C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250714-22)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 2531/2025, de 9 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de las becas para el estudio de enseñanzas de formación profesional del Grado D de ciclos formativos de grado medio y grado superior, del sistema educativo español, en centros docentes privados autorizados ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso 2025-2026
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 166
LUNES 14 DE JULIO DE 2025
Pág. 81
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
22
EXTRACTO de la Orden 2531/2025, de 9 de julio, del Consejero de Educación,
Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de las becas
para el estudio de enseñanzas de formación profesional del Grado D de ciclos
formativos de grado medio y grado superior, del sistema educativo español, en
centros docentes privados autorizados ubicados en el territorio de la Comunidad
de Madrid correspondiente al curso 2025-2026.
BDNS: 845487
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index) y en la página web institucional
de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid ).
Primero
Beneficiarios
Serán destinatarios de las ayudas los alumnos que a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes reúnan los requisitos previstos en el artículo 4 de las bases
reguladoras:
a) Estar matriculado o tener reserva de plaza, en los cursos que se fijen en cada convocatoria, en alguno de los centros previstos en el artículo 3 las bases reguladoras.
b) Estar matriculado o tener reserva de plaza del curso completo.
c) No ser alumno repetidor del curso para el que se solicite la beca.
d) No superar la edad de 35 años en el caso de los solicitantes de beca para el primer
curso de formación profesional de Grado D, de ciclo formativo de grado medio o
ciclo formativo de grado superior, no superar la edad de 36 años en el caso de los
solicitantes de beca para el segundo curso, y no superar la edad de 37 años en el
caso de tercer curso de las dobles titulaciones.
e) No superar el límite de renta per cápita familiar que se determine en la orden de
convocatoria.
f) Ser residente en la Comunidad de Madrid, tanto para la modalidad presencial, semipresencial, como virtual. Para la modalidad semipresencial y la modalidad virtual será necesario haber residido en la Comunidad de Madrid, como mínimo, los
cinco años anteriores a la solicitud de la beca.
Estos requisitos deberán mantenerse a lo largo de todo el curso escolar 2025-2026.
Segundo
Becas para el estudio de algún curso de un ciclo formativo de formación profesional de Grado D de grado medio o grado superior, del sistema educativo español, para el curso 2025-2026,
en la modalidad presencial, semipresencial o virtual, en centros docentes privados autorizados ara
estas enseñanzas por la consejería competente en materia de Educación, así como en los centros
indicados en la disposición adicional única de las bases reguladoras, situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
Las bases reguladoras de la presente convocatoria se recogen en la Orden 1958/2025,
de 30 de mayo de 2025, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que
BOCM-20250714-22
Objeto
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B.O.C.M. Núm. 166
LUNES 14 DE JULIO DE 2025
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I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
22
EXTRACTO de la Orden 2531/2025, de 9 de julio, del Consejero de Educación,
Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de las becas
para el estudio de enseñanzas de formación profesional del Grado D de ciclos
formativos de grado medio y grado superior, del sistema educativo español, en
centros docentes privados autorizados ubicados en el territorio de la Comunidad
de Madrid correspondiente al curso 2025-2026.
BDNS: 845487
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index) y en la página web institucional
de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid ).
Primero
Beneficiarios
Serán destinatarios de las ayudas los alumnos que a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes reúnan los requisitos previstos en el artículo 4 de las bases
reguladoras:
a) Estar matriculado o tener reserva de plaza, en los cursos que se fijen en cada convocatoria, en alguno de los centros previstos en el artículo 3 las bases reguladoras.
b) Estar matriculado o tener reserva de plaza del curso completo.
c) No ser alumno repetidor del curso para el que se solicite la beca.
d) No superar la edad de 35 años en el caso de los solicitantes de beca para el primer
curso de formación profesional de Grado D, de ciclo formativo de grado medio o
ciclo formativo de grado superior, no superar la edad de 36 años en el caso de los
solicitantes de beca para el segundo curso, y no superar la edad de 37 años en el
caso de tercer curso de las dobles titulaciones.
e) No superar el límite de renta per cápita familiar que se determine en la orden de
convocatoria.
f) Ser residente en la Comunidad de Madrid, tanto para la modalidad presencial, semipresencial, como virtual. Para la modalidad semipresencial y la modalidad virtual será necesario haber residido en la Comunidad de Madrid, como mínimo, los
cinco años anteriores a la solicitud de la beca.
Estos requisitos deberán mantenerse a lo largo de todo el curso escolar 2025-2026.
Segundo
Becas para el estudio de algún curso de un ciclo formativo de formación profesional de Grado D de grado medio o grado superior, del sistema educativo español, para el curso 2025-2026,
en la modalidad presencial, semipresencial o virtual, en centros docentes privados autorizados ara
estas enseñanzas por la consejería competente en materia de Educación, así como en los centros
indicados en la disposición adicional única de las bases reguladoras, situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
Las bases reguladoras de la presente convocatoria se recogen en la Orden 1958/2025,
de 30 de mayo de 2025, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que
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Objeto