D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250708-35)
Convenio – Convenio de 13 de junio de 2025, entre el Servicio Madrileño de Salud, el Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de la Primera Región y la Fundación del Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Madrid para la asistencia sanitaria en materia de salud bucodental a la población infantil de 6 a 16 años en la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 172
MARTES 8 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 161
periodo de garantía de todos los tratamientos realizados por los odontólogos
adheridos al convenio es de 6 meses desde la finalización de los mismos.
4. Ampliación de prestaciones: Si una vez iniciado un tratamiento derivado por el
profesional de la USBD, el odontólogo/estomatólogo adherido al convenio valorara la
necesidad de ampliar dicho tratamiento con alguno de los incluidos en el convenio,
deberá remitir un informe justificativo de las pretendidas actuaciones al profesional del
centro de salud que ha realizado la derivación. En caso de valorar la necesidad de
actuación inmediata se podrá poner en contacto con el odontólogo de la USBD vía
telefónica o por fax del centro de salud al que pertenece la USBD. El informe de la
asistencia – Anexo IV – será entregado al paciente. Si la prestación no estuviese
incluida en el convenio informará al paciente de esta situación, como se indica en el
apartado 1.
En el caso de discrepancias entre ambos profesionales, se remitirá a la comisión de
seguimiento, a través del coordinador del convenio.
5. Relación de las USBD: Se pondrá a disposición de los profesionales adheridos al
convenio una relación de todas las USBD que deberá ser objeto de actualización
continua.
INCIDENCIAS
Cualquier incidencia que se produzca durante la ejecución del presente convenio en las
USBD será comunicada al coordinador del convenio, quien las derivará a la Gerencia
Asistencial de Atención Primaria para que proceda según corresponda y, en su caso,
ésta las comunique al COEM. La Gerencia Asistencial de Atención Primaria siempre dará
respuesta de toda incidencia de las USBD a través del coordinador del convenio quien,
al menos, con carácter trimestral informará a dicha gerencia de las incidencias
producidas y sus motivos.
Todas las modificaciones o variaciones sobre lo recogido, tanto en el convenio suscrito
o las instrucciones y los circuitos de derivación que se pudieran producir durante la
ejecución del presente convenio serán comunicadas por la Gerencia Asistencial de
Atención Primaria, tanto a los profesionales adheridos, a través del COEM, como a las
USBD, a través del coordinador del convenio.
COMUNICACIONES
1. Flujos: Las comunicaciones dirigidas al COEM se realizarán a través de la Gerencia
Asistencial de Atención Primaria. Asimismo, las comunicaciones con las USBD se
articularán a través del coordinador del convenio. Tanto la Gerencia Asistencial de
Atención Primaria, como el coordinador del convenio, mantendrán permanentemente
informados y actualizados, respectivamente, a los profesionales adheridos a través del
COEM, y a las USBD a través del coordinador del convenio.
2. Correo electrónico: Se realizará mediante correo electrónico, respetando la normativa
de protección de datos a:
3. Coordinador del convenio.
Dr. José Enrique Villares Rodríguez.
Tfno. 916955559
(03/10.009/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250708-35
gap@salud.madrid.org
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adheridos al convenio es de 6 meses desde la finalización de los mismos.
4. Ampliación de prestaciones: Si una vez iniciado un tratamiento derivado por el
profesional de la USBD, el odontólogo/estomatólogo adherido al convenio valorara la
necesidad de ampliar dicho tratamiento con alguno de los incluidos en el convenio,
deberá remitir un informe justificativo de las pretendidas actuaciones al profesional del
centro de salud que ha realizado la derivación. En caso de valorar la necesidad de
actuación inmediata se podrá poner en contacto con el odontólogo de la USBD vía
telefónica o por fax del centro de salud al que pertenece la USBD. El informe de la
asistencia – Anexo IV – será entregado al paciente. Si la prestación no estuviese
incluida en el convenio informará al paciente de esta situación, como se indica en el
apartado 1.
En el caso de discrepancias entre ambos profesionales, se remitirá a la comisión de
seguimiento, a través del coordinador del convenio.
5. Relación de las USBD: Se pondrá a disposición de los profesionales adheridos al
convenio una relación de todas las USBD que deberá ser objeto de actualización
continua.
INCIDENCIAS
Cualquier incidencia que se produzca durante la ejecución del presente convenio en las
USBD será comunicada al coordinador del convenio, quien las derivará a la Gerencia
Asistencial de Atención Primaria para que proceda según corresponda y, en su caso,
ésta las comunique al COEM. La Gerencia Asistencial de Atención Primaria siempre dará
respuesta de toda incidencia de las USBD a través del coordinador del convenio quien,
al menos, con carácter trimestral informará a dicha gerencia de las incidencias
producidas y sus motivos.
Todas las modificaciones o variaciones sobre lo recogido, tanto en el convenio suscrito
o las instrucciones y los circuitos de derivación que se pudieran producir durante la
ejecución del presente convenio serán comunicadas por la Gerencia Asistencial de
Atención Primaria, tanto a los profesionales adheridos, a través del COEM, como a las
USBD, a través del coordinador del convenio.
COMUNICACIONES
1. Flujos: Las comunicaciones dirigidas al COEM se realizarán a través de la Gerencia
Asistencial de Atención Primaria. Asimismo, las comunicaciones con las USBD se
articularán a través del coordinador del convenio. Tanto la Gerencia Asistencial de
Atención Primaria, como el coordinador del convenio, mantendrán permanentemente
informados y actualizados, respectivamente, a los profesionales adheridos a través del
COEM, y a las USBD a través del coordinador del convenio.
2. Correo electrónico: Se realizará mediante correo electrónico, respetando la normativa
de protección de datos a:
3. Coordinador del convenio.
Dr. José Enrique Villares Rodríguez.
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