Pozuelo de Alarcón (BOCM-20250709-84)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 162

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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POZUELO DE ALARCÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por medio de la presente le comunico que la alcaldesa-presidenta ha dictado el siguiente
decreto en fecha 11 de junio de 2025:
“Por Decreto de la Alcaldesa Presidenta de 6 de noviembre de 2024 se aprobó la vigente
Delegación de Competencias de la Alcaldesa Presidenta en Titulares de Área y Concejales
Delegados, conforme a la Estructura del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón aprobada por Decreto
de la Alcaldesa Presidenta de 18 de octubre de 2024
Mediante Decreto de la Alcaldesa nº 11/2025 de 26 de febrero se ha procedido a la
remodelación en la estructura y adscripción de las Direcciones Generales así como por Decreto de
la Alcaldesa-Presidenta nº 20/2025 de 31 de marzo se ha aprobado la modificación de la estructura
del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón debido a que en los próximos meses deben ejecutarse
importantes obras en el marco del plan de renovación de instalaciones deportivas lo que requiere un
alto grado de coordinación con los servicios municipales del Área de Gobierno de Medio Ambiente,
Vivienda y Embellecimiento y Desarrollo de la Ciudad encargados de la ejecución de las obras
municipales. Por otro lado, dada la estrecha vinculación de la movilidad en el municipio con la Policía
Municipal, es conveniente que las competencias al respecto se ejerzan desde la misma Área de
Gobierno a fin de lograr una mayor eficacia.
En consecuencia, este nuevo modelo organizativo y competencial de la estructura del
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón motiva y exige la adecuación de las competencias asignadas
actualmente a los distintos órganos ejecutivos del Ayuntamiento a las citadas previsiones, por lo
que el presente decreto tiene por objeto reordenar las delegaciones de competencias en los titulares
de Área y concejales delegados junto con los Directores Generales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 123 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL) la determinación de los niveles esenciales de
la organización municipal, entre ellos las Áreas de Gobierno, se regula en los correspondientes
Reglamentos de naturaleza orgánica, sin perjuicio de las atribuciones del Alcalde para determinar el
número de tales órganos, competencia que, a su vez, atribuye al Alcalde el artículo 124 del mismo
texto legal.
En este sentido, el Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento
de Pozuelo de Alarcón (ROGA) aprobado definitivamente por Acuerdo del Pleno de 30 de julio de
2008, regula en distintos preceptos, entre ellos los artículos 30.1.e) y 39 del Título II, el régimen de
las Áreas de Gobierno, estableciéndose que la determinación de la estructura y organización de
cada Área de Gobierno corresponde al Alcalde mediante decreto, que sus titulares serán
responsables de un sector de materias de competencia del Ayuntamiento y ejercerán las funciones
de dirección, planificación y coordinación previstas en el Reglamento Orgánico, así como que los
titulares de las Áreas de Gobierno municipal los nombrará el Alcalde entre los concejales que reúnan
la condición de Tenientes de Alcalde.

BOCM-20250709-84

Por otro lado, el ROGA, en su artículo 63, se refiere a las Concejalías-Delegadas
encargadas de la actividad de parte de un conjunto homogéneo de materias de las Áreas de
Gobierno.