artículo 3.a) que, dentro de la estructura directiva de la Agencia, bajo la dirección del titular de la dirección, se encuentra la Dirección General Emergencias, y el artículo 3 le atribuye, entre otras competencias, la prevención y extinción de incendios forestales, así como la
dirección del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.
El Ayuntamiento de Collado Mediano no tiene atribuidas las competencias para poder
actuar en dicho ámbito, por lo que es intención de las partes firmantes realizar las actuaciones precisas para lograr un aumento de la seguridad de los ciudadanos del municipio, persiguiendo una respuesta coordinada y segura para los intervinientes, y aún más inmediata
en el ámbito de la extinción de incendios y salvamentos.
En virtud de todo lo anteriormente expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto establecer el marco específico de colaboración y
coordinación operativa entre el Ayuntamiento de Collado Mediano (a través de su Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil; en adelante, AMVPC) y la ASEM112,
en el ámbito relativo a la prevención y extinción de incendios y salvamentos.
Segunda
Obligaciones de la ASEM112
La ASEM112 se compromete a:
— Fomentar y apoyar la AMVPC mediante campañas de información, de divulgación y reconocimiento de las actividades del voluntariado en el ámbito de protección civil.
— Impartir la formación básica y continuada en materia de protección civil a través de
la dirección general que tenga atribuida esta competencia, de acuerdo con las directrices que el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid (en adelante CBCM)
pudiera establecer en lo que a su ámbito de actuación se refiere y, en su caso, a través de la participación directa de su personal en las acciones formativas.
— Comunicar al ayuntamiento los siniestros que se produzcan en su término municipal, para favorecer la atención inmediata de los mismos desarrollando la
Tercera
1. En el ámbito de la prevención y preparación:
— Sin perjuicio de las obligaciones que en cuanto a revisión y mantenimiento periódico pudieran corresponder al ayuntamiento, el personal de la AMVPC comprobará el buen funcionamiento de los hidrantes públicos del término municipal.
— Se identificarán los viales o zonas cerradas al paso de vehículos, así como pasos
estrechos o con dificultades de giro, puentes o zonas cuya capacidad de carga impida el paso de una autobomba ordinaria de bomberos, o zonas de vía pública cuyo
firme impida el posicionamiento de un vehículo autoescala. Las incidencias identificadas se comunicarán al servicio municipal competente para su resolución.
— Tras realizar el pertinente estudio de los riesgos de la localidad, se identificarán,
georreferenciarán y comunicarán al CBCM aquellos que puedan suponer situaciones especialmente complejas para la intervención del CBCM.
— Se identificarán, de acuerdo con las directrices y pautas recibidas, aquellas ubicaciones estratégicas dentro del término municipal que puedan utilizarse para el
establecimiento, en caso de emergencia, de elementos de apoyo a la intervención,
tales como puntos de toma de aeronaves, puntos de recepción y espera de recursos, o puestos de coordinación y mando.
BOCM-20250802-12
Obligaciones del Ayuntamiento de Collado Mediano
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 183
SÁBADO 2 DE AGOSTO DE 2025
Pág. 189
Bomberos o SUMMA 112, respectivamente—, deberán firmar previamente un acuerdo de
colaboración”. En este sentido, el Decreto 111/2024, de 11 de diciembre, determina en el
artículo 3.a) que, dentro de la estructura directiva de la Agencia, bajo la dirección del titular de la dirección, se encuentra la Dirección General Emergencias, y el artículo 3 le atribuye, entre otras competencias, la prevención y extinción de incendios forestales, así como la
dirección del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.
El Ayuntamiento de Collado Mediano no tiene atribuidas las competencias para poder
actuar en dicho ámbito, por lo que es intención de las partes firmantes realizar las actuaciones precisas para lograr un aumento de la seguridad de los ciudadanos del municipio, persiguiendo una respuesta coordinada y segura para los intervinientes, y aún más inmediata
en el ámbito de la extinción de incendios y salvamentos.
En virtud de todo lo anteriormente expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto establecer el marco específico de colaboración y
coordinación operativa entre el Ayuntamiento de Collado Mediano (a través de su Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil; en adelante, AMVPC) y la ASEM112,
en el ámbito relativo a la prevención y extinción de incendios y salvamentos.
Segunda
Obligaciones de la ASEM112
La ASEM112 se compromete a:
— Fomentar y apoyar la AMVPC mediante campañas de información, de divulgación y reconocimiento de las actividades del voluntariado en el ámbito de protección civil.
— Impartir la formación básica y continuada en materia de protección civil a través de
la dirección general que tenga atribuida esta competencia, de acuerdo con las directrices que el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid (en adelante CBCM)
pudiera establecer en lo que a su ámbito de actuación se refiere y, en su caso, a través de la participación directa de su personal en las acciones formativas.
— Comunicar al ayuntamiento los siniestros que se produzcan en su término municipal, para favorecer la atención inmediata de los mismos desarrollando la
Tercera
1. En el ámbito de la prevención y preparación:
— Sin perjuicio de las obligaciones que en cuanto a revisión y mantenimiento periódico pudieran corresponder al ayuntamiento, el personal de la AMVPC comprobará el buen funcionamiento de los hidrantes públicos del término municipal.
— Se identificarán los viales o zonas cerradas al paso de vehículos, así como pasos
estrechos o con dificultades de giro, puentes o zonas cuya capacidad de carga impida el paso de una autobomba ordinaria de bomberos, o zonas de vía pública cuyo
firme impida el posicionamiento de un vehículo autoescala. Las incidencias identificadas se comunicarán al servicio municipal competente para su resolución.
— Tras realizar el pertinente estudio de los riesgos de la localidad, se identificarán,
georreferenciarán y comunicarán al CBCM aquellos que puedan suponer situaciones especialmente complejas para la intervención del CBCM.
— Se identificarán, de acuerdo con las directrices y pautas recibidas, aquellas ubicaciones estratégicas dentro del término municipal que puedan utilizarse para el
establecimiento, en caso de emergencia, de elementos de apoyo a la intervención,
tales como puntos de toma de aeronaves, puntos de recepción y espera de recursos, o puestos de coordinación y mando.
BOCM-20250802-12
Obligaciones del Ayuntamiento de Collado Mediano