C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250709-37)
Bases subvenciones –  Orden 1999/2025, de 2 de julio, por la que se modifica la Orden 2177/2024, de 1 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de proyectos sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por ciento del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 162

mentos, su distribución, su captación en campañas, ferias y eventos, así como para
la elaboración de comidas en comedores sociales.
r) Programas de voluntariado que fomenten espacios de participación y convivencia
Intercultural, así como apoyo a actividades de refuerzo escolar, continuidad educativa, acompañamiento al empleo y a todas aquellas actuaciones encaminadas al
fomento de igualdad de género en la comunidad gitana.
Sublínea 2. Apoyo al movimiento voluntario.
Descripción: programas de apoyo al movimiento voluntario de la Comunidad de
Madrid, fomentar un tejido social participativo solidario y creativo y conseguir articular un
proceso de coordinación progresivo entre los distintos sectores implicados en el mundo del
voluntariado.
Las propuestas técnicas podrán incluir varias de las actuaciones que se detallan a continuación, favoreciendo así las intervenciones de carácter integral.
Será objeto de subvención los siguientes programas:
a) Programas dirigidos a ofrecer instrumentos que ayuden a mejorar los procesos de
calidad de la acción voluntaria, la formación y la organización del voluntariado.
b) Programas de fomento del voluntariado promoviendo actividades de divulgación
social.
c) Programas de promoción de la participación social, favoreciendo el compromiso y
la continuidad de la acción voluntaria, generando mecanismos de participación en
la gestión de los programas de voluntariado y en la propia entidad.
d) Programas de actuaciones innovadoras en la promoción del voluntariado que puedan aplicarse como buenas prácticas y que sirvan como referente.
Línea G. Integración social de colectivos vulnerables.
Dentro de esta línea se podrán subvencionar las siguientes sublíneas:
Sublínea 1. Personas inmigrantes, personas asiladas y población desplazada en el
marco de las acciones y políticas estatales.
Descripción: programas dirigidos al colectivo de personas inmigrantes, solicitantes de
asilo, así como población desplazadas en el marco de las acciones y políticas estatales que
favorezcan su inserción y autonomía tanto social como laboral en la sociedad española, así
como la de los nacionales españoles que retornan a nuestra Región.
Las propuestas técnicas podrán incluir varias de las actuaciones que se detallan a continuación, favoreciendo así las intervenciones de carácter integral.
Serán objeto de subvención los siguientes programas:
a) Programas que contemplen la creación o mantenimiento de recursos de alojamiento y manutención de personas inmigrantes, asiladas o desplazadas, en situaciones
de especial vulnerabilidad.
b) Programas destinados a prestar atención urgente a los casos de discriminación a personas que sufran o hayan sufrido algún incidente discriminatorio o delito de odio.
c) Programas de información, orientación social y cívica, asesoramiento legal, traducción e interpretación que tengan como objetivo proporcionar y favorecer el acceso a los servicios sociales generales y la cobertura de las necesidades personales, laborales y sociales.
d) Programas para la mediación social e intercultural en el ámbito educativo, vecinal
y social que promuevan la participación social.
e) Programas formativos para la obtención de autorización de residencia temporal
por circunstancias excepcionales de arraigo para la formación previsto en el artículo 124.4 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.
f) Programas de prevención e información de salud sexual y reproductiva, vacunación infantil, mutilación genital. Programas sobre la prevalencia de determinadas
enfermedades en la población de origen inmigrante, asilada o desplazada.
g) Programas para favorecer la integración de personas reagrupadas dentro de la sociedad madrileña, especialmente con las segundas generaciones.
h) Programas que tengan como objetivo el retorno voluntario de las personas inmigrantes a sus países de origen y que favorezcan la reinserción social, priorizando
a los colectivos de inmigrantes de especial vulnerabilidad y mujeres víctimas de
violencia de género en cualquiera de sus manifestaciones.

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