Leganés (BOCM-20250711-59)
Personal. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE JULIO DE 2025
— Llevar a cabo el control de personal: Horarios, permisos, bajas, puntualidad, faltas
de asistencia, rendimientos, etc. Comunicando cualquier incidencia al departamento de personal.
— Proponer la selección del personal.
— Proponer los programas de formación y reciclaje del personal a su cargo.
— Preparar información agregada sobre los trabajos realizados por la unidad.
— Elaborar y dirigir proyectos. Realizar inspecciones en materias relacionadas con
su profesión y con las competencias y funciones de su servicio.
— Apoyar a los restantes servicios técnicos municipales en la redacción de informes,
proyectos y pliegos de condiciones en que por sus conocimientos y competencias
se le requiera.
— Llevar a cabo el seguimiento y ejecución de los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento Pleno y la Junta de Gobierno Local y que afecten a su servicio.
— Elaborar Pliego de Condiciones Técnicas para la redacción de proyectos y contratos de asistencia técnica.
— Gestionar ante la Administración Pública, con desplazamiento a los distintos organismos asuntos relacionados con el Servicio.
— Asistencia a Comisiones cuando sus superiores lo consideren necesario.
— Colaborar en la formación del personal afectado en aquellos proyectos o actuaciones de su competencia que tienen interés para el conjunto de la organización municipal.
— Colaborar en el entrenamiento y la formación del personal a su cargo.
Este puesto está sometido a disponibilidad”.
4.3. La selección de los/las aspirantes se llevará a cabo atendiendo especialmente a
las competencias profesionales necesarias para el óptimo desarrollo de las funciones del
puesto de trabajo. En concreto se valorará:
Para el departamento de control presupuestario:
— Experiencia y conocimiento profundo en asesoramiento jurídico-económico, en
especial en el área de Presupuestos (elaboración y modificación).
— Experiencia en el ámbito de Hacienda Pública.
— Experiencia en tramitación electrónica de expedientes.
— Experiencia acreditada en gestión y tramitación de presupuestos.
— Formación específica en materia presupuestaria, hacienda pública y procedimiento administrativo.
Para el departamento de gestión tributaria:
— Experiencia en puestos vinculados a los servicios de Recaudación, Rentas y/o Inspección de tributos.
— Experiencia y conocimiento en gestión tributaria y recaudación local, gestión de
servicios recaudatorios, tipología de ingresos y cobros públicos.
— Experiencia en elaboración de informes técnicos referentes a procedimientos propios de la gestión tributaria.
— Experiencia en uso de aplicativos de recaudación tributaria.
— Experiencia en tramitación electrónica de expedientes.
— Formación específica en materia de gestión y recaudación tributaria local.
Quinta. Nombramiento.—5.1. El nombramiento requerirá la propuesta previa del
órgano competente del servicio o unidad en que figure adscrito el puesto convocado.
Los/las aspirantes podrán ser llamados a la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de su “currículum” profesional y cualesquiera otras que el órgano competente tenga a bien realizar.
El nombramiento se motivará con referencia al mejor cumplimiento del candidato o
candidata elegido, de los méritos descritos en la convocatoria y a la competencia para proceder a la misma. La motivación deberá hacer expresa referencia a los méritos y capacidad
de la persona propuesta, así como de su idoneidad para el desempeño del puesto.
En todo caso deberá quedar acreditada, como fundamento de la resolución, la observancia del procedimiento debido.
No obstante lo anterior, podrá quedar desierto el proceso si no hubiera candidato idóneo, a juicio del órgano competente.
5.2. La toma de posesión se realizará conforme a lo determinado en los artículos 48, 56
y 57 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Gene-
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BOCM-20250711-59
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE JULIO DE 2025
— Llevar a cabo el control de personal: Horarios, permisos, bajas, puntualidad, faltas
de asistencia, rendimientos, etc. Comunicando cualquier incidencia al departamento de personal.
— Proponer la selección del personal.
— Proponer los programas de formación y reciclaje del personal a su cargo.
— Preparar información agregada sobre los trabajos realizados por la unidad.
— Elaborar y dirigir proyectos. Realizar inspecciones en materias relacionadas con
su profesión y con las competencias y funciones de su servicio.
— Apoyar a los restantes servicios técnicos municipales en la redacción de informes,
proyectos y pliegos de condiciones en que por sus conocimientos y competencias
se le requiera.
— Llevar a cabo el seguimiento y ejecución de los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento Pleno y la Junta de Gobierno Local y que afecten a su servicio.
— Elaborar Pliego de Condiciones Técnicas para la redacción de proyectos y contratos de asistencia técnica.
— Gestionar ante la Administración Pública, con desplazamiento a los distintos organismos asuntos relacionados con el Servicio.
— Asistencia a Comisiones cuando sus superiores lo consideren necesario.
— Colaborar en la formación del personal afectado en aquellos proyectos o actuaciones de su competencia que tienen interés para el conjunto de la organización municipal.
— Colaborar en el entrenamiento y la formación del personal a su cargo.
Este puesto está sometido a disponibilidad”.
4.3. La selección de los/las aspirantes se llevará a cabo atendiendo especialmente a
las competencias profesionales necesarias para el óptimo desarrollo de las funciones del
puesto de trabajo. En concreto se valorará:
Para el departamento de control presupuestario:
— Experiencia y conocimiento profundo en asesoramiento jurídico-económico, en
especial en el área de Presupuestos (elaboración y modificación).
— Experiencia en el ámbito de Hacienda Pública.
— Experiencia en tramitación electrónica de expedientes.
— Experiencia acreditada en gestión y tramitación de presupuestos.
— Formación específica en materia presupuestaria, hacienda pública y procedimiento administrativo.
Para el departamento de gestión tributaria:
— Experiencia en puestos vinculados a los servicios de Recaudación, Rentas y/o Inspección de tributos.
— Experiencia y conocimiento en gestión tributaria y recaudación local, gestión de
servicios recaudatorios, tipología de ingresos y cobros públicos.
— Experiencia en elaboración de informes técnicos referentes a procedimientos propios de la gestión tributaria.
— Experiencia en uso de aplicativos de recaudación tributaria.
— Experiencia en tramitación electrónica de expedientes.
— Formación específica en materia de gestión y recaudación tributaria local.
Quinta. Nombramiento.—5.1. El nombramiento requerirá la propuesta previa del
órgano competente del servicio o unidad en que figure adscrito el puesto convocado.
Los/las aspirantes podrán ser llamados a la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de su “currículum” profesional y cualesquiera otras que el órgano competente tenga a bien realizar.
El nombramiento se motivará con referencia al mejor cumplimiento del candidato o
candidata elegido, de los méritos descritos en la convocatoria y a la competencia para proceder a la misma. La motivación deberá hacer expresa referencia a los méritos y capacidad
de la persona propuesta, así como de su idoneidad para el desempeño del puesto.
En todo caso deberá quedar acreditada, como fundamento de la resolución, la observancia del procedimiento debido.
No obstante lo anterior, podrá quedar desierto el proceso si no hubiera candidato idóneo, a juicio del órgano competente.
5.2. La toma de posesión se realizará conforme a lo determinado en los artículos 48, 56
y 57 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Gene-
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