B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - Hospital Universitario “José Germain” (BOCM-20250801-9)
Convocatoria puesto – Resolución de 9 de julio de 2025, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “José Germain” del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Sección de Facultativo Especialista en Psiquiatría Infantil en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional
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BOCM
Pág. 92
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE AGOSTO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 182
- Un/a facultativo/a especialista de Psiquiatría nombrado por la Junta Técnico Asistencial,
a través de su Comisión Mixta.
Por cada miembro/a titular se nombrará un/a miembro/a suplente que actuará en
ausencia del anterior.
2. La Secretaría será desempeñada por personal del Centro sanitario convocante, con
funciones administrativas y titulación superior, que actuará con voz, pero sin voto en las
cuestiones relativas a la valoración de los aspirantes.
3. Todos los/as miembros/as de la Comisión de Selección deben ostentar la condición de
personal estatutario/a fijo, funcionario/a de carrera o personal laboral fijo/a de los
Servicios de Salud o de las Administraciones Públicas o ser personal directivo/a del
Servicio Madrileño de Salud, del mismo grupo de clasificación que el puesto convocado.
TERCERA. Funcionamiento de la Comisión de Selección.
Como órgano colegiado el funcionamiento de la comisión de Selección está regulado en el
Capítulo II, Sección 3ª, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público y en su actuación, con el fin de dotar de transparencia y publicidad
al procedimiento de provisión de las Jefaturas de Servicio y Sección asistenciales, se ajustará
BOCM-20250801-9
a las siguientes normas:
Pág. 92
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE AGOSTO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 182
- Un/a facultativo/a especialista de Psiquiatría nombrado por la Junta Técnico Asistencial,
a través de su Comisión Mixta.
Por cada miembro/a titular se nombrará un/a miembro/a suplente que actuará en
ausencia del anterior.
2. La Secretaría será desempeñada por personal del Centro sanitario convocante, con
funciones administrativas y titulación superior, que actuará con voz, pero sin voto en las
cuestiones relativas a la valoración de los aspirantes.
3. Todos los/as miembros/as de la Comisión de Selección deben ostentar la condición de
personal estatutario/a fijo, funcionario/a de carrera o personal laboral fijo/a de los
Servicios de Salud o de las Administraciones Públicas o ser personal directivo/a del
Servicio Madrileño de Salud, del mismo grupo de clasificación que el puesto convocado.
TERCERA. Funcionamiento de la Comisión de Selección.
Como órgano colegiado el funcionamiento de la comisión de Selección está regulado en el
Capítulo II, Sección 3ª, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público y en su actuación, con el fin de dotar de transparencia y publicidad
al procedimiento de provisión de las Jefaturas de Servicio y Sección asistenciales, se ajustará
BOCM-20250801-9
a las siguientes normas: