C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250721-25)
Regulación concesión ayudas – Acuerdo de 9 de julio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de una ayuda de hasta 1.500 euros a personas desempleadas menores de 30 años que realicen cursos de formación que mejoren su empleabilidad (cheque formación)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 172
LUNES 21 DE JULIO DE 2025
Pág. 125
Artículo 15
Modificación de la subvención
Conforme a lo establecido en el artículo 6.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo de subvenciones de la Comunidad de Madrid, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones concedidas
por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada.
Artículo 16
Tratamiento de datos de carácter personal
1. Los datos de carácter personal recogidos en el procedimiento serán tratados de
conformidad con lo previsto en el Reglamento (UE) n.o 2016/679, del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por
el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. Toda la información relativa al tratamiento de dichos datos puede ser
consultada en el anejo al formulario de solicitud.
2. Los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación
y oposición ante el responsable del tratamiento, la Dirección General Formación, o el órgano que asuma sus competencias en caso de que se produzcan modificaciones en la estructura de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
Artículo 17
Publicidad a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Las normas reguladoras, junto con la declaración de los créditos disponibles en cada
anualidad y las subvenciones concedidas al amparo de las mismas serán publicadas en la
BDNS y en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la normativa aplicable.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación
Se habilita al titular de la Dirección General de Formación para dictar las instrucciones y actos necesarios para la ejecución y aplicación de lo dispuesto en este Acuerdo.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
BOCM-20250721-25
El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 172
LUNES 21 DE JULIO DE 2025
Pág. 125
Artículo 15
Modificación de la subvención
Conforme a lo establecido en el artículo 6.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo de subvenciones de la Comunidad de Madrid, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones concedidas
por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada.
Artículo 16
Tratamiento de datos de carácter personal
1. Los datos de carácter personal recogidos en el procedimiento serán tratados de
conformidad con lo previsto en el Reglamento (UE) n.o 2016/679, del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por
el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
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y oposición ante el responsable del tratamiento, la Dirección General Formación, o el órgano que asuma sus competencias en caso de que se produzcan modificaciones en la estructura de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
Artículo 17
Publicidad a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Las normas reguladoras, junto con la declaración de los créditos disponibles en cada
anualidad y las subvenciones concedidas al amparo de las mismas serán publicadas en la
BDNS y en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la normativa aplicable.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación
Se habilita al titular de la Dirección General de Formación para dictar las instrucciones y actos necesarios para la ejecución y aplicación de lo dispuesto en este Acuerdo.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
BOCM-20250721-25
El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.