D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250712-28)
Convenio –  Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Empresarial de Hostelería de la Comunidad de Madrid (Hostelería Madrid), para el diseño, desarrollo y puesta en marcha de herramientas que promueven activamente la sostenibilidad, digitalización competitividad y promoción de la oferta hostelera de la Comunidad de Madrid en 2025, 2026 y 2027
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 12 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 165

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
28

CONVENIO de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Empresarial de Hostelería de la Comunidad de Madrid (Hostelería
Madrid), para el diseño, desarrollo y puesta en marcha de herramientas que promueven activamente la sostenibilidad, digitalización competitividad y promoción de la oferta hostelera de la Comunidad de Madrid en 2025, 2026 y 2027.
Madrid, a 18 de junio de 2025.
REUNIDOS

De una parte, D. Mariano de Paco Serrano, Consejero de Cultura, Turismo y Deporte
de la Comunidad de Madrid, nombrado mediante Decreto 47/2023, de 23 de junio, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, así como en la normativa competencial que justifica su intervención de acuerdo a la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. José Antonio Aparicio Gregorio, actuando en representación de la
Asociación Empresarial de Hostelería de la Comunidad de Madrid (Hostelería Madrid), con
CIF: G28639383 y domicilio en paseo Santa María de la Cabeza, n.o1, 1.o derecha, 28045
Madrid, en su condición de Presidente, según escritura de elevación a público de los acuerdos adoptados en la Asamblea General de la Asociación de fecha 31 de mayo de 2021, en
el que fue elegido para tal cargo, con número de protocolo 646 de la notaría de Madrid, doña
Blanca Entrena Palomero, de fecha 10 de junio 2021.
Actúan cada uno de ellos en la representación que ostentan reconociéndose mutuamente capacidad para obligarse mediante el presente Convenio y a tal efecto

I. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 26.1.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983 de 25 de febrero,
corresponde a esta la competencia exclusiva en materia de promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.
La Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de
Madrid, en su Título III, Capítulo II, se refiere a la promoción de turismo como el conjunto de actividades y medios a través de los cuales la Consejería competente en materia de turismo favorece la demanda de servicios turísticos en la Comunidad de Madrid y apoya la
comercialización de los productos turísticos.
Entre las competencias que tiene atribuida la Dirección General de Turismo y Hostelería mediante el Decreto 264/2023 de 5 de diciembre del Consejo de Gobierno por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte están,
entre otras, las de coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística y la sostenibilidad; la elaboración de estrategias y planes que faciliten la creación y promoción de productos de alto valor añadido para el turismo, con capacidad desestacionalizadora, así como la promoción del sector turístico madrileño a nivel nacional e
internacional.
II. Que la Estrategia de Turismo de la Comunidad de Madrid 2023 – 2026 fija entre
otros objetivos el refuerzo de la imagen y del prestigio de la Comunidad de Madrid como
destino turístico, ante los turistas de calidad, es decir, aquellos que no sólo presentan un elevado nivel de gasto en el destino, sino que también presentan una notable afinidad con los
productos turísticos de la región, la mejora de la experiencia del turista y el fortalecimiento del ecosistema turístico. En ese marco se fija como uno de sus ejes de actuación fomen-

BOCM-20250712-28

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