Madrid (BOCM-20250731-56)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Modificación puntual
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 472

JUEVES 31 DE JULIO DE 2025

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Instrucciones específicas de las Compañías suministradoras de los servicios.

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Otras Normas sectoriales.

B.O.C.M. Núm. 181

Artículo 16. Condiciones ambientales relativas a la urbanización.
El proyecto de obras ordinarias de urbanización tendrá en consideración los siguientes criterios:
1.

Selección de materiales de construcción:

Se elaborará un estudio específico valorando la elección preferente de materiales que cumplan
una o varias de las siguientes condiciones:

2.

a)

Materiales de proximidad, de extracción y manufactura local, priorizando materiales de
origen regional (radio aproximado de 160 km) o, en segundo lugar, materiales nacionales.

b)

Priorizar la selección de materiales recuperados o reciclados, en un porcentaje o en su totalidad.

c)

En caso de empleo de madera, se deberá priorizar la selección de aquellas con Certificación Forestal.

Reducción efecto Isla de Calor:

En las zonas previstas para el tránsito y la estancia peatonal se emplearán elementos y soluciones
constructivas que favorezca el control climático y la reducción del efecto “isla de calor”. Para ello:

3.

a)

Se favorecerá un adecuado sombreamiento de las áreas estanciales, combinando plantaciones de árboles de hoja caduca y perenne.

b)

Los acabados de las áreas pavimentadas serán de tonos claros con baja inercia térmica.
Únicamente se permitirá el uso de acabados oscuros en tramos puntuales o con el objetivo de lograr contrates cromáticos para dotar al espacio de las condiciones básicas de accesibilidad que exige la normativa vigente en la materia.

c)

Se optará con carácter preferente por superficies permeables, minimizándose el uso de
pavimentaciones impermeables a aquellas zonas en las que sea estrictamente necesario.

Elección de arbolado y vegetación:

El proyecto de obras ordinarias de urbanización deberá incluir un proyecto específico de ajardinamiento que justifique la selección de especies adaptadas al clima local y a la pluviometría con
proyección de cambio climático.
Además, se deberá dar prioridad a la plantación de especies, tanto arbóreas como herbáceas, que
no produzcan los pólenes más alergénicos en la Comunidad de Madrid, evitando especies como el
plátano, el olivo o las arizónicas, evitando en la medida que sea posible el uso de especies con
polinización anemófila con objeto de minimizar el impacto negativo que se produce sobre una
determinada parte de la población que sufre alergias.
Se fomentará la plantación de masas arboladas y de vegetación con alta capacidad de captura de
CO2 y filtrado de otros contaminantes y partículas.
Se utilizará como referente el “Plan de Infraestructura Verde y Biodiversidad” del Ayuntamiento de
Madrid y el “Manual de Criterios para una jardinería sostenible en la Ciudad de Madrid”, elaborado
por el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Servicios de la Ciudad de Madrid.
4.

Sistemas de riego:

Se garantizará el cumplimiento de los artículos 16, 17, 18, 20, 21 y 22 de la Ordenanza de Gestión
y Uso Eficiente del Agua sobre medidas de ahorro de agua.
El riego se realizará preferentemente mediante la utilización de aguas regeneradas.
Energía eléctrica:

Se estudiará la habilitación de espacios para la generación y almacenamiento distribuido de energía eléctrica renovable para su uso en las instalaciones de alumbrado público, por ejemplo, mediante pérgolas fotovoltaicas que, además mejoren las condiciones bioclimáticas al servir como
elemento de sombreado, y baterías de litio-ferrofosfato (LFP).

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