Móstoles (BOCM-20250717-86)
Urbanismo. Plan especial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 456

JUEVES 17 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 169

Todos los usos cumplirán las determinaciones que para los mismos se establecen en
las Normas Urbanísticas Generales del Plan General.
a) Uso Genérico (equivalente al uso Global del Plan Parcial del PAU-5):
Productivo. Que deberá consumir al menos un 70 % de la edificabilidad del sector,
participando de forma homogénea por la manzana.
b) Usos Pormenorizados:
b.1) Predominante: (que deberá consumir el 51 % de la edificabilidad).
Terciario Productivo y Servicios, integrado por los siguientes usos pormenorizados.
— PT-l Despachos Profesionales.
— PT-2 Oficinas Unitarias, Bancos, Cajas.
— PT-3 Terciario Industrial.
— PT-4 Industria de Alta Tecnología.
— PT-5 Investigación y Desarrollo.
b.2) Compatibles en edificio exclusivo: (No podrán consumir más del 49 % de la
edificabilidad junto con los usos compatibles compartidos):
Del uso genérico productivo:
Industria de Servicios.
b.2.2) Del uso genérico abastecimiento y consumo:
Bares y Restaurantes HO-1.
b.2.3) Del uso equipamientos:
Bienestar social B-1 y B-2 (en relación con el RS-1 y RS-4 del uso
estancia y residencia).
Deportivo D-1.
Docente DO-2, DO-3 (relacionados con la formación profesional).
DO-4, DO-5.
Sanitario. S-l, S-2 y S-4.
Servicios Administrativos. A-1, A-2 y A-3.
Sociocultural SC-1, SC-2 y SC-3.
b.2.4) Del uso estancia y residencia:
Hoteles H-1.
Aparthoteles H-2.
b.3) Usos compatibles compartidos. (No podrán consumir más del 49 % de la
edificabilidad junto con los usos compatibles compartidos) (Dentro del mismo edificio no podrán consumir más del 45 % de la edificabilidad total):
b.3.1) Del uso genérico productivo:
Industria de Servicios.
b.3.2) Del uso genérico equipamientos:
Zonas Verdes y Espacios Libres.
Servicios Urbanos.
b.3.3) Del uso genérico red viaria:
Aparcamientos. Deberá reservarse 1 plazas por cada 50 m2c de
cualquier uso.
b.3.4) Del uso genérico Infraestructuras:
Centros de Transformación. Integrados estéticamente en el edificio.
Otros servicios urbanos.
Condiciones:
Se garantizará el cumplimiento del Decreto 78/1999 de Protección contra la Contaminación Acústica de la CM.
Deberá cumplir las medidas correctoras y compensatorias establecidas en el Estudio
de Viabilidad.

BOCM-20250717-86

b.2.1)