C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (BOCM-20250710-38)
Estructura Equipo de Gobierno – Resolución de 2 de julio de 2025, de la Rectora de la Universidad Autónoma de Madrid, de establecimiento de la estructura del Equipo de Gobierno de la Universidad Autónoma de Madrid, de delegación de competencias y otras cuestiones de índole organizativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 163
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE JULIO DE 2025
Pág. 161
j)
Firma y seguimiento de acuerdos y convenios en las materias propias de su competencia.
3. Queda excluida de esta delegación la imposición de sanciones disciplinarias a los
estudiantes, que, en todo caso, corresponderá a la Rectora.
Noveno
Vicerrectorado de Internacionalización
1. El/la Vicerrector/a de Internacionalización será responsable de las materias relacionadas con las políticas de Internacionalización de estudios, prácticas, docencia y formación y, dentro de este ámbito funcional, desarrollará las políticas estratégicas que le correspondan o en coordinación con el/la Vicerrector/a de Planificación y Estrategia y los/as
Vicerrectores/as de Estudios y Estudiantes.
2. El/la Vicerrector/a de Internacionalización desempeñará, por delegación de la
Rectora, el ejercicio de las competencias en materia de:
a) Coordinación en materia de educación universitaria y movilidad de estudiantes,
personal docente e investigador y personal técnico y de gestión y administración
y servicios para estudios, prácticas, docencia y formación.
b) Resolución de las convocatorias de becas y ayudas al estudio en el ámbito de la
movilidad internacional para estudios, prácticas, docencia y formación.
c) Coordinación de la movilidad de estudiantes entre la Universidad y universidades
españolas y extranjeras.
d) Coordinación de los programas incluidos en Erasmus+ o equivalentes.
e) Coordinación en materia de acogida de estudiantes, profesores e investigadores
internacionales.
f) Coordinación de prácticas externas internacionales, ya sean curriculares o extracurriculares.
g) Iniciativa y desarrollo de programas internacionales de estudios con universidades
de diferentes países, en coordinación con los vicerrectorados del área de estudios
que corresponda.
h) Coordinación del Servicio de Idiomas.
i) Coordinación de las Alianzas y redes internacionales en materias de su competencia, con especial atención a la alianza de universidades europeas CIVIS.
j) Coordinación de las actividades del Instituto Confucio de Madrid.
k) Coordinación del programa Study Abroad.
l) Resolución de recursos interpuestos por los estudiantes en materia de su competencia.
m) Firma de los acuerdos internacionales no normativos en materias de su competencia con órganos, organismos, entes, Administraciones y personificaciones de otros
sujetos de Derecho Internacional en el ejercicio de sus respectivas competencias,
que contengan declaraciones de intenciones o establezcan compromisos de actuación, y no constituyan fuente de obligaciones internacionales.
Décimo
1. El/la Vicerrector/a de Innovación y Transferencia será responsable de las materias
relacionadas con las políticas de Innovación y Transferencia y, dentro de este ámbito funcional, desarrollará las políticas estratégicas que le correspondan o en coordinación con
el/la Vicerrector/a de Planificación y Estrategia.
2. El/la Vicerrector/a de Innovación y Transferencia desempeñará, por delegación de
la Rectora, el ejercicio de las competencias en materia de:
a) Desarrollo e implementación de las políticas de innovación y transferencia de la
Universidad.
b) Coordinación y seguimiento de la actividad de la Fundación Parque Científico de
Madrid.
c) Coordinación y seguimiento del convenio suscrito para la articulación jurídica del
proyecto del Centro Nacional de Neurotecnología (Spain Neurotech).
d) Seguimiento de las actividades y autorización de los proyectos de innovación y
transferencia de conocimiento de la Fundación de la Universidad Autónoma de
BOCM-20250710-38
Vicerrectorado de Innovación y Transferencia
B.O.C.M. Núm. 163
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE JULIO DE 2025
Pág. 161
j)
Firma y seguimiento de acuerdos y convenios en las materias propias de su competencia.
3. Queda excluida de esta delegación la imposición de sanciones disciplinarias a los
estudiantes, que, en todo caso, corresponderá a la Rectora.
Noveno
Vicerrectorado de Internacionalización
1. El/la Vicerrector/a de Internacionalización será responsable de las materias relacionadas con las políticas de Internacionalización de estudios, prácticas, docencia y formación y, dentro de este ámbito funcional, desarrollará las políticas estratégicas que le correspondan o en coordinación con el/la Vicerrector/a de Planificación y Estrategia y los/as
Vicerrectores/as de Estudios y Estudiantes.
2. El/la Vicerrector/a de Internacionalización desempeñará, por delegación de la
Rectora, el ejercicio de las competencias en materia de:
a) Coordinación en materia de educación universitaria y movilidad de estudiantes,
personal docente e investigador y personal técnico y de gestión y administración
y servicios para estudios, prácticas, docencia y formación.
b) Resolución de las convocatorias de becas y ayudas al estudio en el ámbito de la
movilidad internacional para estudios, prácticas, docencia y formación.
c) Coordinación de la movilidad de estudiantes entre la Universidad y universidades
españolas y extranjeras.
d) Coordinación de los programas incluidos en Erasmus+ o equivalentes.
e) Coordinación en materia de acogida de estudiantes, profesores e investigadores
internacionales.
f) Coordinación de prácticas externas internacionales, ya sean curriculares o extracurriculares.
g) Iniciativa y desarrollo de programas internacionales de estudios con universidades
de diferentes países, en coordinación con los vicerrectorados del área de estudios
que corresponda.
h) Coordinación del Servicio de Idiomas.
i) Coordinación de las Alianzas y redes internacionales en materias de su competencia, con especial atención a la alianza de universidades europeas CIVIS.
j) Coordinación de las actividades del Instituto Confucio de Madrid.
k) Coordinación del programa Study Abroad.
l) Resolución de recursos interpuestos por los estudiantes en materia de su competencia.
m) Firma de los acuerdos internacionales no normativos en materias de su competencia con órganos, organismos, entes, Administraciones y personificaciones de otros
sujetos de Derecho Internacional en el ejercicio de sus respectivas competencias,
que contengan declaraciones de intenciones o establezcan compromisos de actuación, y no constituyan fuente de obligaciones internacionales.
Décimo
1. El/la Vicerrector/a de Innovación y Transferencia será responsable de las materias
relacionadas con las políticas de Innovación y Transferencia y, dentro de este ámbito funcional, desarrollará las políticas estratégicas que le correspondan o en coordinación con
el/la Vicerrector/a de Planificación y Estrategia.
2. El/la Vicerrector/a de Innovación y Transferencia desempeñará, por delegación de
la Rectora, el ejercicio de las competencias en materia de:
a) Desarrollo e implementación de las políticas de innovación y transferencia de la
Universidad.
b) Coordinación y seguimiento de la actividad de la Fundación Parque Científico de
Madrid.
c) Coordinación y seguimiento del convenio suscrito para la articulación jurídica del
proyecto del Centro Nacional de Neurotecnología (Spain Neurotech).
d) Seguimiento de las actividades y autorización de los proyectos de innovación y
transferencia de conocimiento de la Fundación de la Universidad Autónoma de
BOCM-20250710-38
Vicerrectorado de Innovación y Transferencia