C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250710-36)
Concesión subvenciones –  Resolución de 27 de junio de 2025, del Director General de Cultura e Industrias Creativas, por la que se hace pública la relación de subvenciones concedidas sin promover concurrencia por este órgano
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 163

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE JULIO DE 2025

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neral de Política Financiera y Tesorería de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de
fecha 6 de junio de 2025. El beneficiario está exento de la constitución de garantías.
Cuarto
El beneficiario no podrá estar incurso en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo
efecto, previamente a la concesión de la subvención, deberá suscribir la oportuna declaración responsable.

El beneficiario de la presente subvención deberá cumplir las siguientes obligaciones,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:
a) Realizar la primera edición de la Semana de la Industria Audiovisual Madrileña
(SIAM) en la que se desarrollarán las siguientes actividades:
— 8.a edición de “Rodando páginas, del libro a las pantallas” (hasta un máximo
de 70.000 euros).
— 3.a edición del “Foro de coproducción de coproducción de cortometrajes de la
Comunidad de Madrid” (hasta un máximo de 75.000 euros).
— 11.a edición de “Ventana de Madrid” (hasta un máximo de 120.000 euros).
b) La justificación de la presente subvención se realizará en el plazo máximo de 31 de
enero de 2026 según lo dispuesto en el artículo 74 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones dentro de la modalidad de cuenta justificativa con aportación de informe de auditor, conteniendo la siguiente documentación:
— Una memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en
la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y
de los resultados obtenidos.
— Una memoria abreviada económica que contendrá un estadio representativo
de los gastos incurridos en la realización de las actividades subvencionadas,
debidamente agrupados y en la que el beneficiario describirá las desviaciones
acaecidas respecto del presupuesto presentado.
— Un informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro
Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y
Auditoría de Cuentas. El auditor de cuentas debe llevar a cabo la revisión de
la cuenta justificativa de la totalidad de gastos, inversiones e ingresos referidos a la realización de las actividades vinculadas a la subvención.
La cuenta justificativa constará de las facturas, nóminas o cualesquiera otros
documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o
con eficacia administrativa. Se entienden incluidos en la subvención los gastos de personal y funcionamiento necesarios para la realización de las actividades, incluso los gastos de asesoría. No será necesario acreditar el pago efectivo de dichos gastos.
Asimismo, deberá presentar una relación de la ejecución total del presupuesto
durante todo el ejercicio, con el mismo detalle que el presentado.
— Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención,
con fondos propios y otras subvenciones o recursos, deberá declararse en la
justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
— Cuando el importe del gasto subvencionable sea igual o superior al importe
considerado contrato menor por la legislación de contratos del Sector Público vigente en el momento de la justificación, IVA excluido, el beneficiario
deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio
o la entrega de los bienes, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la concesión de la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que
deberán aportarse con la justificación o en la solicitud de la subvención, se

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Quinto