C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250710-28)
Bases premios Emprendimiento Digital –  Orden 174/2025, de 27 de junio, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Emprendimiento Digital Comunidad de Madrid en ejecución del Proyecto RETECH-Redes de Emprendimiento Digital en la Comunidad de Madrid (C13I1PRTR) y la convocatoria del año 2025 para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU (C13.I1.P11.S13)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 163

Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de
recuperación, transformación y resiliencia (PRTR)

DECLARA1

1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las medidas
destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia,
en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas
de datos siguientes:
i. El nombre del perceptor final de los fondos;
ii. el nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder
adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública;
iii. los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o del
contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo
y del Consejo (26);
iv. una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de
recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas medidas y que
indique la cuantía de los fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión».
2. Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán
tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la
aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de los
fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado
1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319 del
TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información financiera y de
rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por
separado, en el informe anual de gestión y rendimiento».

La autenticidad de este documento se puede comprobar en
https://gestiona.comunidad.madrid/csv
mediante el siguiente código seguro de verificación: 0982591483369804810593

Como solicitante y, en su caso, beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR que participa
en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente 13,
Inversión 1, declara conocer la normativa que es de aplicación, en particular las siguientes apartados del artículo
22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se
establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:

1

Se corresponde con el modelo Anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021

BOCM-20250710-28

Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines
expresamente relacionados en los artículos citados.