Los Molinos (BOCM-20250717-79)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 169

Asimismo, se podrá presentar las solicitudes en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas:
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los
restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo
2.1 de la citada Ley.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
5.3 Los/as aspirantes con discapacidad de grado superior o igual al 33 por 100 deberán indicar en
la solicitud, en su apartado específico, el carácter de la misma, el grado, y en su caso, la adaptación
de las pruebas en tiempo y/o materiales.
5.4 Documentos a acompañar en las solicitudes. Las instancias irán acompañadas de:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte, en su defecto, ambos en vigor.
b) Fotocopia del título de bachiller, F.P. II, Técnico o equivalente o documento acreditativo del
abono de las tasas para la expedición del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación
acreditativa de su homologación o convalidación.
c) Documentación acreditativa de los méritos alegados, en atención al baremo de méritos
puntuables conforme a los requisitos de la fase de concurso.
d) Los aspirantes que hayan optado por el turno de discapacidad deberán aportar certificación
expedida por los órganos competentes del Ministerio, o, en su caso, de la Comunidad
Autónoma correspondiente, en la que se acredite la calificación de la minusvalía, el grado de
la misma, así como la compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones
correspondientes.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del/de la aspirante al
proceso selectivo.
Si la instancia se presenta en un organismo distinto al Ayuntamiento de Los Molinos (Madrid), se
remitirá aviso de tal circunstancia y copia de la documentación mediante correo electrónico dirigido
a este Ayuntamiento a la dirección: losmolinos@ayuntamiento-losmolinos.es
Por motivos de seguridad, no se admitirá ningún documento al que hubiera que acceder mediante
un enlace a la nube.
6. Admisión de aspirantes.
6.1 Relación de personas admitidas y excluidas. Transcurrido el plazo de presentación de
solicitudes, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dictará Resolución declarando aprobada
provisionalmente la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas
de exclusión que se hará pública en el tablón de anuncios de la sede electrónica y en la página web
del Ayuntamiento
6.2 Plazo de subsanación. Las personas excluidas expresamente, así como las que no figuren en la
relación de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez
días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no
aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas, serán
excluidas del proceso selectivo.
6.3 Causas de exclusión no subsanables.- A efectos de la admisión de aspirantes, se entenderán
como no subsanables:
La presentación de la solicitud fuera de plazo.
El incumplimiento de los requisitos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo

6.4. Relación definitiva de personas admitidas y excluidas. La lista provisional de personas
aspirantes admitidas y excluidas se considerará automáticamente elevada a definitiva sin necesidad
de nueva resolución, publicándose la lista definitiva en el tablón de anuncios de la sede electrónica
y en la página web municipal si no se presentan peticiones de subsanación o reclamaciones frente
a la misma. Si las hubiera, serán estimadas o desestimadas, si procede, mediante una nueva
resolución por la que el Alcalde-Presidente aprobará la lista definitiva, que se publicará en el tablón
de anuncios de la sede electrónica y en la página web municipal.

BOCM-20250717-79