C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250709-34)
Autorización implantación enseñanzas –  Orden 2316/2025, de 26 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza el cese de programas de Formación Profesional Dual, desarrollados en centros privados de la Comunidad de Madrid al amparo de la Orden 2195/2017, de 15 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan determinados aspectos de la Formación Profesional Dual del sistema educativo de la Comunidad de Madrid a partir del año académico 2025-2026
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 162

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 2316/2025, de 26 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza el cese de programas de Formación Profesional Dual, desarrollados en centros privados de la Comunidad de Madrid al amparo de la Orden 2195/2017, de 15 de junio, de la Consejería de Educación,
Juventud y Deporte, por la que se regulan determinados aspectos de la Formación Profesional Dual del sistema educativo de la Comunidad de Madrid a partir del año académico 2025-2026.

La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación
Profesional, establece un Sistema de Formación Profesional basado en la progresión en la
formación, estructurado en cinco grados (A, B, C, D y E) y en tres niveles de competencia,
según los criterios de autonomía establecidos en cada una de las ofertas. A su vez, establece en relación a la organización de la formación en empresa u organismo equiparado, la promoción de la autonomía de los centros para la adaptación de los programas de formación a
las características propias de cada centro y de las empresas.
En el Capítulo II de la misma, se establecen los dos regímenes de la oferta de formación
profesional, ambos con carácter dual, atendiendo a la duración, el porcentaje de currículo que
se ejercita y aprende en la empresa y el estatus de la persona en formación. Por un lado, la Formación Profesional General, y por otro la Formación Profesional Intensiva, con una relación
contractual en este último tipo para el tiempo de formación en la empresa.
El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema
de Formación Profesional, establece para estas enseñanzas, la posibilidad de un régimen general
o intensivo, teniendo ambos carácter dual. En desarrollo de dicho real decreto, la Comunidad de
Madrid ha publicado el Decreto 27/2025, de 21 de mayo, por el que se regula la ordenación y organización del Sistema de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid.
El Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, por el que se estableció el calendario de implantación del Sistema de Formación Profesional de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, determina la implantación
gradual de las ofertas de grado D y E a partir del curso 2024-2025.
Asimismo, el Real Decreto 498/2024, de 21 de mayo, el Real Decreto 499/2024, de 21 de
mayo, y el Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, han modificado los reales decretos por los
que se establecen títulos de Formación Profesional de grado básico, medio y superior y fijan
sus enseñanzas mínimas. En ellos se establecen cambios normativos mínimos para garantizar
la transición y adaptación al nuevo sistema de las titulaciones y ofertas formativas reguladas
con anterioridad.
Como resultado del comienzo de la implantación del nuevo Sistema de Formación Profesional en el curso 2024-2025, los centros que tenían autorizados programas de Formación
Profesional Dual al amparo de la Orden 2195/2017, de 15 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan determinados aspectos de la Formación Profesional Dual del sistema educativo de la Comunidad de Madrid, han venido impartiendo durante el curso 2024-2025 los planes de estudios nuevos en los primeros cursos de estas
enseñanzas, ya sea en régimen general o intensivo, y la modalidad dual aprobada con anterioridad a la implantación de la Ley Orgánica 3/2022, únicamente en los segundos cursos.
Para el curso 2025-2026 habrán finalizado todos los programas de Formación Profesional Dual autorizados en centros privados sostenidos o no con fondos públicos, y, por tanto todas las enseñanzas se impartirán conforme a la nueva regulación del sistema de Formación Profesional. De manera excepcional, en el caso de ciclos formativos con un
programa de Formación Profesional Dual con plan de estudios conducente a dos titulaciones y una duración de tres cursos, los planes de estudio autorizados cesarán al término del
curso académico 2025-2026.
Es necesario, por tanto, proceder al cese de los programas de Formación Profesional
Dual en centros privados sostenidos o no con fondos públicos de la Comunidad de Madrid,
previamente autorizados al amparo de la Orden 2195/2017, de 15 de junio.

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