C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250801-17)
Convocatoria subvenciones –  Orden 2440/2025, de 23 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2025 subvenciones de Proyectos Sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 182

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE AGOSTO DE 2025

ya, Bustarviejo, Cabanillas de la Sierra, La Cabrera, Cadalso de los Vidrios,
Canencia, Carabaña, Casarrubuelos, Cenicientos, Cervera de Buitrago, Colmenar del Arroyo, Corpa, Chapinería, Estremera, Fresnedillas de la Oliva,
Fresno de Torote, Fuentidueña de Tajo, Garganta de los Montes, Gargantilla
del Lozoya y Pinilla de Buitrago, Gascones, La Hiruela, Horcajo de la Sierra-Aoslos, Horcajuelo de la Sierra, Lozoya, Madarcos, Los Molinos, Montejo de la Sierra, Navacerrada, Navalafuente, Navalagamella, Navarredonda
y San Mamés, Navas del Rey, Olmeda de las Fuentes, Orusco de Tajuña, Patones, Pelayos de la Presa, Perales de Tajuña, Pezuela de las Torres, Pinilla
del Valle, Piñuécar-Gandullas, Pozuelo del Rey, Prádena del Rincón, Puebla
de la Sierra, Quijorna, Rascafría, Redueña, Ribatejada, Robledillo de la Jara,
Robledo de Chavela, Robregordo, Rozas de Puerto Real, Santa María de la
Alameda, Santorcaz, Los Santos de la Humosa, La Serna del Monte, Serranillos del Valle, Somosierra, Talamanca de Jarama, Tielmes, Titulcia, Torrejón de Velasco, Torrelaguna, Torremocha de Jarama, Valdaracete, Valdeavero, Valdelaguna, Valdemanco, Valdemaqueda, Valdeolmos-Alalpardo,
Valdepiélagos, Valdetorres de Jarama, Valdilecha, Valverde de Alcalá, El
Vellón, Venturada, Villaconejos, Villamanrique de Tajo, Villamanta, Villamantilla, Villanueva de Perales, Villar del Olmo, Villavieja del Lozoya, Zarzalejo, Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias y Puentes Viejas.
2.o Proyectos que se desarrollen en un mínimo de un municipio de menos de
65.000 habitantes de la Comunidad de Madrid: 10 puntos.
A los efectos de lo dispuesto en esta convocatoria se considerarán municipios de más de 5.000 y menos de 65.000 habitantes: El Álamo, Algete, Alpedrete, Aranjuez, Arganda del Rey, Arroyomolinos, Becerril de la Sierra,
El Boalo, Brunete, Camarma de Esteruelas, Campo Real, Cercedilla, Chinchón, Ciempozuelos, Cobeña, Collado Mediano, Colmenar Viejo, Colmenar
de Oreja, Colmenarejo, Cubas de la Sagra, Daganzo de Arriba, El Escorial,
Fuente el Saz de Jarama, Galapagar, Griñón, Guadalix de la Sierra, Guadarrama, Hoyo de Manzanares, Humanes de Madrid, Loeches, Manzanares el
Real, Meco, Mejorada del Campo, Miraflores de la Sierra, El Molar, Moraleja de En medio, Moralzarzal, Morata de Tajuña, Navalcarnero, Nuevo Baztán, Paracuellos de Jarama, Pedrezuela, Pinto, San Agustín de Guadalix, San
Fernando de Henares, San Lorenzo de El Escorial, San Martín de Valdeiglesias, San Martín de la Vega, San Martín de Valdeiglesias, Sevilla la Nueva,
Soto del Real, Torrejón de la Calzada, Torrelodones, Torres de la Alameda,
Tres Cantos, Valdemorillo, Valdetorres de Jarama, Velilla de San Antonio,
Villa del Prado, Villalbilla, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo, Villarejo de Salvanés y Villaviciosa de Odón.
3.o Proyectos que tengan ámbito territorial en al menos un municipio de la Comunidad de Madrid, de los definidos como “municipios de gran población”,
de conformidad con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del
Régimen Local: 3 puntos.
A los efectos de lo dispuesto en esta convocatoria, se consideran municipios
de gran población: Móstoles, Alcalá de Henares, Alcorcón, Getafe, Parla,
Fuenlabrada, Leganés, Torrejón de Ardoz, Alcobendas, Pozuelo de Alarcón,
San Sebastián de los Reyes, Madrid y Las Rozas de Madrid.
4.o Proyectos que tengan como único ámbito territorial Madrid capital: 1,5 puntos.
d) Actividades, calendario y medios técnicos: hasta 20 puntos, con la siguiente distribución:
1.o Calendario de realización con inclusión de un cronograma de realización de
las actividades a ejecutar en el proyecto: hasta 4 puntos.
2.o La descripción detallada de las actividades que se pretenden realizar: 12 puntos.
3.o La correspondencia y adecuación entre los medios personales, técnicos y
materiales implementados y las actividades propuestas: 4 puntos.
e) Presupuesto del proyecto: hasta 5 puntos.
1.o Coherencia del presupuesto del proyecto con las actividades, los destinatarios y los recursos humanos y materiales del proyecto: hasta 4 puntos.
2.o Se valorará con un punto más si existe claridad, concreción y detalle en la explicación del presupuesto.

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BOCM-20250801-17

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