B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250711-4)
Concurso específico – Resolución de 26 de junio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se convoca concurso específico para la provisión de un puesto de trabajo singularizado de Coordinador de la Oficina de Fiscalía de Móstoles
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 164
solicitudes y documentación que proceda deberán presentarse en el Registro Electrónico de la
Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello en el portal de internet de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).
Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de
uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
2. Se acompañarán de un “curriculum vitae” en el que figuren, debidamente acreditados, el Cuerpo a que pertenecen, titulación académica, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados, y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto en relación
con las funciones atribuidas al puesto solicitado.
3. Deberán ir dirigidas a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones
con la Administración de Justicia, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. También se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo
de presentación de las mismas
4. Con la solicitud se adjuntará toda la documentación justificativa de los méritos
alegados, así como índice de los mismos.
Quinto
Comisión de Valoración
1. La evaluación de los méritos corresponderá a una Comisión de Valoración, que
será nombrada por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia y estará compuesta por los siguientes miembros:
a) Tres funcionarios de Grupo A1 y A2 de la Comunidad de Madrid, de los que uno
será nombrado Presidente y el otro Secretario de la Comisión y un funcionario del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa propuestos por la Administración.
b) Dos funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal Administrativa a
propuesta de las organizaciones sindicales integradas en la Mesa Sectorial de
Administración de Justicia.
Será causa de incompatibilidad para formar parte de esta Comisión la participación
como aspirante a un puesto de trabajo en la convocatoria.
A cada miembro titular de la Comisión de Valoración podrá asignársele un suplente
que, en caso de ausencia justificada le sustituirá con voz y voto.
La Comisión de Valoración en su funcionamiento se regirán por lo establecido en la
Sección 3.a del capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La abstención y recusación de los miembros de la Comisión de Valoración se regirá
por lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Comisión de Valoración resolverá cuantas dudas o cuestiones puedan plantearse en
la interpretación y aplicación de estas normas.
Sexto
1. La Comisión de Valoración propondrá al candidato que haya obtenido la mayor
puntuación, sumados los resultados finales de las dos fases y, en caso de empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo.
2. Este acuerdo será expuesto en la página web de la Comunidad de Madrid y contra el mismo, los interesados podrán formular alegaciones en el plazo de diez días contados
a partir del día de su publicación.
3. La Comisión de Valoración, resolverá las alegaciones que se presenten en relación
con la aplicación del baremo de méritos y redactará propuesta de candidato que elevará a la
Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia
quien dictará la Resolución definitiva. La resolución del concurso se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20250711-4
Adjudicación de puesto de trabajo
Pág. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 164
solicitudes y documentación que proceda deberán presentarse en el Registro Electrónico de la
Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello en el portal de internet de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).
Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de
uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
2. Se acompañarán de un “curriculum vitae” en el que figuren, debidamente acreditados, el Cuerpo a que pertenecen, titulación académica, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados, y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto en relación
con las funciones atribuidas al puesto solicitado.
3. Deberán ir dirigidas a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones
con la Administración de Justicia, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. También se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo
de presentación de las mismas
4. Con la solicitud se adjuntará toda la documentación justificativa de los méritos
alegados, así como índice de los mismos.
Quinto
Comisión de Valoración
1. La evaluación de los méritos corresponderá a una Comisión de Valoración, que
será nombrada por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia y estará compuesta por los siguientes miembros:
a) Tres funcionarios de Grupo A1 y A2 de la Comunidad de Madrid, de los que uno
será nombrado Presidente y el otro Secretario de la Comisión y un funcionario del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa propuestos por la Administración.
b) Dos funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal Administrativa a
propuesta de las organizaciones sindicales integradas en la Mesa Sectorial de
Administración de Justicia.
Será causa de incompatibilidad para formar parte de esta Comisión la participación
como aspirante a un puesto de trabajo en la convocatoria.
A cada miembro titular de la Comisión de Valoración podrá asignársele un suplente
que, en caso de ausencia justificada le sustituirá con voz y voto.
La Comisión de Valoración en su funcionamiento se regirán por lo establecido en la
Sección 3.a del capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La abstención y recusación de los miembros de la Comisión de Valoración se regirá
por lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Comisión de Valoración resolverá cuantas dudas o cuestiones puedan plantearse en
la interpretación y aplicación de estas normas.
Sexto
1. La Comisión de Valoración propondrá al candidato que haya obtenido la mayor
puntuación, sumados los resultados finales de las dos fases y, en caso de empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo.
2. Este acuerdo será expuesto en la página web de la Comunidad de Madrid y contra el mismo, los interesados podrán formular alegaciones en el plazo de diez días contados
a partir del día de su publicación.
3. La Comisión de Valoración, resolverá las alegaciones que se presenten en relación
con la aplicación del baremo de méritos y redactará propuesta de candidato que elevará a la
Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia
quien dictará la Resolución definitiva. La resolución del concurso se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20250711-4
Adjudicación de puesto de trabajo