C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250709-33)
Autorización implantación enseñanzas –  Orden 2315/2025, de 26 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza el cese de proyectos propios de formación profesional desarrollados al amparo de la Orden 2216/2014, de 9 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, en centros privados de la Comunidad de Madrid a partir del año académico 2025-2026
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 162

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025

Pág. 161

DISPONGO
Primero
Objeto
Esta orden tiene por objeto autorizar el cese a partir del curso 2025-2026, de los proyectos propios de Formación Profesional autorizados en centros privados sostenidos o no
con fondos públicos al amparo de la Orden 2216/2014, de 9 de julio, de la Consejería de
Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen los requisitos y el procedimiento
para la implantación de proyectos propios en los centros que imparten enseñanzas de Formación Profesional y enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño en el ámbito de
la Comunidad de Madrid, que figuran en el anexo I.
De manera excepcional, únicamente en el caso de ciclos formativos con un proyecto
propio conducente a dos titulaciones y una duración de tres cursos, recogidos en el anexo II,
los planes de estudio autorizados cesarán al término del curso académico 2025-2026.
Segundo
Recursos
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de
reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades en el plazo de un mes
de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Ambos plazos se computarán desde el día siguiente al de
su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
Tercero
Producción de efectos
La presente Orden producirá efectos a partir del curso 2025-2026 en los términos expuestos en el dispongo primero.
Madrid, a 26 de junio de 2025.

BOCM-20250709-33

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO