D) Anuncios - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250725-8)
Convenio –  Convenio de 16 de junio de 2025, entre la Agencia Estatal de Administración Digital, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (Secretaría de Estado de Función Pública) y la Comunidad de Madrid (Consejería de Digitalización) para la prestación mutua de soluciones básicas de administración digital
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 176

Quinta
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
1. La Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Estrategia Digital,
y los sujetos que en su caso se adhieran a este convenio, asumen las siguientes obligaciones de carácter general:

2. La Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Estrategia Digital,
y los sujetos que en su caso se adhieran a este convenio, asumen las siguientes obligaciones específicas respecto a soluciones tecnológicas concretas:
a) En lo que concierne a la Red de Comunicaciones de las Administraciones Públicas
(Red SARA), ejercer sus funciones como Proveedor de Acceso a la Red SARA
(PAS) para sus órganos y los sujetos adheridos, de acuerdo con lo previsto en la
Norma Técnica de Interoperabilidad de requisitos de conexión a la Red de las Administraciones Públicas aprobada por Resolución de 19 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública.

BOCM-20250725-8

a) Cumplir, dentro del ámbito de sus competencias, las especificaciones técnicas y
funcionales de las soluciones tecnológicas incluidas en el presente Convenio.
b) Realizar las labores técnicas necesarias de conectividad y despliegue, a lo largo
del tiempo, para el acceso de la Comunidad Autónoma y los sujetos adheridos a
las soluciones básicas contempladas en el presente Convenio, incluyendo las relativas a las sucesivas actualizaciones de las soluciones ofrecidas.
c) Concertar con la AEAD la realización de pruebas de rendimiento de los servicios,
que en ningún caso podrán realizarse en entorno productivo.
d) Hacer un uso correcto de las soluciones tecnológicas, empleándolas exclusivamente para el ejercicio de las potestades administrativas para las que está autorizada de acuerdo con la normativa correspondiente.
e) Gestionar y mantener, dentro de su ámbito, cualquier elemento necesario para la
provisión de los servicios, comunicando a la AEAD y, en su caso, a la DGGP las
incidencias que afecten a la prestación de los mismos.
f) Mantener y gestionar los servicios de soporte a sus usuarios para resolución de dudas e incidencias en los servicios.
g) Proporcionar a la AEAD y a la DGGP los contactos operativos tanto de los responsables correspondientes de cada solución como de los centros de soporte correspondientes y actualizar dichos contactos cuando sea necesario.
h) Colaborar con la AEAD en la detección, diagnóstico y resolución de las incidencias técnicas, incluyendo, en su caso, la realización de actuaciones que aseguren
la reducción del tiempo de resolución de las incidencias.
i) Seguir los procedimientos establecidos para armonizar los procesos de administración de aplicaciones y sistemas usuarios de las soluciones tecnológicas incluidas en el presente Convenio.
j) Adoptar y cumplir las medidas de seguridad para proteger debidamente la información y los sistemas asociados a las soluciones tecnológicas incluidas en el presente Convenio, atendiendo al Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, y a las correspondientes Declaraciones de Aplicabilidad de las citadas soluciones.
k) Cumplir las obligaciones que le corresponden como responsable del tratamiento
de datos personales, de acuerdo con lo establecido en la cláusula decimocuarta del
presente convenio en aplicación de lo previsto en el Reglamento general de protección de datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
l) Cumplir y velar por el cumplimiento de las Normas Técnicas de Interoperabilidad
previstas en la disposición adicional primera del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de
la Administración Electrónica que se encuentren vigentes en cada momento y sean
aplicables a cada solución tecnológica.
m) Asignar responsables del uso de los servicios que determinarán las condiciones y
normas aplicables a usuarios y aplicaciones.
n) Tramitar las autorizaciones que se den a los usuarios, y realizar la gestión de los
usuarios de las soluciones en su ámbito de competencia.