B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250731-14)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Óptico-Optometrista, Grupo A, Subgrupo A2, del Servicio Madrileño de Salud de la Comunidad de Madrid
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BOCM
JUEVES 31 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 181
ANEXO II
BAREMO DE MÉRITOS
APARTADO 1.- Experiencia profesional (máximo, 35 puntos)
Por servicios prestados, acreditados mediante certificación original expedida en modelo normalizado
por el Gerente, Director de Gestión o figura análoga de la institución en la que se hubieran prestado
los servicios, en la misma categoría y especialidad:
1.1.
Por cada día completo de servicios prestados en la categoría de Óptico-optometrista
estatutario o categoría equivalente como funcionario o laboral en centros sanitarios públicos del
Sistema Nacional de Salud, o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la Unión
Europea, dentro de la normativa vigente de libre circulación, gestionados por la Administración
Pública. 0,006 puntos.
1.2.
Por cada día completo de servicios prestados como Óptico-optometrista o categoría
equivalente en Instituciones de las Administraciones Públicas diferentes al Sistema Nacional de Salud
o diferentes a los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea. 0,004 puntos.
1.3.
Por cada día completo de servicios prestados como Óptico-optometrista o categoría
equivalente por cuenta ajena, en instituciones sanitarias privadas españolas y de la Unión Europea,
concesionadas o con concierto asistencial y/o acreditación docente justificados documentalmente, y
computados desde la fecha del concierto y/o acreditación, justificados mediante vida laboral y
certificado o contrato de trabajo. 0,003 puntos.
1.4.
Por día completo de servicios prestados como Óptico-optometrista, retribuidos por cuenta
ajena para las que se exija la misma titulación que para la categoría convocada, en centros
sanitarios/sociosanitarios privados justificados mediante vida laboral y certificado o contrato de
trabajo. 0,002 puntos.
1.5.
Por cada día completo de servicios prestados de carácter asistencial o de coordinación o
dirección en programas de cooperación internacional, en virtud de convenios o acuerdos organizados
o autorizados por la Administración Pública, cooperación al desarrollo o ayuda humanitaria en el
ámbito de la salud, mediante relación contractual (Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado
“Boletín Oficial del Estado” nº 247 de 15/10/2015): 0,002 puntos.
1.6.
Por cada día completo de servicios prestados con nombramiento o contrato de alta dirección
como personal directivo en las Instituciones Sanitarias Públicas dependientes de la Comunidad de
Madrid o del Sistema Nacional de Salud y que no puedan ser computados en los apartados anteriores:
0,004 puntos.
1.7.
Por cada día completo de servicios prestados en distinta categoría estatutaria en instituciones
sanitarias públicas en centros sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, o de cualquier centro
BOCM-20250731-14
Pág. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 31 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 181
ANEXO II
BAREMO DE MÉRITOS
APARTADO 1.- Experiencia profesional (máximo, 35 puntos)
Por servicios prestados, acreditados mediante certificación original expedida en modelo normalizado
por el Gerente, Director de Gestión o figura análoga de la institución en la que se hubieran prestado
los servicios, en la misma categoría y especialidad:
1.1.
Por cada día completo de servicios prestados en la categoría de Óptico-optometrista
estatutario o categoría equivalente como funcionario o laboral en centros sanitarios públicos del
Sistema Nacional de Salud, o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la Unión
Europea, dentro de la normativa vigente de libre circulación, gestionados por la Administración
Pública. 0,006 puntos.
1.2.
Por cada día completo de servicios prestados como Óptico-optometrista o categoría
equivalente en Instituciones de las Administraciones Públicas diferentes al Sistema Nacional de Salud
o diferentes a los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea. 0,004 puntos.
1.3.
Por cada día completo de servicios prestados como Óptico-optometrista o categoría
equivalente por cuenta ajena, en instituciones sanitarias privadas españolas y de la Unión Europea,
concesionadas o con concierto asistencial y/o acreditación docente justificados documentalmente, y
computados desde la fecha del concierto y/o acreditación, justificados mediante vida laboral y
certificado o contrato de trabajo. 0,003 puntos.
1.4.
Por día completo de servicios prestados como Óptico-optometrista, retribuidos por cuenta
ajena para las que se exija la misma titulación que para la categoría convocada, en centros
sanitarios/sociosanitarios privados justificados mediante vida laboral y certificado o contrato de
trabajo. 0,002 puntos.
1.5.
Por cada día completo de servicios prestados de carácter asistencial o de coordinación o
dirección en programas de cooperación internacional, en virtud de convenios o acuerdos organizados
o autorizados por la Administración Pública, cooperación al desarrollo o ayuda humanitaria en el
ámbito de la salud, mediante relación contractual (Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado
“Boletín Oficial del Estado” nº 247 de 15/10/2015): 0,002 puntos.
1.6.
Por cada día completo de servicios prestados con nombramiento o contrato de alta dirección
como personal directivo en las Instituciones Sanitarias Públicas dependientes de la Comunidad de
Madrid o del Sistema Nacional de Salud y que no puedan ser computados en los apartados anteriores:
0,004 puntos.
1.7.
Por cada día completo de servicios prestados en distinta categoría estatutaria en instituciones
sanitarias públicas en centros sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, o de cualquier centro
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