C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250709-33)
Autorización implantación enseñanzas –  Orden 2315/2025, de 26 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza el cese de proyectos propios de formación profesional desarrollados al amparo de la Orden 2216/2014, de 9 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, en centros privados de la Comunidad de Madrid a partir del año académico 2025-2026
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 160

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 162

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 2315/2025, de 26 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza el cese de proyectos propios de formación profesional desarrollados al amparo de la Orden 2216/2014, de 9 de julio, de la
Consejería de Educación, Juventud y Deporte, en centros privados de la Comunidad de Madrid a partir del año académico 2025-2026.

El Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, por el que se establece el calendario de implantación del Sistema de Formación Profesional establecido por la Ley Orgánica 3/2022,
de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, prescribe la implantación gradual de las ofertas de grado D y E a partir del curso 2024-2025.
A su vez, el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, ha introducido cambios en la organización,
currículo y estructura de las enseñanzas de formación profesional. Las enseñanzas de formación profesional quedan estructuradas en cinco grados (A, B, C, D y E) y en tres niveles
de competencia. En el caso de los ciclos formativos incluidos en el grado D, todos se desarrollarán con carácter dual, alternando la formación entre el centro y la empresa, de acuerdo con lo establecido en el Título III de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo. Como consecuencia del nuevo desarrollo normativo se han modificado los planes de estudios de todos
los ciclos, con la supresión de los módulos Formación y Orientación Laboral, Empresa e
Iniciativa Emprendedora y Formación en Centros de Trabajo, y con la incorporación de
otros nuevos como los de Itinerario para la empleabilidad, Digitalización aplicada al sistema productivo, Inglés profesional y Sostenibilidad aplicada al sistema productivo.
Asimismo, el Real Decreto 498/2024, de 21 de mayo, el Real Decreto 499/2024, de 21
de mayo, y el Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, han modificado los reales decretos
por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado básico, medio y superior y fijan sus enseñanzas mínimas. En ellos se establecen cambios normativos mínimos
para garantizar la transición y adaptación al nuevo sistema de las titulaciones y ofertas formativas reguladas con anterioridad.
Como resultado del comienzo de la implantación en el curso 2024-2025, de los nuevos planes de estudios de la Formación Profesional en los primeros cursos de las diferentes
ofertas de estas enseñanzas, los centros que tenían ciclos autorizados con una organización
curricular diferente a la establecida con carácter general para la Comunidad de Madrid al
amparo de la Orden 2216/2014, de 9 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y
Deporte, por la que se establecen los requisitos y el procedimiento para la implantación de
proyectos propios en los centros que imparten enseñanzas de Formación Profesional y enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño en el ámbito de la Comunidad de
Madrid, han venido impartiendo durante el curso 2024-2025 los planes de estudios nuevos
en los primeros cursos de estas enseñanzas, ya sea en régimen general o intensivo, y los proyectos propios aprobados con anterioridad a la implantación de la Ley Orgánica 3/2022,
únicamente en los segundos cursos.
Para el curso 2025-2026 habrán finalizado todos los proyectos propios autorizados en
centros privados sostenidos o no con fondos públicos, y, por tanto todas las enseñanzas se
impartirán conforme a la nueva regulación del sistema de Formación Profesional. De manera excepcional, en el caso de ciclos formativos con un proyecto propio conducente a dos
titulaciones y una duración de tres cursos, los planes de estudio autorizados cesarán al término del curso académico 2025-2026.
Es necesario, por tanto, proceder al cese de los proyectos propios de Formación Profesional en centros privados sostenidos o no con fondos públicos de la Comunidad de
Madrid, previamente autorizados al amparo de la Orden 2216/2014, de 9 de julio.
Por ello, en virtud de las competencias atribuidas al Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades por el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,

BOCM-20250709-33

33