Móstoles (BOCM-20250717-86)
Urbanismo. Plan especial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 169
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JULIO DE 2025
Pág. 453
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
86
MÓSTOLES
La Corporación en Pleno, en su sesión celebrada el día 22 de mayo de 2025 adoptó,
entre otros, los siguientes acuerdos:
Resolver lo siguiente:
Primero.—Aprobar definitivamente el documento del Plan Especial para la adición de
un uso pormenorizado compatible en la zona Parque Tecnológico Terciario del Plan Parcial del PAU-5, incorporado al Plan General y de cuya normativa la Norma Urbanística
NU-SUE-PAU-5 constituye un resumen, aclarando su interpretación y corrigiendo las omisiones no intencionales detectadas en el análisis pormenorizada de la misma.
Segundo.—Publicar esta aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en los términos previstos en el artículo 66 de la LSCM. Notificar el
Acuerdo a todos los interesados y a la Concejalía de Hacienda, Presidencia y Recursos Humanos.
Determinaciones Urbanísticas:
1. Ámbito del Plan Especial.—El ámbito del presente Plan Especial es en el antiguo
PAU-5 que el Plan General incorpora como parte de su ordenación.
2. Objeto del Plan Especial.—El objeto del Plan Especial es la inclusión del uso Hotelero dentro de los usos permitidos en la Norma Urbanística del SUE PAU-5 del Plan General de Móstoles (en adelante PGM) que resume las Condiciones Particulares de la Zona
Parque Tecnológico Terciario del Plan Parcial del PAU-5 incorporado por dicho documento. (ver plano de situación V esquema adjunto), corrigiendo las omisiones no intencionales
detectadas en su aplicación. Previamente, el PE lleva a cabo la clarificación del significado
de los términos: uso genérico, uso global, uso característico, uso pormenorizado y uso permitido en cualquier situación utilizados en el Plan Parcial incorporado, en relación con el
significado atribuido a dichos conceptos por el PGM en el resumen de la normativa del mismo que conforma la UN-SUE-PAU-5 y, por consiguiente, el porcentaje de edificabilidad
que pueden consumir, y el coeficiente de homogeneización aplicable. No se modifica ni el
uso global del Área Homogénea, ni la edificabilidad, ni la ordenación pormenorizada, ni las
determinaciones estructurantes.
Resumen de Determinaciones Urbanísticas del Plan Especial:
La Norma Urbanística NU-SUE-PAU 5, incorporando las aclaraciones efectuadas por
este Plan Especial quedaría como sigue:
Objeto.—Norma que resume las determinaciones del Plan Parcial que desarrolla el
ámbito del antiguo PAU5 que el Plan General incorpora como parte de su ordenación, remitiendo a dicho documento para una regulación más detallada.
— Usos pormenorizados previstos por el Plan Parcial.
El Plan Parcial contempla los siguientes usos para los que se establece una equivalencia con la nomenclatura del Plan General.
Uso Genérico (equivalente al uso Global del Plan Parcial del PAU-5).
Productivo.
El Plan Parcial pormenoriza el uso global productivo entre los usos Parque Tecnológico Industrial Centro de Servicios, Centro Integrado de Servicios y Parque Tecnológico Terciario.
— Usos pormenorizados predominantes (integrantes del uso productivo).
Industria, Talleres y Almacenes.
Terciario Productivo y de Servicios.
Comercio Industrial.
BOCM-20250717-86
URBANISMO
B.O.C.M. Núm. 169
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JULIO DE 2025
Pág. 453
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
86
MÓSTOLES
La Corporación en Pleno, en su sesión celebrada el día 22 de mayo de 2025 adoptó,
entre otros, los siguientes acuerdos:
Resolver lo siguiente:
Primero.—Aprobar definitivamente el documento del Plan Especial para la adición de
un uso pormenorizado compatible en la zona Parque Tecnológico Terciario del Plan Parcial del PAU-5, incorporado al Plan General y de cuya normativa la Norma Urbanística
NU-SUE-PAU-5 constituye un resumen, aclarando su interpretación y corrigiendo las omisiones no intencionales detectadas en el análisis pormenorizada de la misma.
Segundo.—Publicar esta aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en los términos previstos en el artículo 66 de la LSCM. Notificar el
Acuerdo a todos los interesados y a la Concejalía de Hacienda, Presidencia y Recursos Humanos.
Determinaciones Urbanísticas:
1. Ámbito del Plan Especial.—El ámbito del presente Plan Especial es en el antiguo
PAU-5 que el Plan General incorpora como parte de su ordenación.
2. Objeto del Plan Especial.—El objeto del Plan Especial es la inclusión del uso Hotelero dentro de los usos permitidos en la Norma Urbanística del SUE PAU-5 del Plan General de Móstoles (en adelante PGM) que resume las Condiciones Particulares de la Zona
Parque Tecnológico Terciario del Plan Parcial del PAU-5 incorporado por dicho documento. (ver plano de situación V esquema adjunto), corrigiendo las omisiones no intencionales
detectadas en su aplicación. Previamente, el PE lleva a cabo la clarificación del significado
de los términos: uso genérico, uso global, uso característico, uso pormenorizado y uso permitido en cualquier situación utilizados en el Plan Parcial incorporado, en relación con el
significado atribuido a dichos conceptos por el PGM en el resumen de la normativa del mismo que conforma la UN-SUE-PAU-5 y, por consiguiente, el porcentaje de edificabilidad
que pueden consumir, y el coeficiente de homogeneización aplicable. No se modifica ni el
uso global del Área Homogénea, ni la edificabilidad, ni la ordenación pormenorizada, ni las
determinaciones estructurantes.
Resumen de Determinaciones Urbanísticas del Plan Especial:
La Norma Urbanística NU-SUE-PAU 5, incorporando las aclaraciones efectuadas por
este Plan Especial quedaría como sigue:
Objeto.—Norma que resume las determinaciones del Plan Parcial que desarrolla el
ámbito del antiguo PAU5 que el Plan General incorpora como parte de su ordenación, remitiendo a dicho documento para una regulación más detallada.
— Usos pormenorizados previstos por el Plan Parcial.
El Plan Parcial contempla los siguientes usos para los que se establece una equivalencia con la nomenclatura del Plan General.
Uso Genérico (equivalente al uso Global del Plan Parcial del PAU-5).
Productivo.
El Plan Parcial pormenoriza el uso global productivo entre los usos Parque Tecnológico Industrial Centro de Servicios, Centro Integrado de Servicios y Parque Tecnológico Terciario.
— Usos pormenorizados predominantes (integrantes del uso productivo).
Industria, Talleres y Almacenes.
Terciario Productivo y de Servicios.
Comercio Industrial.
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