Pinto (BOCM-20250731-94)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

JUEVES 31 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 181

los méritos que no hayan sido alegados ni acreditados documentalmente en plazo. Una vez abierto
el plazo indicado, se presentarán por los siguientes medios:
AUTOBAREMACIÓN DE MÉRITOS en la plataforma de ofertas de empleo público
https://pinto.convoca.online/ , se presentarán los méritos por la misma vía una vez abierto el plazo
para su presentación.
La plataforma de ofertas de empleo público https://pinto.convoca.online/, está diseñada para que
cada persona participante incorpore mérito a mérito, por lo que al final de la solicitud y una vez
remitida la misma, cada persona aspirante, contará con un resumen de la solicitud remitido, así
como la puntuación de los méritos obtenidos, que en cualquier caso tendrá carácter informativo
respecto del tribunal calificador, y vinculará a las personas aspirantes en relación a la
documentación aportada, siendo la puntuación definitiva, en todo caso, la fijada por el Tribunal de
selección.
A los efectos de contabilizar cada uno de los méritos alegados se tomará como fecha límite el
último día de plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.
No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la
declaración jurada del interesado/a sobre la autenticidad de los mismos, así́ como de los datos que
figuran en la instancia, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Tribunal Calificador o los
órganos competentes del Ayuntamiento de Pinto puedan requerir a los/as aspirantes que acrediten
la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
Serán méritos puntuables en esta fase del proceso selectivo:
a) Servicios prestados como funcionario/a de carrera, interino/a o personal laboral en
la categoría de agente auxiliar o de agente de movilidad.
b) Titulaciones oficiales.
c) Titulaciones de idiomas.
d) Cursos de interés policial.
Los servicios prestados como Agente Auxiliar o Agente de Movilidad se acreditarán mediante
certificado del órgano correspondiente de la Administración Publica en la que se prestaron los
servicios.
Las titulaciones oficiales se acreditarán mediante la presentación de los correspondientes títulos
expedidos u homologados por el Ministerio competente en materia de educación, o documentos
equivalentes. En el caso de Grados o Másteres oficiales cuyo número de créditos ECTS no conste
en el propio título o documento equivalente presentado, el/la aspirante deberá acreditar
documentalmente también su número de créditos ECTS puntuándose, en otro caso, como
perteneciente al tramo inferior de los puntuables.
La formación especializada se acreditará mediante certificados expedidos por el organismo o
entidad organizadora de los cursos en los que deberá constar la fecha de realización, el número de
horas de formación y la materia o contenido de los mismos.
No se valorarán las acciones formativas realizadas que tengan una antigüedad superior a 15 años
contados desde la finalización del plazo de presentación de instancias al proceso selectivo.
Las titulaciones oficiales acreditativas del conocimiento de idiomas extranjeros se acreditarán
mediante la presentación de los correspondientes diplomas o títulos conforme al Marco Común
Europeo de Referencia.
La calificación máxima de esta fase será de 2 puntos, conforme al siguiente baremo:
a) Servicios prestados como funcionario/a de carrera, interino/a o personal laboral. Se podrá
obtener una puntuación máxima de 0,40 puntos conforme se indica a continuación:
 Servicios prestados en la categoría de agente auxiliar: 0,05 puntos por cada año o fracción
superior a 6 meses de servicio.
 Servicios en la categoría de agente de movilidad: 0,05 puntos por cada año o fracción
superior a 6 meses de servicio.

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