Madrid (BOCM-20250711-40)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Plan estratégico subvenciones
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BOCM
VIERNES 11 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 164
cos y los distritos los informes anuales de seguimiento del PES correspondientes al ejercicio 2024, en los que se han incluido también sus propuestas de actualización o, en su caso,
modificación del PES teniendo en cuenta el grado de cumplimiento de los objetivos previstos y las prioridades de las políticas públicas, todo ello en el marco de las disponibilidades
presupuestarias.
Como consecuencia del proceso de examen y reflexión anual contenido en dichos informes de seguimiento emitidos por los gestores, y en virtud de la competencia prevista en
el apartado 17.o, 1.5.d), del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, la Dirección General de Contratación y Servicios ha elaborado el Informe Anual de Seguimiento y Evaluación correspondiente a la anualidad 2024 del PES, en
el que se realiza un análisis del progreso de las subvenciones hacia el logro de los resultados planificados, así como el cumplimiento de los objetivos estratégicos y las líneas de subvención, con el propósito de mejorar la toma de decisiones de gestión de la política municipal de fomento durante la vigencia del PES.
Por otra parte, teniendo en cuenta las propuestas contenidas en los informes de seguimiento emitidos por los gestores, así como las conclusiones del referido Informe Anual de
Seguimiento y Evaluación del PES, la Dirección General de Contratación y Servicios ha
elaborado la propuesta correspondiente a la primera modificación del PES en virtud de la
competencia prevista en el apartado 17.o, 1.5.c), del citado Acuerdo de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, considerando que se
tramita como modificación del PES la propuesta simultánea de diferentes variaciones que,
de acuerdo con la mencionada instrucción, puedan ser consideradas individualmente como
actualizaciones o modificaciones.
De acuerdo con el apartado 3.o, 2.23, del citado Acuerdo de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, corresponde a la persona titular del Área de Gobierno elevar a la Junta de Gobierno la aprobación del Plan Estratégico
de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de su actualización y modificación, así como de los informes anuales de su seguimiento y evaluación.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1.b) de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y 10.1 de la Ordenanza de
Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de
Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y en el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, a propuesta de la titular
del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, y previa deliberación de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 19 de junio de 2025,
ACUERDA
Primero.—Aprobar el Informe Anual de Seguimiento y Evaluación 2024 del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos para el
período 2024-2027, que figura en el expediente y cuyo resumen ejecutivo se incluye como
anexo al Plan.
Segundo.—Aprobar la primera modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del
Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos para el período 2024-2027, que se incorpora como anexo.
Tercero. — El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el “BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID” y en el
“Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.
Cuarto.—El presente acuerdo se comunicará a la Intervención General del Ayuntamiento de Madrid a fin de que quede enterada del mismo, así como a la Base de Datos Nacional
de Subvenciones al objeto de que se produzca su registro y publicación en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. Asimismo, se publicará tanto en la
sede electrónica como en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Madrid.
Lo que se publica para general conocimiento conforme a lo previsto en el artículo 45.1.a)
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC), pudiendo acceder al anexo del acuerdo en el
“Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” número 9905, de 23 de junio de 2025, pági-
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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B.O.C.M. Núm. 164
cos y los distritos los informes anuales de seguimiento del PES correspondientes al ejercicio 2024, en los que se han incluido también sus propuestas de actualización o, en su caso,
modificación del PES teniendo en cuenta el grado de cumplimiento de los objetivos previstos y las prioridades de las políticas públicas, todo ello en el marco de las disponibilidades
presupuestarias.
Como consecuencia del proceso de examen y reflexión anual contenido en dichos informes de seguimiento emitidos por los gestores, y en virtud de la competencia prevista en
el apartado 17.o, 1.5.d), del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, la Dirección General de Contratación y Servicios ha elaborado el Informe Anual de Seguimiento y Evaluación correspondiente a la anualidad 2024 del PES, en
el que se realiza un análisis del progreso de las subvenciones hacia el logro de los resultados planificados, así como el cumplimiento de los objetivos estratégicos y las líneas de subvención, con el propósito de mejorar la toma de decisiones de gestión de la política municipal de fomento durante la vigencia del PES.
Por otra parte, teniendo en cuenta las propuestas contenidas en los informes de seguimiento emitidos por los gestores, así como las conclusiones del referido Informe Anual de
Seguimiento y Evaluación del PES, la Dirección General de Contratación y Servicios ha
elaborado la propuesta correspondiente a la primera modificación del PES en virtud de la
competencia prevista en el apartado 17.o, 1.5.c), del citado Acuerdo de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, considerando que se
tramita como modificación del PES la propuesta simultánea de diferentes variaciones que,
de acuerdo con la mencionada instrucción, puedan ser consideradas individualmente como
actualizaciones o modificaciones.
De acuerdo con el apartado 3.o, 2.23, del citado Acuerdo de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, corresponde a la persona titular del Área de Gobierno elevar a la Junta de Gobierno la aprobación del Plan Estratégico
de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de su actualización y modificación, así como de los informes anuales de su seguimiento y evaluación.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1.b) de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y 10.1 de la Ordenanza de
Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de
Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y en el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, a propuesta de la titular
del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, y previa deliberación de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 19 de junio de 2025,
ACUERDA
Primero.—Aprobar el Informe Anual de Seguimiento y Evaluación 2024 del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos para el
período 2024-2027, que figura en el expediente y cuyo resumen ejecutivo se incluye como
anexo al Plan.
Segundo.—Aprobar la primera modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del
Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos para el período 2024-2027, que se incorpora como anexo.
Tercero. — El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el “BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID” y en el
“Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.
Cuarto.—El presente acuerdo se comunicará a la Intervención General del Ayuntamiento de Madrid a fin de que quede enterada del mismo, así como a la Base de Datos Nacional
de Subvenciones al objeto de que se produzca su registro y publicación en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. Asimismo, se publicará tanto en la
sede electrónica como en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Madrid.
Lo que se publica para general conocimiento conforme a lo previsto en el artículo 45.1.a)
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC), pudiendo acceder al anexo del acuerdo en el
“Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” número 9905, de 23 de junio de 2025, pági-
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