C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250721-26)
Bases subvenciones –  Orden de 8 de julio de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las Bases Reguladoras de subvenciones para la inclusión laboral de personas en situación de exclusión social mediante ayudas a las empresas de inserción
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 172

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE JULIO DE 2025

Pág. 141

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 8 de julio de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las Bases Reguladoras de subvenciones para la inclusión laboral de personas en situación de exclusión social mediante ayudas a
las empresas de inserción.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 28.1.12 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, corresponde a la Comunidad de Madrid la competencia para la ejecución de la legislación del Estado en materia laboral. Asimismo, en el artículo 26.1.17, se
atribuye a la Comunidad de Madrid las competencias en materia de fomento del desarrollo
económico, dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional, y en materia de promoción y ayuda a grupos sociales necesitados de especial protección.
La Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, en su artículo 7.2, establece que corresponde a las comunidades autónomas, en su ámbito territorial, el desarrollo de la política de
empleo, el fomento del empleo y la ejecución de la legislación laboral y de los programas
y medidas que les hayan sido transferidos, así como de los programas comunes que se establezcan, conjuntamente con el desarrollo y diseño de los programas propios adaptados a
las características territoriales. Por su parte, el artículo 23.1 define los servicios públicos de
empleo de las Comunidades Autónomas como aquellos órganos o entidades a los que, en
sus respectivos ámbitos, corresponde la gestión y desarrollo de las políticas activas de empleo, así como garantizar la prestación de los servicios de empleo, comunes y complementarios. Conforme al artículo 50 de la Ley de Empleo, se considerarán colectivos vulnerables
de atención prioritaria, a los efectos de esta ley, entre otros, las personas en situación de exclusión social.
La inclusión laboral de las personas con mayores dificultades de acceso al empleo
constituye un requisito fundamental para garantizar la efectiva igualdad de oportunidades
y la no discriminación que consagra el artículo 9.2 de la Constitución Española.
En este sentido, la Estrategia Madrid por Empleo para el periodo 2025-2027, que contiene las medidas de las políticas de empleo en la región para los próximos tres años, pone
el foco en planes específicos para colectivos que requieren una especial atención entre los
que se encuentran, las personas en situación de exclusión social, a que se refiere la medida 7.2 mediante apoyo a las empresas de inserción.
La Comunidad de Madrid viene desarrollando desde hace años una importante labor
de fomento del empleo en los colectivos más vulnerables, a través de diferentes líneas de
ayudas dirigidas a entidades promotoras y empresas de inserción, al amparo de la
Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las Empresas de Inserción, cuya finalidad es la promoción de la integración laboral de las personas en situación
de exclusión social, siendo la regulación más reciente de estas ayudas la contenida en la Orden de 20 de julio de 2022 del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se
establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la integración laboral de personas en situación de exclusión social mediante ayudas a las empresas de inserción.
El Plan Estratégico de Subvenciones gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo, aprobado mediante Orden de 15 de noviembre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, incluye en el apartado 8, el programa de subvenciones para la integración laboral para personas en riesgo o situación de exclusión social
mediante ayudas a las empresas de inserción.
La experiencia en la gestión de estas ayudas aconseja introducir mejoras dirigidas a reforzar su efectividad, mediante una mayor adecuación de la subvención a las necesidades
de las empresas de inserción y sus entidades promotoras y a la realidad socio laboral de las
personas destinatarias, flexibilizando la regulación, incrementando los importes de subvención previstos y reduciendo y simplificando su gestión.
Además de lo expuesto, entre las mejoras que incorpora la nueva regulación de estas
subvenciones, destaca la gestión vinculada a periodos subvencionables vencidos y, por tanto, a contrataciones efectivamente realizadas, dejando atrás el modelo anterior en el que la

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